MAGISTERIO DE LA IGLESIA IB: Desde PELAGIO II hasta URBANO III (Denzinger)
PELAGIO II, 575-590
Sobre la uni(ci)dad de la Iglesia
[De la carta 1 Quod ad dilectionem, a los obispos cismáticos de Istria,
hacia el año 585]
Sabéis, en efecto, que el Señor clama en el Evangelio: Simón, Simón, mira
que Satanás os ha pedido para cribaros como trigo; pero yo he rogado por ti
a mi Padre, para que no desfallezca tu fe, y tú, convertido, confirma a tus
hermanos [Lc. 22, 31 s].
Considerad, carísimos, que la Verdad no pudo mentir, ni la fe de Pedro podrá
eternamente conmoverse o mudarse. Porque como el diablo hubiera pedido a
todos los discípulos para cribarlos, por Pedro solo atestigua el Señor haber
rogado y por él quiso que los demás fueran confirmados. A él también, en
razón del mayor amor que manifestaba al Señor en comparación de los otros,
le fue encomendado el cuidado de apacentar las ovejas [cf. Ioh. 21, 15 ss];
a él también le entregó las llaves del reino de los cielos, le prometió que
sobre él edificaría su Iglesia y le atestiguó que las puertas del infierno
no prevalecerían contra ella [Mt. 16, 16 ss]. Mas como quiera que el enemigo
del género humano no cesa hasta el fin del mundo de sembrar la cizaña encima
de la buena semilla para daño de la Iglesia de Dios [Mt. 13, 25], de ahí que
para que nadie, con maligna intención, presuma fingir o argumentar nada
sobre la integridad de nuestra fe y por ello tal vez parezca que se
perturban vuestros espíritus, hemos juzgado necesario, no sólo exhortaros
con lágrimas por la presente Carta a que volváis al seno de la madre
Iglesia, sino también enviaros satisfacción sobre la integridad de nuestra
fe...
[Después de confirmar la fe de los Concilios de Nicea, primero de
Constantinopla, primero de Éfeso, y principalmente el de Calcedonia, así
como la Carta dogmática de León a Flaviano, continúa así:]
Y si alguno existe, o cree, o bien osa enseñar contra esta fe, sepa que está
condenado y anatematizado según la sentencia de esos mismos Padres...
Considerad, pues, que quien no estuviere en la paz y unidad de la Iglesia,
no podrá tener a Dios [Gal. 3, 7]...
De la necesidad de la unión con la Iglesia
[De la Carta 2 Dilectionis vestrae a los obispos cismáticos de Istria, hacia
el año 585]
...No queráis, pues, por amor a la jactancia, que está siempre: muy cercana
de la soberbia, permanecer en el vicio de la obstinación, pues, en el día
del juicio, ninguno de vosotros se podrá excusar... Porque, si bien por la
voz del Señor mismo en el Evangelio [cf. Mt. 16, 18] está manifiesto dónde
esté constituída la Iglesia, oigamos, sin embargo, qué ha definido el
bienaventurado Agustín, recordando la misma sentencia del Señor. Pues dice
estar constituída la Iglesia en aquellos que por la sucesión de los obispos
se demuestra que presiden en las Sedes Apostólicas, y cualquiera que se
sustrajere a la comunión y autoridad de aquellas Sedes, muestra hallarse en
el cisma. Y después de otros puntos: "Puesto fuera, aun por el nombre de
Cristo estarás muerto. Entre los miembros de Cristo, padece por Cristo;
pegado al cuerpo, lucha por la cabeza". Pero también el bienaventurado
Cipriano, entre otras cosas, dice lo siguiente: "El comienzo parte de la
unidad, y a Pedro se le da el primado para demostrar que la Iglesia y la
cátedra de Cristo es una sola; y todos son pastores, pero la grey es una,
que es apacentada por los Apóstoles con unánime consentimiento". y poco
después: "El que no guarda esta unidad de la Iglesia, ¿cree guardar la fe?
El que abandona y resiste a la cátedra de Pedro, sobre la que está fundada
la Iglesia, ¿confía estar en la Iglesia?". Igualmente luego: "No pueden
llegar al premio de la paz del Señor porque rompieron la paz del Señor con
el furor de la discordia... No pueden permanecer con Dios los que no
quisieron estar unánimes en la Iglesia. Aun cuando ardieren entregados a las
llamas de la hoguera; aun cuando arrojados a las fieras den su vida, no será
aquélla la corona de la fe, sino el castigo de la perfidia; ni muerte
gloriosa, sino perdición desesperada. Ese tal puede ser muerto; coronado, no
puede serlo... El pecado de cisma es peor que el de quienes sacrificaron;
los cuales, sin embargo, constituídos en penitencia de su pecado, aplacan a
Dios con plenísimas satisfacciones. Allí la Iglesia es buscada o rogada;
aquí se combate a la Iglesia. Allí el que cayó, a sí solo se dañó; aquí el
que intenta hacer un cisma, a muchos engaña arrastrándolos consigo. Allí el
daño es de una sola alma; aquí el peligro es de muchísimas. A la verdad,
éste entiende y se lamenta y llora de haber pecado; aquél, hinchado en su
mismo pecado y complacido de sus mismos crímenes, separa a los hijos de la
madre, aparta por solicitación las ovejas del pastor, perturba los
sacramentos de Dios, y siendo así que el caído pecó sólo una vez, éste peca
cada día. Finalmente, el caído, si posteriormente consigue el martirio,
puede percibir las promesas del reino; éste, si fuera de la Iglesia fuere
muerto, no puede llegar a los premios de la Iglesia".
SAN GREGORIO I EL MAGNO, 590-604
De la ciencia de Cristo (contra los agnoetas)
[De la Carta Sicut aqua frigida a Eulogio, patriarca de Alejandría, agosto
de 600]
Sobre lo que está escrito que el día y la hora, ni el Hijo ni los ángeles lo
saben [cf. Mt. 13, 32], muy rectamente sintió vuestra santidad que ha de
referirse con toda certeza, no al mismo Hijo en cuanto es cabeza, sino en
cuanto a su cuerpo que somos nosotros... Dice también Agustín... que puede
entenderse del mismo Hijo, pues Dios omnipotente habla a veces a estilo
humano, como cuando le dice a Abraham: Ahora conozco que temes a Dios [Gen.
22, 12]. No es que Dios conociera entonces que era temido, sino que entonces
hizo conocer al mismo Abraham que temía a Dios. Porque a la manera como
nosotros llamamos a un día alegre, no porque el día sea alegre, sino porque
nos hace alegres a nosotros; así el Hijo omnipotente dice ignorar el día que
Él hace que se ignore, no porque no lo sepa, sino porque no permite en modo
alguno que se sepa. De ahí que se diga que sólo el Padre lo sabe, porque el
Hijo consustancial con Él, por su naturaleza que es superior a los ángeles,
tiene el saber lo que los ángeles ignoran. De ahí que se puede dar un
sentido más sutil al pasaje; es decir, que el Unigénito encarnado y hecho
por nosotros hombre perfecto, ciertamente en la naturaleza humana sabe el
día y la hora del juicio; sin embargo, no lo sabe por la naturaleza humana.
Así, pues, lo que en ella sabe, no lo sabe por ella, porque Dios hecho
hombre, el día y hora del juicio lo sabe por el poder de su divinidad...
