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El Bautismo de los Indios: Consulta del Emperador Carlos V a Fray Francisco de Vitoria y Respuesta de los Teólogos

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La controversia bautismal se extendió a España por dos conductos: las campañas de Bartolomé de las Casas, y la consulta de J. de Zumárraga a través del P. Oseguera. Presionado e impresionado por el asunto el Empe­rador Carlos V, escribe al famoso catedrático de la Universidad de Salamanca, Fray Francisco de Vitoria, el 31 de enero de 1539, pidiéndole que revise el problema y sugiera una respuesta. Ante la tardanza en redactar el informe, y las nuevas alarmas transmitidas por de Las Casas, el Empera­dor vuelve a insistir ante el P. Vitoria en carta del 31 de marzo de 1541, en los siguientes términos:

 

El Rey. Maestro Fray Francisco de Vitoria, catedrático de Prima de la Universidad de Salamanca: Fray Bartolomé de las Casas, de la Orden de Santo Domingo, ha mucho tiempo que reside en las nuestras Indias e agora ha venido a estos Reynos a procurar algunas cosas que tocan a su orden y bien de los naturales de aquella tierra; el qual nos ha hecho re­lación que conviene y es necesario que se provea y defienda que ninguno baptice en aquellas partes yndio ni negro ni otro ynfiel adulto, hasta que conforme a la Sagrada Escritura y doctrina de los Santos y a la cos­tumbre de la universal Iglesia, sean de la fe católica doctrinados tanto tiempo quanto suficientemente ovieren menester para ser dignos de rre­civir el santo baptismo; porque diz que en las dichas nuestras Indias se acostumbra baptizar sin que aquel que recibe el agua del baptismo sepa ni entienda lo que rrecive de que nuestro señor es deservido; e visto lo susodicho en el nuestro Consejo Real de las Yndias, por ser como es cosa theologal, ha parecido que conviene que sea visto y examinado por per­sonas theólogas; e yo por la buena relación que de vuestra persona, letras e vida, tengo he acordado de os lo remitir para que, como celoso del ser­vicio de Dios nuestro Señor e nuestro, como cosa que tanto importa a nuestra santa fee católica, lo veáis e deis de ello vuestro parecer. Por en­de yo vos ruego y encargo que veáis lo que asy dize el dicho Fray Barto­lomé de Las Casas cerca de lo tocante al dicho baptismo y platiquéis so­bre ello con los dichos theólogos desa Universidad que a vos os parecie­re, y la rtresolución que todos tomaredes en ello la embiaréis ante nos al dicho nuestro Consejo firmado de vuestro nombre e de las personas que heligiéredes para ver e determinar lo susodicho, que demás del servicio que en ello aréis a nuestro Señor yo seré dello muy servido. De Madrid a treinta e un días del mes de marzo de mill e quinientos e quarenta e un años.

 

 

 

PARECER DE LOS TEÓLOGOS DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

SOBRE EL BAUTISMO DE LOS INDIOS 1541[1]

 

 

En cierta isla del mar océano, que está bajo el imperio y la autoridad del muy gloriosos Emperador y Rey de las Españas, se dice se ha suscitado una disputa entre eclesiásticos acerca del bautismo de los bárbaros indígenas de aquella región: unos afirman que en general todos los bárbaros que se encuentran en la isla bajo el gobierno de los españoles, deberían ser bautizados, ciertamente no contra su voluntad pero tampoco con la espera inherente a una larga instrucción o predicación sino en un tiempo breve y predeterminado; se dice que ellos  han intentado y comenzado está práctica con la autoridad de un edicto propuesto para que dentro de cierto espacio del tiempo todos los bárbaros sean bautizado; lo mismo dicen y hacen respecto a los servidores infieles que han sido entregado al servicio de los hispanos en aquellas regiones.

Otros, al contrario, afirman que no se debe bautizar a los bárbaros sin detenida reflexión y sin un proyecto que va para largo, sin un discernimiento madura respecto a la actitud y voluntad de los mismos bárbaros en lo que se refiere al sacramento del bautismo a la fe y a la religión cristiana.

