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La Tradición
y la Iglesia de los primeros tiempos
b) Comunión y tradición apostólica en el
Nuevo Testamento
c) Comunión y tradición apostólica en los
padres
d) La praxis de los primeros siglos
21. La realidad de la comunión en el Nuevo Testamento
guarda una estrecha relación con la enseñanza de los apóstoles (cf He 2,42),
es decir, con la tradición apostólica. El derecho eclesial debe tener como
fundamento la Escritura y la tradición[1], ya que la Iglesia tiene clara conciencia de que es
verdaderamente ella misma sólo si se encuentra en continuidad con su fundación
y con las reglas y la praxis que han hecho que sea lo que es, en la fidelidad a
la voluntad de su fundador.
Respecto a la tradición judía, el acontecimiento de Cristo trae una novedad intrínseca en la naturaleza misma de la tradición. En el judaísmo se entendía por tradición la transmisión ininterrumpida de la interpretación de la Torah y la autoridad del escriba se basaba en la autoridad de los antiguos, mientras que Jesús es el cumplimiento de la Torah y enseña con autoridad propia (cf Mt 5,17 Rom 10,4; Mc 1,22). Así pues, mientras que para el judaísmo la tradición consiste en la repetición del pasado hasta la restauración total del mismo, para la Iglesia la tradición se basa en el hecho de que, en virtud de la resurrección de Cristo, el Espíritu ha venido a ella, de manera que los hechos que han constituido la tradición a lo largo de su historia no son simplemente la repetición formal de lo mismo que siempre ha sido, sino una verdadera acción libre del Espíritu presente en la Iglesia.
Puesto que Cristo mismo es la tradición y el Espíritu es el alma de la
Iglesia, la autoridad de la Iglesia no guarda tanto relación con la Escritura y
con la tradición entendidas en un sentido puramente fáctico, como con la
presencia activa del Espíritu, que hace que la Iglesia tenga la autoridad de
confesar la verdadera fe y de proponer el comportamiento que han de observar.
De esta manera se edifica la Iglesia como comunión de los creyentes.
Entonces
la TRADICION expresa la fidelidad de la Iglesia al Espíritu, ya que es por
medio de la acción del Espíritu como la palabra y la acción de la Iglesia se
acomodarán siempre a las necesidades de los tiempos, asumiendo nuevas formas,
pero en continuidad ininterrumpida con los tiempos pasados. De esta manera, la
esencia de la Iglesia podrá vivir en formas históricas institucionales
continuamente renovadas.
Dado que la acción del Espíritu se encarna en normas
que regulan la vida de la comunión eclesial en la fidelidad al evangelio
recibido de Cristo y que ha de ser anunciado hasta su segunda venida, el
derecho eclesial, como afirmaba Pablo VI, no puede menos de ser obra del
Espíritu, es decir, un derecho espiritual[2] .
22. En el Nuevo Testamento se da una referencia a la
tradición apostólica, que es considerada como elemento constitutivo de la fe
cristiana (cf He 2,42), cuando se encuentra un peligro la unidad de la Iglesia.
Por tanto, la tradición apostólica es un elemento de unidad en la Iglesia.
En Hech
5,1‑35 vemos que la decisión tomada en Jerusalén se refiere a un elemento fundamental para la
vida de la Iglesia, ya que atañe a su
identidad misma y a las relaciones entre las Iglesias. Por la fórmula que se usa en el versículo 28
vemos que las reglas concretas tas del comportamiento cristiano, las normas
positivas, proceden del Espíritu Santo,
que actúa a través de la asamblea de los apóstoles y de los ancianos podemos decir que lo jurídico dogmático
que subyace a las normas positivas
contenidas en el decreto de Jerusalén
es la necesidad del único bautismo para entrar a formar parte de la Iglesia. Esta norma entra en la tradición
apostólica y es la norma fundamental de
la Iglesia y del derecho eclesial de todos los tiempos, en cuanto que expresa la conciencia de la
Iglesia de ser el nuevo pueblo de Dios
distinto del pueblo de Israel. Esta norma fundamental es la que transmitirá
Pablo en las ciudades por donde pasa,
aunque hizo circuncidar a Timoteo en atención a los judíos (cf He 16.
3-4).