Así, pues, la ciencia que no tuvo por la naturaleza de la humanidad, por la
que fue criatura como los ángeles, ésta negó tenerla como no la tienen los
ángeles que son criaturas. En conclusión, el día y la hora del juicio la
saben Dios y el hombre; pero por la razón de que el hombre es Dios. Pero es
cosa bien manifiesta que quien no sea nestoriano, no puede en modo alguno
ser agnoeta. Porque quien confiesa haberse encarnado la sabiduría misma de
Dios ¿con qué razón puede decir que hay algo que la sabiduría de Dios
ignore? Escrito está: En el principio era el Verbo y el Verbo estaba junto a
Dios y el Verbo era Dios... todo fue hecho por Él [Ioh. 1, 1 y 3]. Si todo,
sin género de duda también el día y la hora del juicio. Ahora bien, ¿quién
habrá tan necio que se atreva a decir que el Verbo del Padre hizo lo que
ignora? Escrito está también: Sabiendo Jesús que el Padre se lo puso todo en
sus manos [Ioh, 13, 3]. Si todo, ciertamente también el día y la hora del
juicio. ¿Quién será, pues, tan necio que diga que recibió el Hijo en sus
manos lo que ignora?
Del bautismo y ordenes de los herejes
[De la Carta Quia charitati a los obispos de Hiberia hacia el 22 de junio de
601]
De la antigua tradición de los Padres hemos aprendido que quienes en la
herejía son bautizados en el nombre de la Trinidad, cuando vuelven a la
Santa Iglesia, son reducidos al seno de la Santa madre Iglesia o por la
unción del crisma, o por la imposición de las manos, o por la sola profesión
de la fe... porque el santo bautismo que recibieron entre los herejes,
entonces alcanza en ellos la fuerza de purificación, cuando se han unido a
la fe santa y a las entrañas de la Iglesia universal. Aquellos herejes,
empero, que en modo alguno se bautizan en el nombre de la Trinidad, son
bautizados cuando vienen a la Santa Iglesia, pues no fue bautismo el que no
recibieron en el nombre de la Trinidad, mientras estaban en el error.
Tampoco puede decirse que este bautismo sea repetido, pues, como queda
dicho, no fue dado en nombre de la Trinidad.
Así, [pues,] a cuantos vuelven del perverso error de Nestorio, recíbalos sin
duda alguna vuestra santidad en su grey, conservándoles sus propias órdenes,
a fin de que; no poniéndoles por vuestra mansedumbre contrariedad o
dificultad alguna en cuanto a sus propias órdenes, los arrebatéis de las
fauces del antiguo enemigo.
Del tiempo de la unión hipostática
[De la misma carta a los obispos de Hiberia]
Y no fue primero concebida la carne en el seno de la Virgen y luego vino la
divinidad a la carne; sino inmediatamente, apenas vino el Verbo a su seno,
inmediatamente, conservando la virtud de su propia naturaleza, el Verbo se
hizo carne... Ni fue primero concebido y luego ungido, sino que el mismo ser
concebido por obra del Espíritu Santo de la carne de la Virgen, fue ser
ungido por el Espíritu Santo.
Sobre el culto de las imágenes, v. Kch 1054 ss; sobre la autoridad de los
cuatro concilios, v. R 2291; sobre la crismación, ibid. 2294; el rito del
bautismo, ibid. 2292; su efecto, ibid. 2298; sobre la indisolubilidad del
matrimonio, ibid. 2297.
SABINIANO, 604-606 SAN BONIFACIO IV, 608-615
BONIFACIO III, 607 SAN DEODATO, 615-618
BONIFACIO V, 619-625
HONORIO 1, 625-638
De dos voluntades y operaciones en Cristo
[De la carta 1 Scripta fraternitatis vestrae a Sergio, patriarca de
Constantinopla, del año 634]
...Si Dios nos guía, llegaremos hasta la medida de la recta fe, que los
Apóstoles extendieron con la cuerda de la verdad de las Santas Escrituras:
Confesando al Señor Jesucristo, mediador de Dios y de los hombres [1 Tim. 2,
8], que obra lo divino mediante la humanidad, naturalmente [griego:
hipostáticamente] unida al Verbo de Dios, y que el mismo obró lo humano, por
la carne inefable y singularmente asumida, quedando íntegra la divinidad de
modo inseparable, inconfuso e inconvertible...; es decir, que permaneciendo,
por modo estupendo y maravilloso, las diferencias de ambas naturalezas, se
reconozca que la carne pasible está unida a la divinidad... De ahí que
también confesamos una sola voluntad de nuestro Señor Jesucristo, pues
ciertamente fue asumida por la divinidad nuestra naturaleza, no nuestra
culpa; aquella ciertamente que fue creada antes del pecado, no la que quedó
viciada después de la prevaricación. Porque Cristo, sin pecado concebido por
obra del Espíritu Santo, sin pecado nació de la santa e inmaculada Virgen
madre de Dios, sin experimentar contagio alguno de la naturaleza viciada...
Porque no tuvo el Salvador otra ley en los miembros o voluntad diversa o
contraria, como quiera que nació por encima de la ley de la condición
humana... Llenas están las Sagradas Letras de pruebas luminosas de que el
Señor Jesucristo, Hijo y Verbo de Dios, por quien han sido hechas todas las
cosas [Ioh. 1, 3], es un solo operador de divinidad y de humanidad. Ahora
bien, si por las obras de la divinidad y la humanidad deben citarse o
entenderse una o dos operaciones derivadas, es cuestión que no debe
preocuparnos a nosotros, y hay que dejarla a los gramáticos que suelen
vender a los niños exquisitos nombres derivados. Porque nosotros no hemos
percibido por las Sagradas Letras que el Señor Jesucristo y su Santo
Espíritu hayan obrado una sola operación o dos, sino que sabemos que obró de
modo multiforme.
[De la Carta 2 Scripta dilectissimi filii, al mismo Sergio]
Por lo que toca al dogma eclesiástico, lo que debemos mantener y predicar en
razón de la sencillez de los hombres y para cortar los enredos de las
cuestiones inextricables, no es definir una o dos operaciones en el mediador
de Dios y de los hombres, sino que debemos confesar que las dos naturalezas
unidas en un solo Cristo por unidad natural operan y son eficaces con
comunicación de la una a la otra, y que la naturaleza divina obra lo que es
de Dios, y la humana ejecuta lo que es de la carne, no enseñando que
dividida ni confusa ni convertiblemente la naturaleza de Dios se convirtió
en el hombre ni que la naturaleza humana se convirtiera en Dios, sino
confesando íntegras las diferencias de las dos naturalezas... Quitando,
pues, el escándalo de la nueva invención, no es menester que nosotros
proclamemos, definiéndolas, una o dos operaciones; sino que en vez de la
única operación que algunos dicen, es menester que nosotros confesemos con
toda verdad a un solo operador Cristo Señor, en las dos naturalezas; y en
lugar de las dos operaciones, quitado el vocablo de la doble operación, más
bien proclamar que las dos naturalezas, es decir, la de la divinidad y la de
la carne asumida, obran en una sola persona, la del Unigénito de Dios Padre,
inconfusa, indivisible e inconvertiblemente, lo que les es propio.
[Más de esta carta en Kch 1065-1069.]
SEVERINO, 640
JUAN IV, 640-642
Del sentido de las palabras de Honorio acerca de las dos voluntades
[De la Carta Dominus qui dixit, al emperador Constantino, de 641]
...Uno solo es sin pecado, el mediador de Dios y de los hombres el hombre
Cristo Jesús [1 Tim. 2, 5], que fue concebido y nació libre entre los
muertos [Ps. 87, 6]. Así en la economía de su santa encarnación, nunca tuvo
dos voluntades contrarias, ni se opuso a la voluntad de su mente la voluntad
de su carne... De ahí que, sabiendo que ni al nacer ni al vivir hubo en Él
absolutamente ningún pecado, convenientemente decimos y con toda verdad
confesamos una sola voluntad en la humanidad de su santa dispensación, y no
predicamos dos contrarias, de la mente y de la carne, como se sabe que
deliran algunos herejes, como si fuera puro hombre. En este sentido, pues,
se ve que el ya dicho predecesor nuestro Honorio escribió al antes nombrado
Patriarca Sergio que le consultó, que no se dan en el Salvador, es decir, en
sus miembros, dos voluntades contrarias, pues ningún vicio contrajo de la
prevaricación del primer hombre... Y es que suele suceder que donde está la
herida, allí se aplica el remedio de la medicina. Y, en efecto, también el
bienaventurado Apóstol se ve que hizo esto muchas veces, adaptándose a la
situación de sus oyentes; y así a veces, enseñando de la suprema naturaleza,
se calla totalmente sobre la humana; otras, empero, disputando de la
dispensación humana, no toca el misterio de su divinidad... Así, pues, el
predicho predecesor mío decía del misterio de la encarnación de Cristo que
no había en Él, como en nosotros pecadores, dos voluntades contrarias de la
mente y de la carne. Algunos, acomodando esta doctrina a su propio sentido,
han sospechado que Honorio enseñó que la divinidad y la humanidad de Aquél
no tienen más que una sola voluntad, interpretación que es de todo punto
contraria a la verdad...