Respecto a esta controversia han sido consultado algunos de los maestros y teólogos de la Universidad Salmantina; ellos suscriben este documento siempre manteniendo a salvo la autoridad y la censura de la Iglesia Romana y la buena voluntad de aquellos que pueden pensar de manera distinta. Respondemos de la siguiente manera:

Ante todo decimos que parece no haber varias sentencias o afirmación de los santos y de los teólogos como no pocas veces suele acontecer en tales casos y cuestiones acerca de la religión y de las costumbres; más bien pensamos que están de acuerdo suficientemente los doctos y los doctores al respecto. Con todo ciertamente, respetando la devoción, podría haber entre los cristianos en algunas cuestiones varias opiniones, sin embargo en lo que se refiere a la tradición de los sacramente, ante todo en lo que se refiere al bautismo - que es la puerta de la religión cristiana, han de evitarse todas las disputas y en primer lugar entre las naciones bárbaras estas entre las cuales no conviene tener controversias de este tiempo sin que se produzca escándalo. Se debe seguir, en esta materia especialmente, el consejo de Pablo (1 Cor): “los exhorta, hermanos, por el nombre de Nuestro Señor Jesucristo, que digan todos lo mismo y que no haya divisiones entre ustedes”.

2.  Decimos que en  la materia de fe y religión no basta tener gran celo y un piadosa preocupación para aumentar y promover la religión; al contrario conviene poner bajo dirección y ordenar este mismo celo, no según la impetuosidad del carácter, sino según los cánones y reglas de los escritos, tanto de la Iglesia como de los santos., para que no nos encontremos entre el número de aquellos de los cuales Pablo en su carta a los Romanos 10 dice: “doy testimonio de ellos que tienen celo de Dios pero no según la ciencia”.  De la misma manera aquellos que defienden la primera opinión son de alabar por el piadoso estudio, el amor a la fe y a la religión de la misma manera que se alaba al Príncipe Sisebutus en el Concilio Toledano en el cap. “De los judíos 45, distin.”, sin embargo pueden errar porque son hombres. Pues, para contestar directamente a la cuestión propuesta, anotamos esta conclusión.

Esos bárbaros infieles no deben bautizarse sino hasta que sean suficientemente instruidos no sólo en la fe sino también en la moral cristiana, por lo menos en cuanto es necesario para la salvación, ciertamente no antes que haya probabilidad que han entendido lo que van a recibir o tengan respeto y aprovechen el bautismo y quieran vivir y perseverar en la fe y la religión cristiana.

A esta conclusión los autores y doctores que al presente están a disposición y son leídos por los teólogos ciertamente no parecen ponerla en duda sino que todos concuerdan unánimemente en ella. De ahí que el Magíster sententiarum d.4.5 y comentando este pasaje los doctores dicen que conviene, antes del bautismo, preceder el catecismo que significa lo mismo como instrucción y doctrina; y si ha de preceder la doctrina, ciertamente no puede significar una doctrina más breve o de menor cuantía o limitarla más de la que es necesaria para la salvación. Si es verdad que algunos doctores sólo hacen alusión a la doctrina e instrucción en la fe, no es menos verdad que ellos no comprenden con ellas los artí9culos de la fe ni pretenden excluir la doctrina moral ya que no son menos necesarios al respecto para la salvación los preceptos que los artículos de la fe; no pertenece menos a la fe que el adulterio, el perjurio, el robo y el homicidio son pecados que la enseñanza que Cristo es Dios y hombre. De ahí se sigue que no debe bautizar un adulto sin la fe de Cristo y igualmente sin la fe de los preceptos. Parece de suma importancia que hay que observar esto respecto a estos bárbaros que dicen ostentan unos errores intolerables no sólo respecto a Dios sino también respecto a la moral. Además los doctores en 4.d.4 determinan que un adulto no debe bautizarse cuando consta que está en pecado mortal. Esta afirmación la confirma y prueba Santo Tomás 3ª pars, q. 58, art 4, primero porque los hombre por el bautismo son incorporados en Cristo según el pasaje de Gal 3: “los que habéis sido bautizados en Cristo os habéis revestido de Cristo”; quien, sin embargo, actualmente está en pecado no puede ser unido a Cristo, por lo tanto no puede ser bautizado.  2ª Ya que in las obras de Cristo y de la Iglesia nada debe hacerse en vano; sería en vano bautizar  al que actualmente persevera en el pecado, puesto que el bautismo  tiende a la remisión de los pecados según este acto. 3º Sea bautizado cada uno de vosotros en el nombre de Jesucristo para perdón de vuestros pecados. 3º Porque en los signos sacramentales no debe haber falsedad alguna; es falso el signo cuando no le corresponde la cosa significada. De ahí pues, si alguien se ofrece al lavacro del bautismo, significa que se dispone a la purificación interior lo que no acontece cuando tiene la intención de perseverar en el pecado. Hasta aquí... Santo Tomás.