San Pablo se refiere en sus cartas a Cristo como fuente del evangelio que predica
y de la doctrina que transmite; por tanto, no
piensa que su predicación y su disciplina sean diferentes de la
predicación de los demás apóstoles. Así lo afirma Pablo frente a los judaizantes que querían rechazar su
autoridad (cf Gál 1,9.11‑12; 2,9; Flp 4,9), así como frente a los
cristianos procedentes del paganismo y
que sentían la tentación de volver a sus antiguas costumbres (cf ICor 11,2.16.23; 15,3.10‑11). Por
consiguiente, la tradición es un cuerpo doctrinal que ha de mantenerse (cf 2Tes
2,15; 3,6). En resumen, Pablo quiere
fundamentar la unidad y la comunión entre
las Iglesias sobre la base de la coherencia entre lo que ha transmitido
a las Iglesias que ha fundado y la tradición de los apóstoles (cf Gál 2,9).
Para san Juan la comunión con el Padre y el
Hijo, por la acción del Espíritu Santo,
es el principio que fundamenta la comunidad eclesial, del que se deriva el
mandamiento fundamental de Cristo de creer en el nombre del Hijo de Dios venido
en la carne y del amor mutuo: el que
observa este mandamiento permanece en Dios y Dios en él (cf Jn 14,15; IJn 3,23‑24;
4,2.15‑16; 2Jn 4~. Esto constituye el
código de santidad de la comunidad joanea, que junto con el man mandamiento fundamental, los sacramentos
(cf IJn 5,6‑8) y todas las normas
concretas que se derivan del mandamiento fundamental y del mismo código de
santidad, forma parte de la tradición apostólica. Por tanto, el que rechaza
esta tradición no viene de Dios, no permanece en el Padre y en el Hijo y no
puede permanecer en la comunión eclesial (cf IJn 4,2‑6; 2Jn 10‑11;
Ap 18,4). El discernimiento de las inspiraciones es fidelidad a la doctrina
transmitida desde el principio pio (cf IJn 4,1‑6), que es el elemento que
constituye la unidad y la santidad de la comunidad eclesial.
Tiene una importancia particular el fenómeno de la pseudoepigrafía, que encuentra su
expresión en Jn 21, en las Cartas
pastorales, en la Segunda Caría de
Pedro y en la Carta de Judas.
El contexto en que surge el fenómeno es el del
peligro de las herejías, de esas falsas doctrinas que engendran errores tanto
en la vida moral como en el culto, contra las que tienen que combatir los
responsables locales de las comunidades (cf Mt 24,4‑5; Mc 13,5‑6;
Lc 21,8; He 20,29‑31; Col 2,4‑5.8.16‑23; ITim 1,3‑7;
4,1‑3.6‑7, 6,3‑4, 2Tim 3,8.10.14‑15; 4,3‑5; IJn
2,18‑23; 4,1; 2Jn 7,11). Literariamente la pseudoepigrafía se relaciona
con el género de los Testamentos y de la pseudonimia del Antiguo Testamento,
que tenía la finalidad de instruir al lector sobre el comportamiento que había
de tener para permanecer fiel a la tradición. La pseudoepigrafía
neotestamentaria se utiliza para subrayar la autoridad de una tradición, que se
atribuye a un apóstol, de forma que pueda aplicarse a los problemas del tiempo
en que se escribe el libro. Por tanto, no se trata de crear una nueva doctrina,
sino de transmitir siempre la misma doctrina de Cristo, que es garantizada por
el hecho de la vinculación con la persona de los apóstoles y con las Iglesias
que guardan su doctrina. El fenómeno desaparece cuando en el siglo 1I también
los herejes empiezan a usar la pseudonimia. Es el mismo período en que se fija
el canon de los libros del Nuevo Testamento.
Según las Cartas pastorales el contenido de la
tradición apostólica está constituido por el depósito de la fe, por los
preceptos disciplinares y morales, por la organización de las Iglesias en los
ministerios del obispo‑presbítero y del diácono (cf ITim 3,1‑12;
5,17‑22; 6,20; 2Tim 1,12.14; Tit 1,5‑9; 2,1). La tarea de enseñar
del obispo‑presbítero consiste en recibir el contenido de la tradición
apostólica, interpretarlo, aplicarlo a las condiciones de la Iglesia y
transmitirlo a la generación siguiente: la continuidad de la tradición no se
refiere sólo al pasado, sino también al futuro. Así la tradición apostólica es
el medio principal para preservar la comunión eclesial.
La Segunda
Carta de Pedro marca el punto de conjunción entre la tradición apostólica y
la tradición eclesiástica. El contenido de la primera, a la que tienen que
referirse las Iglesias, es la doctrina sobre la cristología y la escatología,
las reglas de vida moral contra las costumbres paganas, la disciplina sobre las
asambleas.