TEODORO I, 642-649
SAN MARTIN I, 649-653 (655)
CONClLlO DE LETRAN, 649
(Contra los monotelitas)
De la Trinidad, Encarnación, etc.
Can. 1. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propia y
verdaderamente al Padre y al Hijo y al Espíritu Santo, la Trinidad en la
unidad y la Unidad en la trinidad, esto es, a un solo Dios en tres
subsistencias consustanciales y de igual gloria, una sola y la misma
divinidad de los tres, una sola naturaleza, sustancia, virtud, potencia,
reino, imperio, voluntad, operación increada, sin principio, incomprensible,
inmutable, creadora y conservadora de todas las cosas, sea condenado [v.
78-82 y 213].
Can. 2. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según la verdad que el mismo Dios Verbo, uno de la santa, consustancial y
veneranda Trinidad, descendió del cielo y se encarnó por obra del Espíritu
Santo y de María siempre Virgen y se hizo hombre, fue crucificado en la
carne, padeció voluntariamente por nosotros y fue sepultado, resucitó al
tercer día, subió a los cielos, está sentado a la diestra del Padre y ha de
venir otra vez en la gloria del Padre con la carne por Él tomada y animada
intelectualmente a juzgar a los vivos y a los muertos, sea condenado [v. 2,
6, 65 y 215].
Can. 3. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según verdad por madre de Dios a la santa y siempre Virgen María, como
quiera que concibió en los últimos tiempos sin semen por obra del Espíritu
Santo al mismo Dios Verbo propia y verdaderamente, que antes de todos los
siglos nació de Dios Padre, e incorruptiblemente le engendró, permaneciendo
ella, aun después del parto, en su virginidad indisoluble, sea condenado [v.
218].
Can. 4. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según verdad, dos nacimientos del mismo y único Señor nuestro y Dios
Jesucristo, uno incorporal y sempiternamente, antes de los siglos, del Dios
y Padre, y otro, corporalmente en los últimos tiempos, de la santa siempre
Virgen madre de Dios María, y que el mismo único Señor nuestro y Dios,
Jesucristo, es consustancial a Dios Padre según la divinidad y consustancial
al hombre y a la madre según la humanidad, y que el mismo es pasible en la
carne e impasible en la divinidad, circunscrito por el cuerpo e
incircunscrito por la divinidad, el mismo creado e increado, terreno y
celeste, visible e inteligible, abarcable e inabarcable, a fin de que quien
era todo hombre y juntamente Dios, reformara a todo el hombre que cayó bajo
el pecado, sea condenado [v. 21-1].
Can. 5. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según verdad que una sola naturaleza de Dios Verbo se encarnó, por lo cual
se dice encarnada en Cristo Dios nuestra sustancia perfectamente y sin
disminución, sólo no marcada con el pecado, sea condenado [v. 220].
Can. 6. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según verdad que uno solo y el mismo Señor y Dios Jesucristo es de dos y
en dos naturalezas sustancialmente unidas sin confusión ni división, sea
condenado [v. 148].
Can. 7. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según verdad que en Él se conservó la sustancial diferencia de las dos
naturalezas sin división ni confusión, sea condenado [v. 148].
Can. 8. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según verdad, la unión sustancial de las naturalezas, sin división ni
confusión, en Él reconocida, sea condenado [v. 148].
Can. 9. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente
y según verdad, que se conservaron en Él las propiedades naturales de su
divinidad y de su humanidad, sin disminución ni menoscabo, sea condenado.
Can. 10. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres,
propiamente y según verdad, que las dos voluntades del único y mismo Cristo
Dios nuestro están coherentemente unidas, la divina y la humana, por razón
de que, en virtud de una y otra naturaleza suya, existe naturalmente el
mismo voluntario obrador de nuestra salud, sea condenado.
Can. 11. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres,
propiamente y según verdad, dos operaciones, la divina y la humana,
coherentemente unidas, del único y el mismo Cristo Dios nuestro, en razón de
que por una y otra naturaleza suya existe naturalmente el mismo obrador de
nuestra salvación, sea condenado.
Can. 12. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, confiesa una sola
voluntad de Cristo Dios nuestro y una sola operación, destruyendo la
confesión de los Santos Padres y rechazando la economía redentora del mismo
Salvador, sea condenado.
Can. 13. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, no obstante haberse
conservado en Cristo Dios en la unidad sustancialmente las dos voluntades y
las dos operaciones, la divina y la humana, y haber sido así piadosamente
predicado por nuestros Santos Padres, confiesa contra la doctrina de los
Padres una sola voluntad y una sola operación, sea condenado.
Can. 14. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, con una sola
voluntad y una sola operación que impíamente es confesada por los herejes,
niega y rechaza las dos voluntades y las dos operaciones, es decir, la
divina y la humana, que se conservan en la unidad en el mismo Cristo Dios y
por los Santos Padres son con ortodoxia predicadas en Él, sea condenado.
Can. 15. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, toma neciamente por
una sola operación la operación divino-humana, que los griegos llaman
teándrica, y no confiesa de acuerdo con los Santos Padres, que es doble, es
decir, divina y humana, o que la nueva dicción del vocablo "teándrica" que
se ha establecido significa una sola y no indica la unión maravillosa y
gloriosa de una y otra, sea condenado.
Can. 16. Si alguno, siguiendo para su perdición a los criminales herejes, no
obstante haberse conservado esencialmente en Cristo Dios en la unión las dos
voluntades y las dos operaciones, esto es, la divina y la humana, y haber
sido piadosamente predicadas por los Santos Padres, pone neciamente
disensiones y divisiones en el misterio de su economía redentora, y por eso
las palabras del Evangelio y de los Apóstoles sobre el mismo Salvador no las
atribuye a una sola y la misma persona y esencialmente al mismo Señor y Dios
nuestro Jesucristo, de acuerdo con el bienaventurado Cirilo, para demostrar
que el mismo es naturalmente Dios y hombre, sea condenado.
Can. 17. Si alguno, de acuerdo con los Santos Padres, no confiesa
propiamente y según verdad, todo lo que ha sido trasmitido y predicado a la
Santa, Católica y Apostólica Iglesia de Dios, e igualmente por los Santos
Padres y por los cinco venerables Concilios universales, hasta el último
ápice, de palabra y corazón, sea condenado.