Ahora costa de estos bárbaros que todos están en pecado mortal no sólo del paganismo sin en muchos otros pecados mortales de los cuales no pueden ser liberados sino si, por lo menos, se propongan de abandonar las costumbres perversos e impíos, lo que no podrán hacer si no son instruidos en la fe y la moral cristiana y de la iniquidad de su moral pasada. Es más, no se logrará si no son exhortado una y otra vez y estimulado a que abandonando la vida pasada, abracen la nueva religión; todo esto realmente no puede llevarse adelante adecuadamente por medio de una especie de exhortación y predicación breve y superficial.

 

De la misma manera parece que este conclusión parece fijarse en De consecr. d. 4. c ante baptismum, donde dice que primero debe en bautizando ser instruido en la fe de la encarnación de Cristo y de esta manera se admita como creyente al bautismo como quien sabe cuya gracia es partícipe en este sacramento y a quien se hace deudor en adelante. Y en siguiendo en c. se dice que los catecúmenos veinte días antes del bautismo deben ser adoctrinados acerca de las cosas de la fe. Y lo mismo se encuentra substancialmente en c. Baptizandus y en c. Non liceat se previene expresamente que  no se bauticen los catecúmenos antes que devuelva el símbolo de la fe, y en c. baptizandi se dice que nos catecúmenos han de ser examinados son brevemente y prolongadamente y severamente antes del bautismo. Igualmente quest. 1. c Placuit, se dice que los obispos deben ordenar que - como lo ordenan los antiguos cánones - que los catecúmenos veinte días antes del bautismo corran a la purificación del exorcismo, y en estos veinte días se deben de todos modos enseñar de manera especial el símbolo de la fe.

Igualmente Clemente, el sucesor de Pedro, en la carta De officio sacerdotum habla así: “Si alguien es hallado fiel y desea bautizarse, abandonado los males anteriores por lo demás se vuelva heredero de los bienes celestiales por su propia acción. Se acerque, pues, quien lo desea a su sacerdote y le dé su nombre y escuche de él los misterios del reino de los cielos, se dedique a ayunos frecuentes y se pruebe en todos los aspectos de su vida para que, habiendo pasado tres meses, pueda ser bautizado en un día de fiesta”. He aquí una clara y evidente opinión de Clemente, quien antes del bautismo no exige una breve y apurada predicación e instrucción sino una prueba y examen durante un tiempo adecuado y no reducido no sólo en la fe sino también en la moral. En esta material debe tenerse presente que el tiempo fijado por los padres y el derecho para la instrucción de los fieles, después y no antes de haberse dardo su nombre y a partir de este momento se esperaba el momento del bautismo, se llamaban catecúmenos.  De ahí se deduce que cualquiera había de dar su nombre cuando había escuchado por largo tiempo y muchas veces la predicación de los apóstoles o sacerdotes, según la antigua forma de la Iglesia, y a partir de este momento tenía que esperar el tiempo prescrito antes de ser bautizado.  En consecuencia es evidente que debe observarse esto también entre los bárbaros, que después de haber escuchar por muchos días la predicación y la doctrina cristiana, sólo luego pidan el bautismo a la vez que deben ser enseñados completamente y probada su fe y su moral por el tiempo legitimo antes de ser bautizados.

Igualmente en la antigua Iglesia todos que eran bautizados recibían al eucaristía como consta en los primeros autores y como lo transmite expresamente Dionisio 2º Eclest. hierar. que es doctrina cierta que la eucaristía no debe administrarse  al que tenga solo la fe sino sólo a aquel del cual consta razonablemente que ha abandonado los pecados pasados y se propone de vivir en el futuro de manera religiosa y cristiana, precisamente según la palabra de Pablo cuando habla del que se acerca a la eucaristía: “pruébese a sí mismo el hombre  y como así del pan y beba así del cáliz.; quien come y bebe indignamente  como y bebe para el juicio porque no distingue el cuerpo del Señor”. Igualmente 2 Cor. Desde ahí consta que la primera Iglesia no admitió a nadie al bautismo que no sea considerado digno de la eucaristía. Sería temerario y peligroso abandonar - en lo que se refiere a la administración de los sacramentos - la forma y los ritos de los primeros santos padres que además fueron superiores en doctrina y fe a nuestros sacerdotes, sino sin duda hay que creer la observancia de la antigua Iglesia transmitida y recibida de los mismos apóstoles.

