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Contenido

Indulgencias plenarias

Condiciones para ganar la  indulgencia plenaria

Indulgencias parciales

 

 

Indulgencia plenaria

Las siguientes oraciones y acciones, entre otras, tienen indulgencia plenaria, si se cumplen las condiciones requeridas:

• 'A Ti, oh Dios, te alabamos...' (Te Deum): 1º de enero y en la Solemnidad de Pentecostés.

'Adorad postrados...' (Tantum ergo): Jueves Santo después de la Misa In Coena Domini y en la acción litúrgica del Corpus Christi.

'Jesús dulcísimo...' (Acto de reparación): rezado públicamente el día del Sagrado Corazón.

'Miradme, oh mi amado y buen Jesús...': Los viernes de Cuaresma.

'Ven, Espíritu Creador...' (Veni Creator): rezado públicamente el 1° de enero y en la Solemnidad de Pentecostés.

• Rezar el Vía Crucis: ante las estaciones, pasando de una a otra por lo menos quien lo dirige, meditando las escenas si se desea, con alguna oración vocal.

• Rezo del Santo Rosario: rezándolo en una iglesia, en un oratorio, en familia, o en comunidad. Es suficiente con rezar sólo cinco de los quince misterios, con la meditación de los misterios que se rezan.

• Adoración al Santísimo durante al menos media hora.

• Adoración de la Cruz: en la acción litúrgica del Viernes Santo.

• Realizar Ejercicios Espirituales o retiros similares, al menos de tres días de duración.

• Recibir la Bendición Papal Urbi et Orbi; también es válida por radio o televisión.

• Asistir al rito con que se clausura un Congreso Eucarístico.

• Al sacerdote que celebra los 25, 50, 60 años como aniversario de su ordenación, es extensiva a quienes le acompañen en la Santa Misa.

• Lectura de la Sagrada Escritura: al menos media hora.

• Visitar la iglesia parroquial en la fiesta titular y el 2 de agosto (indulgencia de la Porciúncula). Lo mismo vale para la Iglesia catedral o con-catedral o para las iglesias cuasi-parroquiales.

• Recibir la bendición apostólica en peligro de muerte inminente. En el caso de que no haya sacerdote, la Iglesia concede esta misma indulgencia con tal que se haya rezado habitualmente algunas oraciones (se suplen las tres condiciones habituales para ganar la indulgencia plenaria).

• Asistir a la predicación de algunos sermones, participando en la clausura de una Santa Misión.

• Visitar una iglesia u oratorio el día de su santo Fundador, rezando un Padrenuestro y un credo.

• Visitar las Basílicas Patriarcales o Mayores de Roma el día de la fiesta titular, en cualquier día de precepto o en día cualquiera del año elegido por el mismo fiel: ha de rezarse el Padrenuestro y el Credo.

• Visitar una iglesia u oratorio el día de Todos los difuntos (o con consentimiento del obispo, el domingo anterior o el posterior). Esta indulgencia sólo es aplicable a las almas del purgatorio.

• Visitar una iglesia o altar en el día de su dedicación, rezando un Padrenuestro y un Credo.

• Usar el día de los Santos Pedro y Pablo (29 de junio) algún objeto piadoso bendecido por el Papa o un obispo, rezando un Credo.

• Al nuevo sacerdote en su Primera Misa Solemne, y a quienes asistan a ella.

• Renovación de las promesas del bautismo: en la Vigilia pascual o en el aniversario del bautismo.

• Visitar la iglesia en que se celebra el Sínodo diocesano mientras éste dura, rezando el Padrenuestro y el Credo.

• Visitar las iglesias estacionales en su día propio, asistiendo a las funciones de la mañana o de la tarde.

• Al fiel que hace la Primera Comunión, y a quienes le acompañan.

• Visita al cementerio en los primeros ocho días del mes de noviembre, orando (basta mentalmente) por los fieles difuntos.

• En la visita pastoral, pueden beneficiarse de la indulgencia una vez si se asiste a una función sagrada presidida por el visitador.



Condiciones para la indulgencia plenaria

Para ganar una indulgencia plenaria, además de querer evitar cualquier pecado mortal o venial, hace falta rezar o hacer la obra que incorpora la indulgencia cumpliendo tres condiciones:

Confesión sacramental

Comunión Eucarística

Oración por las intenciones del Papa

Con una sola confesión sacramental puede ganarse varias indulgencias plenarias; en cambio, con una sola comunión eucarística y una sola oración por las intenciones del Papa sólo se gana una indulgencia plenaria. Las tres condiciones pueden cumplirse unos 20 días antes o después de rezar o hacer la obra que incorpora la indulgencia, pero es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Papa se realicen el mismo día.

La condición de orar por las intenciones del Papa se cumple si se reza a su intención un solo Padrenuestro y un Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de orar con cualquier fórmula, según su piedad y devoción.