Can. 18. Si alguno, de acuerdo con los Santos Padres, a una voz con nosotros
y con la misma fe, no rechaza y anatematiza, de alma y de boca, a todos los
nefandísimos herejes con todos sus impíos escritos hasta el último ápice, a
los que rechaza y anatematiza la Santa Iglesia de Dios, Católica y
Apostólica, esto es, los cinco santos y universales Concilios, y a una voz
con ellos todos los probados Padres de la Iglesia, esto es, a Sabelio,
Arrio, Eunomio, Macedonio, Apolinar, Polemón, Eutiques, Dioscuro, Timoteo el
Eluro, Severo, Teodosio, Coluto, Temistio, Pablo de Samosata, Diodoro,
Teodoro, Nestorio, Teodulo el Persa, Orígenes, Dídimo, Evagrio, y en una
palabra, a todos los demás herejes que han sido reprobados y rechazados por
la Iglesia Católica, y cuyas doctrinas son engendros de la acción diabólica;
con los cuales hay que condenar a los que sintieron de modo semejante a
ellos obstinadamente, hasta el fin de su vida, o a los que aún sienten o se
espera que sientan, y con razón, pues son a ellos semejantes y envueltos en
el mismo error; de los cuales se sabe que algunos dogmatizaron y terminaron
su vida en su propio error, como Teodoro, obispo antaño de Farán, Ciro de
Alejandría, Sergio de Constantinopla, o sus sucesores Pirro y Pablo, que
permanecen en su perfidia; y los impíos escritos de aquéllos y a aquellos
que sintieron de modo semejante a ellos obstinadamente hasta el fin, o aún
sienten, o se espera que sientan, es decir, que tienen una sola voluntad y
una sola operación la divinidad y la humanidad de Cristo; y la impiísima
Ecthesis, que a persuasión del mismo Sergio fue compuesta por Heraclio, en
otro tiempo emperador, en contra de la fe ortodoxa y que define que sólo se
venera una voluntad de Cristo y una operación por armonía; mas también todo
lo que en favor de la Ecthesis se ha escrito o hecho impíamente por
aquellos, o a quienes la reciben, o algo de lo que por ella se ha escrito o
hecho; y junto con todo esto también el criminal Typos, que a persuasión del
predicho Pablo ha sido recientemente compuesto por el serenísimo Principe,
el emperador Constantino [léase: Constancio] en contra de la Iglesia
Católica, como quiera que manda negar y que por el silencio se constriñan
las dos naturales voluntades y operaciones, la divina y la humana, que por
los Santos Padres son piadosamente predicadas en el mismo Cristo, Dios
verdadero y Salvador nuestro, con una sola voluntad y operación que
impíamente es en Él venerada por los herejes, y que por tanto define que a
par de los Santos Padres, también los criminales herejes han de verse libres
de toda reprensión y condenación, injustamente; con lo que se amputan las
definiciones o reglas de la Iglesia Católica.
Si alguno, pues, según se acaba de decir, no rechaza y anatematiza a una voz
con nosotros todas estas impiísimas doctrinas de la herejía de aquéllos y
todo lo que en favor de ellos o en su definición ha sido escrito por
quienquiera que sea, y a los herejes nombrados, es decir, a Teodoro, Ciro y
Sergio, Pirro y Pablo, como rebeldes que son a la Iglesia Católica, o si a
alguno de los que por ellos o por sus semejantes han sido temerariamente
depuestos o condenados por escrito o sin escrito, de cualquier modo y en
cualquier lugar y tiempo, por no creer en modo alguno como ellos, sino
confesar con nosotros la doctrina de los Santos Padres, lo tiene por
condenado o absolutamente depuesto, y no considera a ese tal, quienquiera
que fuere, obispo, presbítero o diácono, o de cualquier otro orden
eclesiástico, o monje o laico, como pío y ortodoxo y defensor de la Iglesia
Católica y por más consolidado en el orden en que fue llamado por el Señor,
y no piensa por lo contrario que aquéllos son impíos y sus juicios en esto
detestables o sus sentencias vacuas, inválidas y sin fuerza o, más bien,
profanas y execrables o reprobables, ese tal sea condenado.
Can. 19. Si alguno profesando y entendiendo indubitablemente lo que sienten
los criminales herejes, por vacua protervia dice que estas son las doctrinas
de la piedad que desde el principio enseñaron los vigías y ministros de la
palabra, es decir, los cinco santos y universales Concilios, calumniando a
los mismos Santos Padres y a los mentados cinco santos Concilios, para
engañar a los sencillos o para sustentación de su profana perfidia, ese tal
sea condenado.
Can. 20. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, ilícitamente
removiendo en cualquier modo, tiempo o lugar los términos que con más
firmeza pusieron los Santos Padres de la Iglesia Católica [Prov 22, 28], es
decir, los cinco santos y universales Concilios, se dedica a buscar
temerariamente novedades y exposiciones de otra fe, o libros o cartas o
escritos o firmas, o testimonios falsos, o sínodos o actas de monumentos, u
ordenaciones vacuas, desconocidas de la regla eclesiástica, o conservaciones
de lugar inconvenientes e irracionales, o, en una palabra, hace cualquiera
otra cosa de las que acostumbran los impiísimos herejes, tortuosa y
astutamente por operación del diablo en contra de las piadosas, es decir,
paternas y sinodales predicaciones de los ortodoxos de la Iglesia Católica,
para destrucción de la sincerísima confesión del Señor Dios nuestro, y hasta
el fin permanece haciendo esto impíamente, sin penitencia, ese tal sea
condenado por los siglos de los siglos y todo el pueblo diga: Amén, amén
[Ps. 105, 48].
SAN EUGENIO I, 664(655)-657 SAN VITALIANO, 657-672
ADEODATO, 672-676
XI CONClLlO DE TOLEDO, 675
Símbolo de la fe (sobre todo acerca de la Trinidad y de la Encarnación)
[Expositio fidei contra los priscilianistas]
[Sobre la Trinidad.] Confesamos y creemos que la santa e inefable Trinidad,
el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo, es naturalmente un solo Dios de una
sola sustancia, de una naturaleza, de una sola también majestad y virtud. Y
confesamos que el Padre no es engendrado ni creado, sino ingénito. Porque Él
de ninguno trae su origen, y de Él recibió su nacimiento el Hijo y el
Espíritu Santo su procesión. Él es también Padre de su esencia, que de su
inefable sustancia engendró inefablemente al Hijo y, sin embargo, no
engendró otra cosa que lo que Él es (v. 1. el Padre, esencia ciertamente
inefable, engendró inefablemente al Hijo...) Dios a Dios, luz a la luz; de
Él, pues, se deriva toda paternidad en el cielo y en la tierra [Eph. 3, 15].
Confesamos también que el Hijo nació de la sustancia del Padre, sin
principio antes de los siglos, y que, sin embargo, no fue hecho; porque ni
el Padre existió jamás sin el Hijo, ni el Hijo sin el Padre. Y, sin embargo,
no como el Hijo del Padre, así el Padre del Hijo, porque no recibió la
generación el Padre del Hijo, sino el Hijo del Padre. El Hijo, pues, es Dios
procedente del Padre; el Padre, es Dios, pero no procedente del Hijo; es
ciertamente Padre del Hijo, pero no Dios que venga del Hijo; Este, en
cambio, es Hijo del Padre y Dios que procede del Padre. Pero el Hijo es en
todo igual a Dios Padre, porque ni empezó alguna vez a nacer ni tampoco
cesó. Este es creído ser de una sola sustancia con el Padre, por lo que se
le llama o,uooV~rLoS al Padre, es decir, de la misma sustancia que el Padre,
pues 8~1oS en griego significa uno solo y ov~L~ sustancia, y unidos los dos
términos suena "una sola sustancia". Porque ha de creerse que el mismo Hijo
fue engendrado o nació no de la nada ni de ninguna otra sustancia, sino del
seno del Padre, es decir, de su sustancia. Sempiterno, pues, es el Padre,
sempiterno también el Hijo. Y si siempre fue Padre, siempre tuvo Hijo, de
quien fuera Padre; y por esto confesamos que el Hijo nació del Padre sin
principio. Y no, porque el mismo Hijo de Dios haya sido engendrado del
Padre, lo llamamos una porcioncilla de una naturaleza seccionada; sino que
afirmamos que el Padre perfecto engendró un Hijo perfecto sin disminución y
sin corte, porque sólo a la divinidad pertenece no tener un Hijo desigual.