De forma general podemos decir que según los escritos
del Nuevo Testamento la TRADICION APOSTOLICA expresa la transmisión activa de
un depósito doctrinal, de unas normas, de unos comportamientos prácticos, de
unas estructuras ministeriales, a la que tienen que referirse los creyentes
como a algo autoritativo.
23. Los padres de los tres primeros siglos se
refieren en sus escritos a los apóstoles para probar la autenticidad de la
tradición que transmiten.
Según la Didaché
de los doce apóstoles (s. I) se tiene una triple forma de tradiciones: las
de las palabras de Jesús que se vinculan estrechamente a la tradición
sinóptica; las tradiciones judías asumidas por la vida cristiana; las de la
tradición viva que establece normas para resolver problemas concretos de la
época. Todos estos tres filones de tradición, entre los que destaca el tercero,
tienen la función de regular la vida de la comunidad eclesial sobre la doctrina
de la fe, el comportamiento moral, la administración del bautismo y la celebración
eucarística. Refiriéndose a una tradición ya establecida, la Didaché da normas sobre la institución y
la elección de los obispos y de los diáconos, haciendo de puente entre las
comunidades judeocristianas que tenían un colegio de presbíteros con la
función de guías de la comunidad y las Iglesias del siglo 1l del tiempo de
Ignacio de Antioquía, donde encontramos la etapa definitiva de los tres
ministerios de obispo, como jefe de la Iglesia local, del colegio de los
presbíteros que está en torno al obispo, y de los diáconos, como ayudas del
obispo.
San Clemente
I papa (s. I) en su carta a los
Corintios insiste en la institución apostólica de los obispos‑presbíteros
y de los diáconos, y afirma que con su comportamiento los Corintios no sólo han
puesto en peligro la paz y la unidad de la comunidad, sino algo esencial a la
existencia y a la vida de la Iglesia, por ser de institución apostólica. En
efecto, los apóstoles al instituir los ministerios en la comunidad, cumplieron
la voluntad de Cristo, que es normativa. Clemente atribuye a los apóstoles no
sólo la institución del ministerio del episcopado en lugar del de los eparcas,
sino también la institución del modo perpetuo de su transmisión por sucesión.
Así, la función pastoral en la Iglesia, su transmisión, su perpetuidad, según
el principio de la sucesión, dependen directamente de las reglas y de las leyes
dadas por los apóstoles. La carta expresa la idea de un ordenamiento o derecho
positivo que tiene su fuente en la praxis seguida y establecida por los
apóstoles, es decir, el derecho positivo, que regula la tradición apostólica,
la conserva y la transmite.
Aunque no puede decirse que el papa Clemente
intervenga con una autoridad jurídicamente sancionada, no podemos afirmar, sin
embargo, que intervenga sin autoridad, ya que era consciente de que obraba
legítimamente, bien debido a la caridad o bien por su vinculación‑ con los apóstoles Pedro y Pablo, que dieron
su testimonio con el martirio en Roma.
Además, al afirmar la identidad fundamental de las estructuras de la todas las Iglesias y los vínculos de
comunión en un único cuerpo,que es la Iglesia, animado por un solo Espíritu, la
Carta de Clemente muestra que la
Iglesia es católica, no por una yuxtaposición o una suma de Iglesias particulares,
sino por la conciencia de la existencia
de una comunión de caridad en la misma tradición recibida de los apóstoles. El vínculo con la tradición hace
que cada una de las Iglesias esté en continuidad con los apóstoles y que todas
las Iglesias estén en comunión entre sí. El vínculo de la caridad, de la que
deriva la unidad de cada Iglesia y de las Iglesias entre sí, nace de la
fidelidad a la misma tradición apostólica.
San Ignacio de Antioquía (ss. 1‑ll) pone de manifiesto la estrecha relación
entre la eucaristía, la estructura de la Iglesia particular, el episcopado, la
tradición apostólica y la catolicidad de la Iglesia. La catolicidad no debe
entenderse en un sentido geográfico, sino en el sentido de la integridad de la
fe y de la doctrina en la fidelidad a la plena tradición. La verdadera
catolicidad consiste en la unidad de los corazones y de las almas, como unidad
orgánica enriquecida por la diversidad, se estructura en torno a la celebración
eucarística, presidida por el obispo,rodeado del colegio de los presbíteros y
ayudado por los diáconos. Donde está el obispo, allí está la Iglesia católica,
ya que está Cristo haciéndose presente en la asamblea eucarística. Es esto lo
que garantiza la unidad de la Iglesia local, mientras que la Iglesia de Roma
preside la multitud fraternal de todas las Iglesias locales.