Además no se administra ningún otro sacramento lícitamente sino cuando razonablemente se puede suponer que está fuera del estado de pecado mortal. De ahí que es una costumbre temeraria y licenciosa dar un sacramento tan grande como es el del bautismo a aquello en los cuales ha precedido ningún o reducido discernimiento y examen si están en pecado mortal o no, como lo parecen estar estos bárbaros.

Para dar el golpe final a toda la argumentación  San Agustín, no se necesita a nadie más, pone punto final a l discusión en su libro De fide et operibus donde trata esta cuestión expresamente y la define, y determina que no es suficiente  que los bautizandos sean instruidos en la fe antes de recibir el bautismo sino que es necesario no sólo que sean instruidos en la moral cristiana sino también los mismos bautizandos confiesen públicamente que están observando la moral cristiana, es más, que de palabra y de obra  ya comienzan a vivir según la religión y la piedad. Parece que esta controversia de la que se dice que surgió en aquella isla, también se daba en tiempo de Agustín al afirmar algunos que basta para admitir a los catecúmenos al bautismo que se hallen instruidos en la fe y que no había necesidad que antes sean instruidos en la moral  ni que cambien de vida entes del bautismo.  Contra estos escribió Pablo su libro en el cual frecuentemente y expresamente consigna esta conclusión que afirmamos en este documento ya que lo prueba con muchos testimonios de la esc4ritura como el pasaje de Marco 16: “ yendo al mundo entero, predicado el evangelio a toda criatura; quien crea y sea bautizado será salvo”.

  Es evidente que primero hay que predicare el evangelio antes de administrar el bautismo. Predicar el evangelio no sólo consiste en anunciar los artículos de la fe sino también enseñar la moral cristiano que ciertamente está contenida en el evangelio. Vea el pasaje Ef 4: “abandonad vuestra vida antigua del hombre viejo y renovémonos en vuestro espíritu, revestíos del hombre nuevo”. Y el Señor en Mt 9: “nadie cosa un paño nuevo sobre un vestido ni nadie vierte vino nuevo en odres nueves” y lo de Mt 3 donde Juan Bautista exhorta a los que vienen a él no sólo acerca de la fe sino también de las obras; por eso a la multitud que le pregunta “¿qué debemos hacer?” no les dice que crean y se bauticen, posteriormente escucharéis lo que debéis hacer; sino les dice que antes no le hagan violencia a nadie, no levanten falso testimonio y que sea suficiente su sueldo.

Lo mismo se prueba por el dicho del Señor: “no den lo santo a los perros” (Mt 7). No hay duda que el bautismo es santo y los que vienen al bautismo sino cambio de vida son aún perros.

Vea también en Hech 2: “Haced penitencia y sea bautizado cada uno de vosotros”, etc., como tampoco hay verdadera penitencia donde no hay cambio de vida. Este libro es muy bueno y está centrado en este solo argumento. Quien duda de nuestra conclusión que lea ese libro y dejará de dudar.

La misma opinión defiende también San Agustín en el libro De catequizandis rudibus donde ofrece también esquemas de predicación y explicación que deben ofrecerse a los catecúmenos no sólo sobre la fe sino también definitivamente y particularmente de la moral; y concluye diciendo que al final debe interrogarse al catecúmeno si cree esto y si desea guardarlo; si responde solemnemente que “sí” entonces debe marcársele con la cruz y tratarlo según la costumbre de la Iglesia.

No menos claramente que Agustín expone la misma doctrina Dionisio , el discípulos de Pablo quien en  el dicho del c. 2 Eclelsiaticae Hierarchiae cuando describe el rito de cómo recibir al catecúmeno para el bautismo escribiendo que “el obispo debe exhortar al que viene al bautismo que es necesario acceder a Dios con un corazón íntegro perfecto e inmaculado en todos los aspectos; luego le explique la razón de una vida de este tipo preguntándole si quiere observar en adelante  una vida de este tipo; cuando este lo afirmar así le impone la mano en la cabeza”. Es evidente que no sólo la fe sino también la moral forma parte de este caso.