Además, este Hijo de Dios es Hijo por naturaleza y no por adopción, a quien
hay que creer que Dios Padre no lo engendró ni por voluntad ni por
necesidad; porque ni en Dios cabe necesidad alguna, ni la voluntad previene
a la sabiduría. —También creemos que el Espíritu Santo, que es la tercera
persona en la Trinidad, es un solo Dios e igual con Dios Padre e Hijo; no,
sin embargo, engendrado y creado, sino que procediendo de uno y otro, es el
Espíritu de ambos. Además, este Espíritu Santo no creemos sea ingénito ni
engendrado; no sea que si le decimos ingénito, hablemos de dos Padres; y si
engendrado, mostremos predicar a dos Hijos; sin embargo, no se dice que sea
sólo del Padre o sólo del Hijo, sino Espíritu juntamente del Padre y del
Hijo. Porque no procede del Padre al Hijo, o del Hijo procede a la
santificación de la criatura, sino que se muestra proceder a la vez del uno
y del otro; pues se reconoce ser la caridad o santidad de entrambos. Así,
pues, este Espíritu se cree que fue enviado por uno y otro, como el Hijo por
el Padre; pero no es tenido por menor que el Padre o el Hijo, como el Hijo
por razón de la carne asumida atestigua ser menor que el Padre y el Espíritu
Santo.
Esta es la explicación relacionada de la Santa Trinidad, la cual no debe ni
decirse ni creerse triple, sino Trinidad. Tampoco puede decirse rectamente
que en un solo Dios se da la Trinidad, sino que un solo Dios es Trinidad.
Mas en los nombres de relación de las personas, el Padre se refiere al Hijo,
el Hijo al Padre, el Espíritu Santo a uno y a otro; y diciéndose por
relación tres personas, se cree, sin embargo, una sola naturaleza o
sustancia. Ni como predicamos tres personas, así predicamos tres sustancias,
sino una sola sustancia y tres personas. Porque lo que el Padre es, no lo es
con relación a sí, sino al Hijo; y lo que el Hijo es, no lo es con relación
a Sí, sino al Padre; y de modo semejante, el Espíritu Santo no a Sí mismo,
sino al Padre y al Hijo se refiere en su relación: en que se predica
Espíritu del Padre y del Hijo. Igualmente, cuando decimos "Dios", no se dice
con relación a algo, como el Padre al Hijo o el Hijo al Padre o el Espíritu
Santo al Padre y al Hijo, sino que se dice Dios con relación a sí mismo
especialmente. Porque si de cada una de las personas somos interrogados,
forzoso es la confesemos Dios. Así, pues, singularmente se dice Dios Padre,
Dios Hijo y Dios Espíritu Santo; sin embargo, no son tres dioses, sino un
solo Dios. Igualmente, el Padre se dice omnipotente y el Hijo omnipotente y
el Espíritu Santo omnipotente; y, sin embargo, no se predica a tres
omnipotentes, sino a un solo omnipotente, como también a una sola luz y a un
solo principio. Singularmente, pues, cada persona es confesada y creída
plenamente Dios, y las tres personas un solo Dios. Su divinidad única o
indivisa e igual, su majestad o su poder, ni se disminuye en cada uno, ni se
aumenta en los tres; porque ni tiene nada de menos cuando singularmente cada
persona se dice Dios, ni de más cuando las tres personas se enuncian un solo
Dios. Así, pues, esta santa Trinidad, que es un solo y verdadero Dios, ni se
aparta del número ni cabe en el número.
Porque el número se ve en la relación de ]as personas; pero en la sustancia
de la divinidad, no se comprende qué se haya numerado. Luego sólo indican
número en cuanto están relacionadas entre sí; y carecen de número, en cuanto
son para sí. Porque de tal suerte a esta santa Trinidad le conviene un solo
nombre natural, que en tres personas no puede haber plural. Por esto, pues,
creemos que se dijo en las Sagradas Letras: Grande el Señor Dios nuestro y
grande su virtud, y su sabiduría no tiene número [Ps. 146, 5]. Y no porque
hayamos dicho que estas tres personas son un solo Dios, podemos decir que el
mismo es Padre que es Hijo, o que es Hijo el que es Padre, o que sea Padre o
Hijo el que es Espíritu Santo. Porque no es el mismo el Padre que el Hijo,
ni es el mismo el Hijo que el Padre, ni el Espíritu Santo es el mismo que el
Padre o el Hijo, no obstante que el Padre sea lo mismo que el Hijo, lo mismo
el Hijo que el Padre, lo mismo el Padre y el Hijo que el Espíritu Santo, es
decir: un solo Dios por naturaleza. Porque cuando decimos que no es el mismo
Padre que es Hijo, nos referimos a la distinción de personas. En cambio,
cuando decimos que el Padre es lo mismo que el Hijo, el Hijo lo mismo que el
Padre, lo mismo el Espíritu Santo que el Padre y el Hijo, se muestra que
pertenece a la naturaleza o sustancia por la que es Dios, pues por sustancia
son una sola cosa; porque distinguimos las personas, no separamos la
divinidad.
Reconocemos, pues, a la Trinidad en la distinción de personas; profesamos la
unidad por razón de la naturaleza o sustancia. Luego estas tres cosas son
una sola cosa, por naturaleza, claro está, no por persona. Y, sin embargo,
no ha de pensarse que estas tres personas son separables, pues no ha de
creerse que existió u obró nada jamás una antes que otra, una después que
otra, una sin la otra. Porque se halla que son inseparables tanto en lo que
son como en lo que hacen; porque entre el Padre que engendra y el Hijo que
es engendrado y el Espíritu Santo que procede, no creemos que se diera
intervalo alguno de tiempo, por el que el engendrador precediera jamás al
engendrado, o el engendrado faltara al engendrador, o el Espíritu que
procede apareciera posterior al Padre o al Hijo. Por esto, pues, esta
Trinidad es predicada y creída por nosotros como inseparable e inconfusa.
Consiguientemente, estas tres personas son afirmadas, como lo definen
nuestros mayores, para que sean reconocidas, no para que sean separadas.
Porque si atendemos a lo que la Escritura Santa dice de la Sabiduría: Es el
resplandor de la luz eterna [Sap. 7, 26]; como vemos que el resplandor está
inseparablemente unido a la luz, así confesamos que el Hijo no puede
separarse del Padre. Consiguientemente, como no confundimos aquellas tres
personas de una sola e inseparable naturaleza, así tampoco las predicamos en
manera alguna separables. Porque, a la verdad, la Trinidad misma se ha
dignado mostrarnos esto de modo tan evidente, que aun en los nombres por los
que quiso que cada una de las personas fuera particularmente reconocida, no
permite que se entienda la una sin la otra; pues no se conoce al Padre sin
el Hijo ni se halla al Hijo sin el Padre. En efecto, la misma relación del
vocablo de la persona veda que las personas se separen, a las cuales, aun
cuando no las nombra a la vez, a la vez las insinúa. Y nadie puede oír cada
uno de estos nombres, sin que por fuerza tenga que entender también el otro:
Así, pues, siendo estas tres cosas una sola cosa, y una sola, tres; cada
persona, sin embargo, posee su propiedad permanente. Porque el Padre posee
la eternidad sin nacimiento, el Hijo la eternidad con nacimiento, y el
Espíritu Santo la procesión sin nacimiento con eternidad.