San Ireneo (s.II) define a la Iglesia como la comunión espiritual que
anuncia y transmite la tradición, que procede de los apóstolespor sucesión
ininterrumpida de los obispos. La sucesión apostólica de los obispos es
constitutiva de la misma Iglesia y excluye cualquier otro modo de autenticidad
de la tradición apostólica, en cuanto que la perpetuidad apostólica se tiene
sólo por sucesión. Se pone a la Iglesia de Roma como ejemplo, por ser
apostólica de modo eminente‑ ,
debido a la grandeza y antigüedad, así como por estar funda‑da sobre dos
apóstoles. Roma, aunque no sea la Iglesia madre, es considerada por Ireneo como
la más excelsa de las Iglesias apostólicas; por eso es necesario estar de
acuerdo con ella, ya que manifiesta la apostolicidad de toda la Iglesia. Por
esta razón la comunión con la Iglesia de Roma supone la comunión con todas las
demás Iglesias.
Para san Justino (s. Il) las memorias de los
apóstoles son la tradición apostólica, que es la doctrina contenida en los
escritos del Nuevo Testamento y regula
las instituciones de la Iglesia, especialmente el bautismo y la eucaristía.
Según Tertuliano (ss. ll‑lll) es
imposible separar la Iglesia, la tradición‑ , la ortodoxia y la
ortopraxis, ya que la tradición apostólica, contenida en el depósito de las
Iglesias apostólicas, tiene que inspirar
la ortopraxis, es decir, la disciplina positiva de la Iglesia.
San Hipólito (ss. ll‑lll) subraya que la vinculación con los
apóstoles por medio de la tradición es la condición de autenticidad y de seguridad de la enseñanza y de las
instituciones, cuando la Iglesia se ve turbada por el cisma o la herejía. El
contenido de esta tradición apostólica está constituido por la estructura de la
Iglesia, con su jerarquía, sus
ministerios, sus instituciones, su liturgia y las observancias exigidas a los
cristianos. Las prescripciones normativas son la expresión de todo esto, es
decir, del misterio mismo de la Iglesia.
Los padres desarrollan
los diversos elementos relativos a la tradición apostólica que se encontraban
ya en los escritos del Nuevo Testamento, en relación con la comunión eclesial,
especialmente los de la sucesión apostólica en los obispos y los de la función
de la Iglesia romana.
24. El modo
con que la Iglesia vivió la realidad de la comunión en la praxis de sus
primeros cinco siglos de vida (algunos elementos se encontrarán incluso en el
s. Vll) entra en la TRADICION ECLESIASTICA, que aunque no se pueda considerar
normativa como la Escritura y la tradición apostólica, encierra igualmente una
gran importancia, ya que nos ofrece algunos elementos de enorme interés.
De forma
general podemos decir que el término COMUNION (communio‑koinonía;pax‑eiréne; communicatio, societas,
unitas- agápe) señala el vínculo de unión entre los obispos y los fieles,
entre los diversos obispos, entre los fieles entre sí, que se realiza y se
manifiesta en la comunión eucarística, por lo que llega a significar a la
Iglesia misma, llamada communio
sanctorum. La Iglesia local forma una comunión, anclada en la celebración
eucarística, entre todos los fieles y su obispo, que en cierto sentido se
identifican
con su Iglesia.
El término
comunión expresa siempre la unidad eclesiástica, que es más que una afinidad de
pensamiento o un afecto de amistad, en cuanto que encuentra su presupuesto en
la fe común. Sin embargo, la misma fe común no es suficiente para lograr el
vínculo de comunión plena; puede al mismo tiempo darse este vínculo con una
diversidad de opiniones, como demuestran las largas controversias sobre la
fecha de la pascua y el bautismo de los herejes. Es un VINCULO INSTITUCIONAL,
que se manifiesta a través de los diversos‑sos aspectos de la vida de la
Iglesia, que tienen todos ellos una relación directa con la eucaristía.
El signo de
la unión eclesiástica entre los obispos consiste en la concelebración o bien en
hacer que un obispo celebre en presencia de otro. En Roma se tiene también en
el envío el fermentum a los orientales o bien, hasta el siglo v, a los
presbíteros de las diversas iglesias titulares.
En caso de
cisma, un fiel es considerado como perteneciente a aquella comunidad en la que
recibe la eucaristía; por eso los cristianos que emprenden un viaje, hasta el
siglo Vll, llevan consigo la eucaristía, para evitar recibirla de una comunidad
con la que no se está en comunión.
