CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA
FE
ARTÍCULO DE COMENTARIO A LA
NOTIFICACIÓN
A PROPÓSITO DEL LIBRO DEL P. JACQUES
DUPUIS
«HACIA UNA TEOLOGÍA CRISTIANA DEL
PLURALISMO RELIGIOSO» 12-marzo-2001 1. En todas las épocas la
investigación teológica ha sido importante para la misión evangelizadora de la
Iglesia en respuesta al designio de Dios, el cual quiere «que todos los hombres
se salven y lleguen al conocimiento de la verdad» (1 Tm 2, 4). La inteligencia
cada vez más profunda de la palabra de Dios, contenida en la Escritura
inspirada y transmitida por la tradición viva de la Iglesia, enriquece a todo
el pueblo de Dios, «sal de la tierra» y «luz del mundo» (Mt 5, 13), ayudándole
a dar testimonio de la verdad de la revelación cristiana y a dar razón de su
esperanza a los que se la piden (cf. 1 P 3, 15). La teología resulta aún más
importante en tiempos, como los nuestros, de grandes cambios culturales y
espirituales, que, proponiendo problemas e interrogantes nuevos a la conciencia
de fe de la Iglesia, exigen respuestas y soluciones nuevas, incluso audaces. No
se puede negar que hoy la presencia del pluralismo religioso impone a los
cristianos una renovada toma de conciencia del lugar que las demás religiones
ocupan en el plan salvífico de Dios Uno y Trino. En este contexto, a la
teología se le pide una respuesta que, a la luz de la revelación y del magisterio
de la Iglesia, justifique el significado y el valor de las demás tradiciones
religiosas, que con consciente y renovado protagonismo siguen guiando y
animando la vida de millones de personas en todas las partes del mundo. Como en los primeros siglos de la
Iglesia, también hoy se impone al teólogo, por una parte, una actitud de
escucha, de conocimiento y de discernimiento de lo que hay de «verdadero y
santo» en las demás tradiciones religiosas (extra-bíblicas) (1), cuyos modos de
obrar y de vivir y cuyas doctrinas, «aunque discrepen mucho de los que ella
mantiene y propone, no pocas veces reflejan, sin embargo, un destello de
aquella verdad que ilumina a todos los hombres»; y, por otra, una actitud
igualmente necesaria de anuncio incesante de «Cristo, que es “camino, verdad y
vida” (Jn 14, 6), en quien los hombres encuentran la plenitud de la vida
religiosa y en quien Dios reconcilió consigo todas las cosas» (2). En el
diálogo interreligioso y en la reflexión teológica sobre el significado y sobre
el valor salvífico de las demás religiones, la audacia, que a menudo se impone
a la conciencia y a la libertad del teólogo, no fructifica ni edifica a la
comunidad eclesial, si no va acompañada por la paciencia de la maduración y por
la verificación continua de la verdad que es Cristo. 2. Esta invitación al «diálogo
sincero y paciente» (3) con las demás religiones no debe verse como un
impedimento o una atenuación de la disponibilidad a la amistad, al respeto, a
la colaboración y a la participación, sino más bien como una auténtica
peregrinación de fe en la comprensión de la verdad de la revelación cristiana. Tal vez puede ser útil recordar aquí
las dos articulaciones fundamentales de otro diálogo, el «ecuménico», que se
expresa tanto mediante el diálogo de la caridad como mediante el diálogo de la
verdad. La misma caridad, que se manifiesta en las innumerables muestras de
respeto recíproco, oración común y solidaridad fraterna, impulsa a todos los
bautizados al diálogo de la verdad, que exige estudios esmerados sobre la
palabra de Dios y sobre la tradición de la Iglesia, y aclaraciones profundas y
laboriosas de las respectivas posiciones teológicas. El paciente pero constante
compromiso de investigación de la verdad, la precisión epistemológica y la
serena proclamación de los resultados logrados convierten el diálogo ecuménico
en un modelo de referencia significativo para el diálogo interreligioso, cuya
extrema dificultad no deriva solamente de la gran variedad de las tradiciones
religiosas, sino sobre todo de la falta de una referencia común fundante. 3. Por esto, la Iglesia no puede por
menos de alabar el valioso trabajo de los teólogos que, frente al desafío del
pluralismo religioso y ante las nuevas preguntas planteadas por el diálogo