[Sobre la Encarnación.] Creemos que, de estas tres personas, sólo la persona
del Hijo, para liberar al género humano, asumió al hombre verdadero, sin
pecado, de la santa e inmaculada María Virgen, de la que fue engendrado por
nuevo orden y por nuevo nacimiento. Por nuevo orden, porque invisible en la
divinidad, se muestra visible en la carne; y por nuevo nacimiento fue
engendrado, porque la intacta virginidad, por una parte, no supo de la unión
viril y, por otra, fecundada por el Espíritu Santo, suministró la materia de
la carne. Este parto de la Virgen, ni por razón se colige, ni por ejemplo se
muestra, porque si por razón se colige, no es admirable; si por ejemplo se
muestra, no es singular.
No ha de creerse, sin embargo, que el Espíritu Santo es Padre del Hijo, por
el hecho de que María concibiera bajo la sombra del mismo Espíritu Santo, no
sea que parezca afirmamos dos padres del Hijo, cosa ciertamente que no es
lícito decir. En esta maravillosa concepción al edificarse a sí misma la
Sabiduría una casa, el Verbo se hizo carne y habitó entre nosotros [Ioh. 1,
19]. Sin embargo, el Verbo mismo no se convirtió y mudó de tal manera en la
carne que dejara de ser Dios el que quiso ser hombre; sino que de tal modo
el Verbo se hizo carne que no sólo esté allí el Verbo de Dios y la carne del
hombre, sino también el alma racional del hombre; y este todo, lo mismo se
dice Dios por razón de Dios, que hombre por razón del hombre. En este Hijo
de Dios creemos que hay dos naturalezas: una de la divinidad, otra de la
humanidad, a las que de tal manera unió en sí la única persona de Cristo,
que ni la divinidad podrá jamás separarse de la humanidad, ni la humanidad
de la divinidad. De ahí que Cristo es perfecto Dios y perfecto hombre en la
unidad de una sola persona. Sin embargo, no porque hayamos dicho dos
naturalezas en el Hijo, defenderemos en Él dos personas, no sea que a la
Trinidad —lo que Dios no permita— parezca sustituir la cuaternidad. Dios
Verbo, en efecto, no tomó la persona del hombre, sino la naturaleza, y en la
eterna persona de la divinidad, tomó la sustancia temporal de la carne.
Igualmente, de una sola sustancia creemos que es el Padre y el Hijo y el
Espíritu Santo; sin embargo, no decimos que María Virgen engendrara la
unidad de esta Trinidad, sino solamente al Hijo que fue el solo que tomó
nuestra naturaleza en la unidad de su persona. También ha de creerse que la
encarnación de este Hijo de Dios fue obra de toda la Trinidad, porque las
obras de la Trinidad son inseparables. Sin embargo, sólo el Hijo tomó la
forma de siervo [Phil. 2, 7] en la singularidad de la persona, no en la
unidad de la naturaleza divina, para aquello que es propio del Hijo, no lo
que es común a la Trinidad; y esta forma se le adaptó a Él para la unidad de
persona, es decir, para que el Hijo de Dios y el Hijo del hombre sea un solo
Cristo. Igualmente el mismo Cristo, en estas dos naturalezas, existe en tres
sustancias: del Verbo, que hay que referir a la esencia de solo Dios, del
cuerpo y del alma, que pertenecen al verdadero hombre.
Tiene, pues, en sí mismo una doble sustancia: la de su divinidad y la de
nuestra humanidad. Éste, sin embargo, en cuanto salió de su Padre sin
comienzo, sólo es nacido, pues no se toma por hecho ni por predestinado;
mas, en cuanto nació de María Virgen, hay que creerlo nacido, hecho y
predestinado. Ambas generaciones, sin embargo, son en Él maravillosas, pues
del Padre fue engendrado sin madre antes de los siglos, y en el fin de los
siglos fue engendrado de la madre sin padre. Y el que en cuanto Dios creó a
María, en cuanto hombre fue creado por María: Él mismo es padre e hijo de su
madre María. Igualmente, en cuanto Dios es igual al Padre; en cuanto hombre
es menor que el Padre.
Igualmente hay que creer que es mayor y menor que sí mismo: porque en la
forma de Dios, el mismo Hijo es también mayor que sí mismo, por razón de la
humanidad asumida, que es menor que la divinidad; y en la forma de siervo es
menor que sí mismo, es decir, en la humanidad, que se toma por menor que la
divinidad. Porque a la manera que por la carne asumida no sólo se toma como
menor al Padre sino también a sí mismo; así por razón de la divinidad es
igual con el Padre, y Él y el Padre son mayores que el hombre, a quien sólo
asumió la persona del Hijo. Igualmente, en la cuestión sobre si podría ser
igual o menor que el Espíritu Santo, al modo como unas veces se cree igual,
otras menor que el Padre, respondemos: Según la forma de Dios, es igual al
Padre y al Espíritu Santo; según la forma de siervo, es menor que el Padre y
que el Espíritu Santo, porque ni el Espíritu Santo ni Dios Padre, sino sola
la persona del Hijo, tomó la carne, por la que se cree menor que las otras
dos personas. Igualmente, este Hijo es creído inseparablemente distinto del
Padre y del Espíritu Santo por razón de su persona; del hombre, empero (v.
l. asumido), por la naturaleza asumida. Igualmente, con el hombre está la
persona; mas con el Padre y el Espíritu Santo, la naturaleza de la divinidad
o sustancia. Sin embargo, hay que creer que el Hijo fue enviado no sólo por
el Padre, sino también por el Espíritu Santo, puesto que Él mismo dice por
el Profeta: Y ahora el Señor me ha enviado, y también su Espíritu [Is. 48,
16]. También se toma como enviado de sí mismo, pues se reconoce que no sólo
la voluntad, sino la operación de toda la Trinidad es inseparable. Porque
éste, que antes de los siglos es llamado unigénito, temporalmente se hizo
primogénito: unigénito por razón de la sustancia de la divinidad;
primogénito por razón de la naturaleza de la carne asumida.
[De la redención.] En esta forma de hombre asumido, concebido sin pecado
según la verdad evangélica, nacido sin pecado, sin pecado es creído que
murió el que solo por nosotros se hizo pecado [2 Cor. 5, 21], es decir,
sacrificio por nuestros pecados. Y, sin embargo, salva la divinidad, padeció
la pasión misma por nuestras culpas y, condenado a muerte y a cruz, sufrió
verdadera muerte de la carne, y también al tercer día, resucitado por su
propia virtud, se levantó del sepulcro.
Ahora bien, por este ejemplo de nuestra cabeza, confesamos que se da la
verdadera resurrección de la carne (v. l.: con verdadera fe confesamos en la
resurrección...) de todos los muertos. Y no creemos, como algunos deliran,
que hemos de resucitar en carne aérea o en otra cualquiera, sino en esta en
que vivimos, subsistimos y nos movemos. Cumplido el ejemplo de esta santa
resurrección, el mismo Señor y Salvador nuestro volvió por su ascensión al
trono paterno, del que por la divinidad nunca se había separado. Sentado
allí a la diestra del Padre, es esperado para el fin de los siglos como juez
de vivos y muertos. De allí vendrá con los santos ángeles, y los hombres,
para celebrar el juicio y dar a cada uno la propia paga debida, según se
hubiere portado, o bien o mal [2 Cor. 5, 10], puesto en su cuerpo. Creemos
que la Santa Iglesia Católica comprada al precio de su sangre, ha de reinar
con Él para siempre. Puestos dentro de su seno, creemos y confesamos que hay
un solo bautismo para la remisión de todos los pecados. Bajo esta fe creemos
verdaderamente la resurrección de los muertos y esperamos los gozos del
siglo venidero. Sólo una cosa hemos de orar y pedir, y es que cuando,
celebrado y terminado el juicio, el Hijo entregue el reino a Dios Padre [1
Cor. 15, 24], nos haga partícipes de su reino, a fin de que por esta fe, por
la que nos adherimos a Él con Él reinemos sin fin. Ésta es la confesión y
exposición de nuestra fe, por la que se destruye la doctrina de todos los
herejes, por la que se limpian los corazones de los fieles, por la que se
sube también gloriosamente a Dios por los siglos de los siglos. Amén.