A finales del
siglo 11 se desarrolla la praxis de las cartas
de comunión, que tienen quizá su origen en la carta a Filemón (todavía hoy
se usan en particulares circunstancias). Cuando un cristiano se pone en viaje,
recibe de su obispo una carta en la que garantiza que el portador está en
comunión con él, de forma que sea admitido a la celebración eucarística en la Iglesia
adonde llega. La verificación de que el obispo que ha escrito esa carta, y por
tanto toda la Iglesia
que él representa, está en la comunión católica se
hace sobre la base de listas que existen en las diversas Iglesias y que se
ponen continuamente al día. Los mismos herejes y cismáticos procuran llevar su
carta de comunión con alguna Iglesia principal, preferiblemente la de Roma,
para ser aceptados en las demás Iglesias: el estar en comunión con una de estas
Iglesias significa estar en comunión con toda la Iglesia católica.
Otra
práctica que nos revela cómo se entendía la comunión en aquellos siglos es la
de la excomunión, que indica el
rechazo de la comunión, es decir, la ruptura de relaciones con alguien, siempre
en relación con la celebración eucarística.
Si un fiel, laico o clérigo, comete un pecado grave,
es excomulgado por su obispo, que no lo admite en la eucaristía hasta que no
haya cumplido la penitencia impuesta.
Los obispos rompen la comunión entre sí cuando son
mutuamente sospechosos de herejía y dejan de concelebrar juntos. Sin embargo,
un obispo, para poder excomulgar a otro obispo, tiene que estar en comunión con
toda la Iglesia, pues de lo contrario la excomunión recaería sobre él. Por esta
razón los obispos intentan procurarse cartas de comunión del mayor número
posible de obispos, o bien de los obispos de las Iglesias principales, o bien
del obispo de Roma.
El pueblo, si sospecha que su obispo es hereje, se
abstiene de recibir la eucaristía de sus manos.
El excomulgado es considerado de hecho fuera de la Iglesia. Para san
Basilio (s. IV) el grado máximo de ruptura de la comunión se realiza con la
herejía; luego con el cisma, debido a asuntos eclesiásticos o a cuestiones
sobre las que se puede alcanzar fácilmente un acuerdo; finalmente, con la
llamada parasinagoga, que aparece cuando hay reuniones de presbíteros o de
obispos indisciplinados (correspondería a la actual suspensio a divinis)‑‑pueden volver a ser admitidos en
su grado si hacen penitencia‑‑o cuando se reúnen laicos no
autorizados.
Después de todo lo dicho podemos afirmar que la
comunión es desde los primeros siglos una INSTITUCION SACRAMENTAL JURIDICA. Es
una institución porque consiste en un conjunto de relaciones intersubjetivas
determinadas por unas reglas concretas de conducta. Se trata de una institución
sacramental, ya que esas relaciones intersubjetivas encuentran su origen y su
obligatoriedad en los sacramentos del bautismo, del orden sagrado y de la
eucaristía. Finalmente, es una institución sacramental jurídica, ya que las
normas que regulan esas relaciones intersubjetivas son dadas y aplicadas por la
autoridad y tienen fuerza jurídica.
Otro punto que hay que subrayar es que la misma
realidad de la comunión, en la práctica, exige una jerarquización dentro de la
Iglesia. En efecto, para verificar si un obispo está o no en comunión con la
Iglesia católica, se recurre a tres criterios: ante todo, la comunión con el
mayor número de obispos; luego, con las Iglesias principales y más antiguas;
finalmente, con la Iglesia de Roma. Este último criterio es el decisivo, en
cuanto que el obispo de Roma no debe demostrar su comunión con la Iglesia
católica, ya que él es el centro de esa comunión. La lista de los obispos en
comunión que se encuentra en la Iglesia de Roma, da la última garantía. Vemos
entonces que la Iglesia de los primeros siglos no consta de una multitud de
obispos todos ellos en el mismo plano, sino que esa multitud se mantiene unida
por el vínculo jurídico‑sacramental de la comunión, que tiene su centro
en el obispo de Roma, al que se le reconoce una verdadera autoridad sobre los
demás obispos.
[1] Cf
PAULO Vl,A/a/Congr./nl.Der.Con.,20enerol970,en"AAS"62(1970)108‑109.
[2] Cf
PABLO Vl, A/. a la R. Rota, 8
febrero 1973, en "AAS" 65 (1973) 98; AL al 11 Congr. Int. Der. Can., 19septiembre
1973,en"Com."5(1973) 128‑131.
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