interreligioso, tratan de encontrar, con creatividad, sensibilidad y fidelidad
a la tradición bíblica y magisterial, nuevos senderos y de seguir nuevas
pistas, avanzando propuestas y sugiriendo comportamientos, que necesariamente
exigen un atento discernimiento eclesial. La tempestividad al afrontar los
desafíos de los signos de los tiempos no puede y no debe transformarse en prisa
superficial e inoportuna, para no desorientar la recta conciencia de fe de la
comunidad eclesial y para no poner en tela de juicio la credibilidad y la
eficacia del diálogo mismo. El precioso bien de la libertad y la
creatividad teológica no puede por menos de incluir también la disponibilidad a
la acogida de la verdad de la revelación cristiana, transmitida e interpretada
por la Iglesia bajo la autoridad del Magisterio y acogida con fe. En efecto, la
función del Magisterio no es algo extrínseco a la verdad cristiana y a la fe,
sino un elemento constitutivo de la misma misión profética de la Iglesia (4). 4. Por lo demás, precisamente en el
campo del diálogo interreligioso, el Magisterio de la Iglesia, lejos de ser un
simple observador o de limitarse a poner el freno, siempre ha desempeñado un
papel innegable y pionero de protagonista. Lo atestiguan los documentos
conciliares y las numerosas iniciativas pontificias, como por ejemplo las de
los organismos oficiales de diálogo (5). Además, el decenio recién concluido ha
sido plenamente iluminado por la profética y clarividente Carta Encíclica
Redemptoris missio (diciembre de 1990) de Juan Pablo II, auténtico marco de
referencia epistemológico y de contenido para una teología cristiana de las
religiones. A diez años de distancia y con la rápida difusión de la
problemática interreligiosa, la Declaración Dominus Iesus (agosto de 2000) de
la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha sido una contribución ulterior e
iluminadora para volver a proponer algunas referencias esenciales a la práctica
y a la teoría del diálogo interreligioso. Se trata de intervenciones
magisteriales, que no sólo no frenan la legítima investigación teológica, sino
que la acompañan, puesto que, rechazando objeciones y deformaciones de la fe,
proponen con autoridad nuevas profundizaciones y aplicaciones de la doctrina
revelada. 5. Así pues, en este clima de
apertura y de disponibilidad a la escucha, al diálogo y a la comprensión
recíproca, la Congregación para la Doctrina de la Fe propone ahora la
Notificación a propósito del libro de J. Dupuis, Hacia una teología cristiana
del pluralismo religioso. En esta obra, en la que se trata de dar una respuesta
teológica al significado y al valor que la pluralidad de las tradiciones
religiosas reviste dentro del designio salvífico de Dios, el Autor declara
explícitamente su intención de permanecer fiel a la doctrina de la Iglesia y a
la enseñanza del Magisterio. Sin embargo, el mismo Autor, consciente de lo
problemático de su perspectiva, no niega la posibilidad de que su hipótesis
pueda suscitar un número de interrogantes semejante al de aquellos para los que
propone soluciones. Después de un paciente y serio
diálogo, en el que no han faltado algunas clarificaciones suyas, al concluir el
examen del libro, el Autor ha expresado su asentimiento a las tesis enunciadas
en dicha Notificación, que ha sido aprobada por el Santo Padre. Ese reconocimiento
y asentimiento son, sin duda, un signo positivo y estimulante. A pesar de ello,
como se recuerda en el «Preámbulo», la Congregación para la Doctrina de la Fe
ha considerado necesario publicar la Notificación sobre todo con el fin de
ofrecer a los lectores un criterio seguro de valoración doctrinal. En efecto, una lectura atenta del
libro suscita algunas ambigüedades y dificultades sobre puntos doctrinales de
gran importancia, que pueden llevar al lector a opiniones erróneas o
peligrosas. La Notificación, remitiéndose a la Declaración Dominus Iesus,
reafirma cinco temas doctrinales que en el volumen, independientemente de las
intenciones del Autor mismo, se presentan con formulaciones ambiguas y
explicaciones insuficientes y así pueden llevar a equívocos y tergiversaciones. Ante todo se reafirma la fe en
Jesucristo, Mediador único y universal de salvación para toda la humanidad.