DONO, 676-678.
SAN AGATON, 678-681
CONCILIO ROMANO, 680
Sobre la unión hipostática
[De la Carta dogmática de Agatón y del Concilio Romano Omnium bonorum spes,
a los emperadores]
En efecto, reconocemos que uno solo y el mismo Señor nuestro Jesucristo,
Hijo de Dios unigénito, subsiste de dos y en dos sustancias, sin confusión,
sin conmutación, sin división e inseparablemente [cf. 148], sin que jamás se
suprimiera la diferencia de las naturalezas por la unión, sino más bien
quedando a salvo la propiedad de una y otra naturaleza y concurriendo en una
sola persona y en una sola subsistencia, no distribuido o diversificado en
la dualidad de personas ni confundido en una sola naturaleza compuesta; sino
que reconocemos, aun después de la unión subsistencial, a uno solo y el
mismo Hijo unigénito, Dios Verbo, nuestro Señor Jesucristo [v. 148] y no uno
en otro, ni uno y otro, sino el mismo en las dos naturalezas, es decir, en
la divinidad y en la humanidad; porque ni el Verbo se mudó en la naturaleza
de la carne, ni la carne se transformó en la naturaleza del Verbo. Uno y
otra permaneció, en efecto, lo que naturalmente era; pues sólo por la
contemplación discernimos la diferencia de las naturalezas unidas en Él,
aquellas de que sin confusión, inseparablemente y sin conmutación está
compuesto; uno solo, efectivamente, resulta de una y otra y por uno solo son
ambas, como quiera que juntamente son tanto la alteza de la divinidad, como
la humildad de la carne. Una y otra naturaleza guarda, en efecto, aun
después de la unión, su propiedad, "y cada forma obra, con comunicación de
la otra, lo que le es propio: El Verbo obra lo que pertenece al Verbo, y la
carne ejecuta lo que toca a la carne. Uno brilla por los milagros; otra
sucumbe a las injurias".
De ahí se sigue que, así como confesamos que tiene verdaderamente dos
naturalezas o sustancias, esto es, la divinidad y la humanidad, sin
confusión, indivisiblemente, sin conmutación, así la regla de la piedad nos
instruye que el solo y mismo Señor Jesucristo [v. 254-274], como perfecto
Dios y perfecto hombre, tiene también dos naturales voluntades y dos
naturales operaciones, pues se demuestra que esto nos ha enseñado la
tradición apostólica y evangélica, y el magisterio de los Santos Padres a
los que reciben la Santa Iglesia Católica y Apostólica y los venerables
Concilios.
III CONCILIO DE CONSTANTINOPLA, 680-681
VI ecuménico (contra los monotelitas)
Definición sobre las dos voluntades en Cristo
El presente santo y universal Concilio recibe fielmente y abraza con los
brazos abiertos la relación del muy santo y muy bienaventurado Papa de la
antigua Roma, Agatón, hecha a Constantino, nuestro piadosísimo y fidelísimo
emperador, en la que expresamente se rechaza a los que predican y enseñan,
como antes se ha dicho, una sola voluntad y una sola operación en la
economía de la encarnación de Cristo, nuestro verdadero Dios [v. 288]. Y
acepta también la otra relación sinodal del sagrado Concilio de ciento
veinte y cinco religiosos obispos, habida bajo el mismo santísimo Papa,
hecha igualmente a la piadosa serenidad del mismo Emperador, como acorde que
está con el santo Concilio de Calcedonia y con el tomo del sacratísimo y
beatísimo Papa de la misma antigua Roma, León, tomo que fue enviado a San
Flaviano [v. 143] y al que llamó el mismo Concilio columna de la ortodoxia.
Acepta además las Cartas conciliares escritas por el bienaventurado Cirilo
contra el impío Nestorio a los obispos de oriente; signe también los cinco
santos Concilios universales y, de acuerdo con ellos, define que confiesa a
nuestro Señor Jesucristo, nuestro verdadero Dios, uno que es de la santa
consustancial Trinidad, principio de la vida, como perfecto en la divinidad
y perfecto el mismo en la humanidad, verdaderamente Dios y verdaderamente
hombre, compuesto de alma racional y de cuerpo; consustancial al Padre según
la divinidad y el mismo consustancial a nosotros según la humanidad, en todo
semejante a nosotros, excepto en el pecado [Hebr. 4, 15]; que antes de los
siglos nació del Padre según la divinidad, y el mismo, en los últimos días,
por nosotros y por nuestra salvación, nació del Espíritu Santo y de María
Virgen, que es propiamente y según verdad madre de Dios, según la humanidad;
reconocido como un solo y mismo Cristo Hijo Señor unigénito en dos
naturalezas, sin confusión, sin conmutación, inseparablemente, sin división,
pues no se suprimió en modo alguno la diferencia de las dos naturalezas por
causa de la unión, sino conservando más bien cada naturaleza su propiedad y
concurriendo en una sola persona y en una sola hipóstasis, no partido o
distribuído en dos personas, sino uno solo y el mismo Hijo unigénito, Verbo
de Dios, Señor Jesucristo, como de antiguo enseñaron sobre Él los profetas,
y el mismo Jesucristo nos lo enseñó de sí mismo y el Símbolo de los Santos
Padres nos lo ha trasmitido [Conc. Calc. v. 148].
Y predicamos igualmente en Él dos voluntades naturales o: quereres y dos
operaciones naturales, sin división, sin conmutación, sin separación, sin
confusión, según la enseñanza de los Santos Padres; y dos voluntades, no
contrarias —¡Dios nos libre!—, como dijeron los impíos herejes, sino que su
voluntad humana sigue a su voluntad divina y omnipotente, sin oponérsele ni
combatirla, antes bien, enteramente sometida a ella. Era, en efecto,
menester que la voluntad de la carne se moviera, pero tenía que estar sujeta
a la voluntad divina del mismo, según el sapientísimo Atanasio. Porque a la
manera que su carne se dice g es carne de Dios Verbo, así la voluntad
natural de su carne se dice y es propia de Dios Verbo, como Él mismo dice:
Porque he bajado del cielo, no para hacer mi voluntad, sino la voluntad del
Padre, que me ha enviado [Ioh, 6, 38], llamando suya la voluntad de la
carne, puesto que la carne fue también suya. Porque a la manera que su carne
animada santísima e inmaculada, no por estar divinizada quedó suprimida,
sino que permaneció en su propio término y razón, así tampoco su voluntad
quedó suprimida por estar divinizada, como dice Gregorio el Teólogo: "Porque
el querer de Él, del Salvador decimos, no es contrario a Dios, como quiera
que todo Él está divinizado".
Glorificamos también dos operaciones naturales sin división, sin
conmutación, sin separación, sin confusión, en el mismo Señor nuestro
Jesucristo, nuestro verdadero Dios, esto es, una operación divina y otra
operación humana, según con toda claridad dice el predicador divino León:
"Obra, en efecto, una y otra forma con comunicación de la otra lo que es
propio de ella: es decir, que el Verbo obra lo que pertenece al Verbo y la
carne ejecuta lo que toca a la carne" [v. 144]. Porque no vamos ciertamente
a admitir una misma operación natural de Dios y de la criatura, para no
levantar lo creado hasta la divina sustancia ni rebajar tampoco la
excelencia de la divina naturaleza al puesto que conviene a las criaturas.