La indulgencia plenaria únicamente puede ganarse una vez al día, pero el fiel cristiano puede alcanzar indulgencia plenaria in artículo mortis, aunque el mismo día haya ganado otra indulgencia plenaria.

La indulgencia parcial puede ganarse varias veces al día, a no ser que expresamente se establezca lo contrario.

La obra indicada para obtener la indulgencia plenaria aneja a una iglesia u oratorio consiste en la visita piadosa de este lugar, rezando el Padrenuestro y el Credo, a no ser que en algún caso especial se establezcan otras condiciones.


Indulgencia parcial

Las siguientes oraciones y acciones tienen indulgencia parcial, todas las que van señalizadas con (*) pueden alcanzar la indulgencia plenaria si se cumplen los requisitos de la misma:

• 'A Ti, bienaventurado José...'.

• 'A ti, oh Dios, te alabamos...' (Te Deum)*.

• 'Acordaos, oh piadosísima Virgen María...'.

• 'Ángel de Dios, tú que eres mi custodio...'.

• 'Aquí estamos, Señor, Espíritu Santo...'.

• 'Santos Apóstoles Pedro y Pablo...'.

• 'Misericordia, Dios mío...' (Salmo 50).

• 'María, Madre de gracia y de clemencia...'.

• 'Adorad postrados...' (Tantum ergo)*.

• 'Oh, sagrado banquete'.

• 'Miradme, oh mi amado y buen Jesús...'*.

• 'Señor, a todos los que por amor...' (Oración por nuestros benefactores).

• 'Señor, Dios Todopoderoso, que nos has hecho llegar al comienzo de este día...'.

• 'Bajo tu protección...' (Sub tuum praesidium).

• 'Señor, dales el descanso eterno...' Esta indulgencia se aplica sólo a los difuntos.

• 'Adórote devotamente...' (Adoro te devote).

• 'Alma de Cristo...'.

• 'Proclama mi alma...' (Magnificat).

• 'Oremos por nuestro Pontífice...'.

• 'Jesús dulcísimo, cuya caridad...'.

• 'Desde lo hondo...'.

• 'Ven, Espíritu Creador...' (Veni Creator).

• 'Ven, Espíritu Santo...' (Veni, Spiritus Sanctus).

• 'Jesús dulcísimo, Redentor del género humano...' (Consagración a Cristo Rey).

• 'Te damos gracias...'

• 'Señor... dígnate enviar a su santo ángel...'.

• 'Señor, que tu gracia inspire...'.

• 'Visita, Señor esta habitación...'.

• Rezar la Salve.

• Rezar el Santo Rosario.

• Rezar el Angelus durante el tiempo ordinario.

• Rezar el Credo, ya sea el apostólico o el niceno-constantinopolitano*.

• Rezar el Regina Coeli durante el tiempo pascual.

• Rezar Laudes o Vísperas del Oficio de difuntos.

• Rezo de cualquiera de las Letanías aprobadas por la Iglesia, entre otras: del Santísimo Nombre de Jesús, del Sagrado Corazón de Jesús, de la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo, de Santa María Virgen, de San José y de los Santos.

• Rezar las oraciones para pedir por las vocaciones.

• Rezar por la unidad de los cristianos.

• Rezo de cualquiera de los oficios parvos.

• Rezar una oración en honor de un santo en el día de su celebración litúrgica.

• Adoración del Santísimo Sacramento (Visita al Santísimo)*.

• Hacer un acto de contrición.

• Leer la Sagrada Escritura como lectura espiritual*.

• La comunión espiritual.

• Asistir a las Novenas con motivo de Navidad, Pentecostés o de la Inmaculada Concepción.

• Cualquier acto de fe, esperanza o caridad.

• Hacer un rato de oración mental.

• Renovar las promesas del bautismo*.

• Impartir o aprender la doctrina cristiana.

• Realizar la Señal de la cruz, pronunciando las palabras de costumbre.

• Visitar las catacumbas.

• Asistir a la predicación de la palabra de Dios*.

• Visitar una iglesia u oratorio en los días en que se realiza la visita pastoral*.

• Usar los objetos piadosos con la bendición debida*.

• Visitar las iglesias estacionales en su día propio.

Condiciones generales para la indulgencia parcial

La indulgencia parcial se concede a los fieles cristianos que, en el cumplimiento de sus obligaciones y en el sufrimiento de las dificultades de la vida, eleva su alma a Dios con humilde confianza, añadiendo, aunque sólo sea mentalmente, alguna piadosa invocación.

La indulgencia parcial se concede al fiel cristiano que, movido por el Espíritu de fe, se entrega a sí mismo o sus bienes, con sentimientos de misericordia, al servicio de los hermanos necesitados.

Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que, con espíritu de penitencia, se priva voluntariamente de alguna cosa lícita y agradable.



cortesía: http://www.teologoresponde.com.ar/