Consiguientemente se reafirma la unicidad y la universalidad de la mediación de
Jesucristo, Hijo y Verbo del Padre, como actuación del plan salvífico de Dios
Padre, Hijo y Espíritu Santo. No hay una economía salvífica trinitaria
independiente de la del Verbo encarnado. En segundo lugar se reafirma la fe
de la Iglesia en Jesucristo, cumplimiento y plenitud de la revelación divina,
contra la opinión según la cual la revelación de Jesucristo y en Jesucristo es
limitada, incompleta e imperfecta. También las semillas de verdad y de bondad
existentes en las demás religiones son dones de gracia de la única mediación de
Cristo y de su Espíritu de santidad. A propósito de la acción salvífica
universal del Espíritu Santo, se reafirma que el Espíritu operante después de
la resurrección de Jesús es siempre el Espíritu de Cristo enviado por el Padre,
que actúa de modo salvífico también fuera de la Iglesia visible. Por lo cual,
es contrario a la fe católica considerar que la acción salvífica del Espíritu
Santo se puede extender más allá de la única economía salvífica universal del
Verbo encarnado. Además, dado que la Iglesia es signo
e instrumento de salvación para la humanidad entera, se rechaza como errónea la
opinión que considera las diversas religiones como vías complementarias a la
Iglesia en orden a la salvación. Por último, aun reconociendo la
existencia de elementos de verdad y bondad en las demás religiones, no tiene
ningún fundamento en la teología católica considerar esas religiones, en cuanto
tales, como vías de salvación, porque además en ellas hay lagunas,
insuficiencias y errores acerca de las verdades fundamentales sobre Dios, el
hombre y el mundo. Y sus textos sagrados no pueden considerarse complementarios
al Antiguo Testamento, que es la preparación inmediata al evento mismo de
Cristo. La Notificación interviene para
subrayar la gravedad y la peligrosidad de algunas afirmaciones, que, aun
pareciendo moderadas, precisamente por eso corren el riesgo de ser fácil e
ingenuamente acogidas como compatibles con la doctrina de la Iglesia, también
por parte de personas cordialmente comprometidas en la promoción del diálogo
interreligioso. En un contexto, como el actual, de una sociedad que de hecho es
cada vez más multirreligiosa y multicultural, la Iglesia siente con urgencia la
necesidad de manifestar con convicción su identidad doctrinal y testimoniar con
caridad su fe inquebrantable en Jesucristo, fuente de verdad y de salvación. 6. No se puede menos de mencionar la
cuestión del «tono» de la Notificación. En efecto, no se trata de un documento
largo y articulado, sino sólo de enunciaciones breves y afirmativas. Este modo
de comunicación no quiere ser signo de autoritarismo o de injustificada dureza;
más bien, pertenece al género literario típico de los pronunciamientos
magisteriales que tienen como finalidad puntualizar la doctrina, censurar los
errores y las ambigüedades, e indicar el grado de asentimiento requerido a los
fieles. Ese género literario, que es el
mismo de la Declaración Dominus Iesus, ciertamente se diferencia de otras
formas de expresión usadas por el Magisterio para presentar su enseñanza,
teniendo en cuenta finalidades particulares: expositivas e ilustrativas, que
contienen amplias y precisas motivaciones sobre las doctrinas de fe y las
indicaciones pastorales (piénsese, por ejemplo, en los documentos del Concilio
Vaticano II, en muchas Cartas Encíclicas papales y, en nuestro caso específico,
la Encíclica Redemptoris missio); y exhortativas u orientativas (para afrontar
problemas de índole espiritual y práctico-pastoral). El tono claramente
declarativo-afirmativo de un Documento magisterial —típico de una Declaración o
de una Notificación de la Congregación para la Doctrina de la Fe, análogo al de
los anteriores Decretos doctrinales del Santo Oficio— quiere comunicar a los
fieles que no se trata tanto de asuntos opinables o de cuestiones debatidas,
sino de verdades centrales de la fe cristiana, que determinadas
interpretaciones teológicas niegan o ponen en serio peligro. Así pues, desde
este punto de vista, el tono pertenece al contenido, pues debe ser coherente
con la finalidad peculiar del texto. La adhesión a la Persona de Jesús, a su
palabra y a su misterio de salvación, exige una respuesta de fe sencilla y
clara, como, por ejemplo, la que se encuentra en los símbolos de fe, que por lo
demás forman parte de la oración de la Iglesia. La eficacia de la Notificación,
tanto en su comprensión como en su llamamiento a la adhesión de fe, reside
precisamente en el tono. Lo repetimos: no es el tono de la imposición, sino el
tono de la manifestación y de la celebración solemne de la fe. Es el tono usado
en la Professio Fidei (6). En efecto, ya desde sus inicios, la Iglesia ha
profesado la fe en el Señor crucificado y resucitado, recogiendo en algunas