También claramente reflexiona Orígenes “Homilía 22 sobre Lucas” donde trata de las siguientes palabras de Juan el Bautista: raza de víboras quién les muestra cómo huir de la ira futura, “permaneciendo en el estado prístino no abandonan ni sus costumbres ni sus hábitos y así nadie puede bautizarse “, y más en este sentido.  De todo esto consta que los antiguos padres no sólo exigieron a los bautizandos la fe sino también vida cristiana y moral cristiana: falta solamente que los bárbaros en masa serán bautizados y entre ellos uno tenga varias esposas, otro abandone la suya y tenga la mujer de otro, otro sea usurero y otro esté con un vicio intolerable distinto.

También tiene que ver con el sólido argumento de nuestra opinión y doctrina que los que vienen al bautismo renuncian a satanás y a sus pompas, confesión que recuerda también Tertuliano, un autor antiquísimo, en su libro De corona militis, y Dionisio 2c Eccl. hierarch. que afirman que no sería y sincera esta promesa sino ilusoria en aquel que permaneciendo en la moral antigua afirma creer en Cristo.

Podríamos  traer más, muchos más para fundamentar nuestra conclusión si no fuera un ejercicio  ocioso en una materia tan fuera de duda utilizando argumentos y testimonios no necesarios, ante todo tomando en cuenta el hecho que la opinión contraria no puede apoyarse  en las escritura o en autores importantes. San Agustín en su libre responde a plena satisfacción a todas las objeciones de los contrarios.

La conclusión misma entraña y evidencia el corolario que parece ser temerario y peligroso bautizar a los bárbaros de pasada y sin mayor exigencia y examen. De ahí nos parece muy absurdo y no suficientemente adecuado a la piedad traer a colación lo que vemos en España: muchos de los que son admitidos al bautismo son excluidos y rechazados cuando quieren recibir los sacramentos de la Iglesia cuando ellos, como dijimos deberían recibir inmediatamente después del bautismo la eucaristía si observaríamos las costumbres de la antigua Iglesia. De esta manera se da el hecho que nos preocupamos mucho tener bautizados y hay pocos cristianos no sólo en lo que se refiere a la moral sino también a la fe.  Hay un proverbio “suficientemente rápido si suficientemente bueno”; parece increíble pero es así que deben observarse estas cosas en otros no-creyentes, mucho más parece deber aplicarlo a estos bárbaros  que según su naturaleza son considerados débiles, es poco al pensar lo que les conviene ya que son muy inconstantes.

Dado en Salamanca, 1 de julio del año 1541.

Fr. Cordubensis, decanus facultatis.-Fr. Franciscus Vic­toria.-Magister Ioannes de Sant Millan.-Fr. Dominicus Soto.-Fr. Andreas Vega, magister.-Magister Franciscus San­cho.-Magister G. Gallo.-Magister Ioannes Aegilius de Nava[2]

 

 

 

 



[1]  El texto en latín es sacado de de: De Vitoria, Francisco, Relectio de  Indis o Libertad de los Indios. Edicón crítica  Bilingüe por L. Pereña y J.M. Perez Pendes. Madrid, Consejo Superior de investigaciones Científicas 1967 el texto latino  p. 157-164.

Nota: La controversia bautismal se extendió a España por dos conductos: las campañas de Bartolomé de las Casas, y la consulta de J. de Zumárraga a través del P. Oseguera. Presionado e impresionado por el asunto el Empe­rador Carlos V, escribe al famoso catedrático de la Universidad de Sala­manca, Fray Francisco de Vitoria, el 31 de enero de 1539, pidiéndole que revise el problema y sugiera una respuesta. Ante la tardanza en redactar el informe, y las nuevas alarmas transmitidas por de Las Casas, el Empera­dor vuelve a insistir ante el P. Vitoria en carta del 31 de marzo de 1541.

[2] Colección de docum. Véanse otros datos en A. DÁVILA PADIILA., Historia de la fundación y discurso de la provincia de Santiago de México de la Orden de Predicadores, Madrid 1596. Nueva ed. A. Millares Carló, México 1955. Cuentos inéditos relativos al descubrimiento, conquista y colonización de las posesiones espanolas en América y Oceanía. Madrid, 1865   t. III, p. 543 ss.

Este texto forma parte de los Documentos para el estudio de la Historia de la Iglesia una colección de textos del dominio público y de copia permitida relacionados a la historia de la Iglesia.




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