fórmulas los contenidos fundamentales de su credo. Y sabemos que el símbolo no
es un conjunto de verdades abstractas, sino una regla de fe, que sostiene la
vida, la oración, el testimonio, la acción y la misión: lex credendi, como lex
vivendi, orandi, agendi et evangelizandi. Además, es evidente que la
proclamación de las verdades de la fe católica implica también la confutación
del error y la censura de las posiciones ambiguas y peligrosas que introducen
confusión e incertidumbre en los fieles. Por tanto, ciertamente sería erróneo
considerar que el tono declarativo-afirmativo de la Declaración Dominus Iesus y
de la presente Notificación marca una inversión de tendencia con respecto al
género literario y a la índole expositiva y pastoral de los Documentos
magisteriales del Concilio Vaticano II y de otros sucesivos. Sin embargo, sería
igualmente erróneo e infundado considerar que, después del Concilio Vaticano
II, el género literario de tipo afirmativo-censorio debe quedar abandonado o
excluido en las intervenciones autorizadas del Magisterio. Por consiguiente, es
triste observar que ciertas críticas, suscitadas en distintos ambientes, al
«tono» general de la Declaración Dominus Iesus, que sería muy diverso al de
otros documentos, como por ejemplo las Cartas Encíclicas Redemptoris missio y
Ut unum sint, muestran en realidad que no tienen en cuenta las finalidades
diversas, pero en absoluto opuestas entre sí, de dichos documentos. La
Declaración Dominus Iesus, al igual que la presente Notificación, quieren
simplemente reafirmar determinadas verdades de la fe y de la doctrina católica,
indicando el correspondiente grado de certeza teológica y precisando así las
bases doctrinales seguras para conservar la integridad del depósito de la fe, y
garantizar al mismo tiempo que el diálogo interreligioso —al igual que el mismo
diálogo ecuménico entre las confesiones cristianas— se desarrolle como «diálogo
de la verdad». Por lo demás, el hecho de volver a
proponer sencillamente la verdad expresa la unidad en la fe en Dios Uno y Trino
y fortalece la comunión en la Iglesia. La adhesión a la Verdad es adhesión a
Cristo y a su Iglesia, y constituye el verdadero espacio de la libertad humana:
«Las vías para alcanzar la verdad siguen siendo muchas; sin embargo, como la
verdad cristiana tiene un valor salvífico, cualquiera de estas vías puede
seguirse con tal de que conduzca a la meta final, es decir, a la revelación de
Jesucristo» (7). En efecto, Cristo es «el camino, la verdad y la vida» (Jn 14,
6): «La verdad, que es Cristo, se impone como autoridad universal. El misterio
cristiano supera de hecho las barreras del tiempo y del espacio, y realiza la
unidad de la familia humana» (8). NOTAS 1) Conviene
precisar que un discurso totalmente peculiar corresponde a la relación entre la
fe cristiana y la religión de Israel, pues, como enseña el Concilio Vaticano
II, existe «un vínculo por el que el pueblo del Nuevo Testamento está
espiritualmente unido con la estirpe de Abraham» (Nostra aetate, 4). 2) Conc.
Vaticano II, Decl. Nostra aetate, 2. 3) Conc.
Vaticano II, Decr. Ad gentes, 11. 4) Cf.
Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum veritatis, 14. 5) El 6 de
agosto de 1964, el Papa Pablo VI publicó la famosa Carta Encíclica sobre el
diálogo: Ecclesiam suam. Pero ya algunos meses antes, el 19 de mayo de 1964, el
mismo Pablo VI había instituido el «Secretariado para los no cristianos», que
en 1988 se convirtió en el «Pontificio Consejo para el Diálogo Interreligioso». 6) El 1 de
julio de 1988, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó tanto la
Professio fidei, destinada a los fieles llamados a desempeñar un oficio en
nombre de la Iglesia, como un especial Juramento de fidelidad, relativo a los
deberes particulares inherentes al oficio que se asume. La Professio fidei,
además del Símbolo de fe niceno-constantinopolitano, incluye tres apartados,
que quieren distinguir mejor el tipo de verdades profesado y el correspondiente
asentimiento exigido. El 18 de mayo de 1998, el Santo Padre Juan Pablo II emanó
el Motu proprio: Ad tuendam fidem, para introducir en los textos vigentes del
Código de Derecho Canónico y del Código de cánones de las Iglesias Orientales
algunas «normas con las que expresamente se imponga el deber de conservar las
verdades propuestas de modo definitivo por el Magisterio de la Iglesia». El 28
de junio del mismo año la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una
Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula conclusiva de la «Professio fidei». En
dicha Nota se da una explicitación más detallada de los tres apartados, y
algunos ejemplos concretos. 7) Juan
Pablo II, Carta Enc. Fides et ratio, 38. 8) Congregación
para la Doctrina de la Fe, Decl. Dominus Iesus, 23.
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