Porque de uno solo y mismo reconocemos que son tanto los milagros como los
sufrimientos, según lo uno y lo otro de las naturalezas de que consta y en
las que tiene el ser, como dijo el admirable Cirilo. Guardando desde luego
la inconfusión y la indivisión, con breve palabra lo anunciamos todo:
Creyendo que es uno de la santa Trinidad, aun después de la encarnación,
nuestro Señor Jesucristo, nuestro verdadero Dios, decimos que sus dos
naturalezas resplandecen en su única hipóstasis, en la que mostró tanto sus
milagros como sus padecimientos, durante toda su vida redentora, no en
apariencia, sino realmente; puesto que en una sola hipóstasis se reconoce la
natural diferencia por querer y obrar, con comunicación de la otra, cada
naturaleza lo suyo propio; y según esta razón, glorificamos también dos
voluntades y operaciones naturales que mutuamente concurren para la
salvación del género humano.
Habiendo, pues, nosotros dispuesto esto en todas sus partes con toda
exactitud y diligencia, determinamos que a nadie sea lícito presentar otra
fe, o escribirla, o componerla, o bien sentir o enseñar de otra manera.
Pero, los que se atrevieren a componer otra fe, o presentarla, o enseñarla,
o bien entregar otro símbolo a los que del helenismo, o del judaísmo, o de
una herejía cualquiera quieren convertirse al conocimiento de la verdad; o
se atrevieren a introducir novedad de expresión o invención de lenguaje para
trastorno de lo que por nosotros ha sido ahora definido; éstos, si son
obispos o clérigos, sean privados los obispos del episcopado y los clérigos
de la clerecía; y si son monjes o laicos, sean anatematizados.
SAN LEON II, 682-683 JUAN V, 685-686 SAN BENEDICTO II, 684-685 CONON,
686-687
SAN SERGIO I, 687-701
XV CONCILlO DE TOLEDO, 688
Protestación sobre la Trinidad y la Encarnación
[Del Liber responsionis o Apología de Juliano, arzobispo de Toledo]
Hallamos que en el Liber responsionis fidei nostrae (Libro de la respuesta
de nuestra fe), que por medio de Pedro regionario enviamos a la Iglesia de
Roma, ya en el primer capítulo le pareció al dicho papa Benedicto que
habíamos procedido incautamente en el pasaje en que, según la divina
esencia, dijimos: "La voluntad engendró a la voluntad, como la sabiduría a
la sabiduría". Y es que aquel varón, en la precipitación de una lectura
incuriosa, estimó que nosotros habíamos puesto estos mismos nombres según un
sentido de relación o según la comparación de la mente humana, y por eso,
por su propia falta de advertencia, le fue mandado que nos avisara,
diciendo: "Por orden natural conocemos que la palabra tiene su origen de la
mente, como la razón y la voluntad, y no pueden convertirse, de modo que se
diga: como la palabra y la voluntad proceden de la mente, así la mente de la
palabra o de la voluntad. Y por esta comparación le ha parecido al Romano
Pontífice que no puede decirse que la voluntad venga de la voluntad." Pero
nosotros no lo dijimos según esta comparación de la mente humana ni según el
sentido de relación, sino según la esencia: "La voluntad de la voluntad,
como la sabiduría de la sabiduría". Porque en Dios el ser es lo mismo que el
querer, y el querer lo mismo que el saber. Lo que, sin embargo, no puede
decirse del hombre. Porque para el hombre, una cosa es lo que es sin el
querer y otra el querer aun sin el saber. Mas en Dios no es así, porque es
naturaleza tan sencilla que en Él lo mismo es el ser que el querer, que el
saber...
Pasemos también a tratar nuevamente el segundo capitulo en que el mismo Papa
pensó que habíamos incautamente dicho profesar tres sustancias en Cristo,
Hijo de Dios. Como nosotros no hemos de avergonzarnos de defender lo que es
verdad, así tal vez algunos se avergüencen de ignorarlo. Porque ¿quién no
sabe que el hombre consta de dos sustancias, la del alma y la del cuerpo?...
Por lo cual, la naturaleza divina y la humana, a ella asociada, lo mismo
pueden llamarse dos que tres sustancias propias...
XVI CONCILIO DE TOLEDO, 693
Profesión de fe sobre la Trinidad
... La expresión "voluntad santa", si bien por la comparación de semejanza
con la Trinidad, por la que ésta se llama memoria, inteligencia y voluntad,
se refiere a la persona del Espíritu Santo; sin embargo, en cuanto se dice
en si, se predica sustancialmente. Porque voluntad es el Padre, voluntad el
Hijo, voluntad el Espíritu; a la manera que Dios es el Padre, Dios es el
Hijo, Dios es el Espíritu Santo; y muchas otras cosas semejantes, que no hay
duda ninguna se dicen según la sustancia por quienes son verdaderos
cultivadores de la fe católica. Y si como es católico decir: Dios de Dios,
llama de llama, luz de luz; así es de recta aserción, de fe verdadera decir
voluntad de voluntad, como sabiduría de sabiduría, esencia de esencia; y
como Dios Padre engendró Dios Hijo, así la voluntad Padre engendró a la
voluntad Hijo. Así, pues, si bien según la esencia el Padre es voluntad, el
Hijo voluntad, el Espíritu Santo voluntad; sin embargo, según el sentido de
relación no ha de creerse uno solo, porque uno es el Padre que se refiere al
Hijo, otro el Hijo que se refiere al Padre, otro el Espíritu Santo, que por
proceder del Padre y del Hijo, se refiere al Padre y al Hijo; otro, pero no
otra cosa; porque los que tienen un solo ser en la naturaleza de la
divinidad, tienen en la distinción de las personas especial propiedad...
JUAN VI, 701-705 SISINIO, 708
JUAN VII, 705-707 CONSTANTINO I, 708-715
SAN GREGORIO II, 715-731
De la forma y ministro del bautismo
[De la Carta Desiderabilem mihi, a San Bonifacio, de 22 de noviembre de 726]
Has confesado que algunos han sido bautizados, sin preguntarles el Símbolo,
por presbíteros adúlteros e indignos. En esto guarde tu caridad la antigua
costumbre de la Iglesia, a saber: que quienquiera ha sido bautizado en el
nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, no es licito en modo
alguno rebautizarlo, pues no percibió el don de esta gracia en nombre del
bautizante, sino en el nombre de la Trinidad. Y manténgase lo que dice el
Apóstol: Un solo Dios, una sola fe, un solo bautismo [Eph. 4, 5]. Pero, te
encarecemos que a los tales les administres con mayor empeño la doctrina
espiritual.
SAN GREGORIO III, 731-741
Sobre el bautismo y la confirmación
[De la Carta Doctoris omnium a San Bonifacio, de 29 de octubre de 739]
Porque aquellos que han sido bautizados por la diversidad y declinación de
las lenguas de la gentilidad; sin embargo, puesto que han sido bautizados en
el nombre de la Trinidad, hay que confirmarlos por la imposición de las
manos y del sacro crisma.
SAN ZACARIAS, 741-752
De la forma y ministro del bautismo
[De la Carta Virgilius et Sedonius a San Bonifacio, de 1.° de julio de 746
(?)]
Nos refirieron, en efecto, que había en la misma provincia un sacerdote que
ignoraba totalmente la lengua latina, y al bautizar sin saber latín,
infringiendo la lengua, decía: "Baptizo te in nomine Patria et Filia et
Spiritus Sancti". Y por eso tu reverenda fraternidad consideró que se debía
rebautizar. Pero si el que bautizó lo dijo al bautizar no introduciendo
error o herejía, sino sólo infringiendo la lengua por ignorancia del latín,
como arriba hemos confesado, no podemos consentir que de nuevo se
rebauticen.
[De la Carta 10 u 11 Sacris liminibus a San Bonifacio, de 1.° de mayo de 748
(?)]
Se sabe que en aquél [Sínodo de los anglos], tal decreto y juicio fue
firmísimamente mandado y diligentemente demostrado: que quienquiera hubiere
sido bañado sin la invocación de la Trinidad, no tiene el sacramento de la
regeneración. Lo que es absolutamente verdadero; pues si alguno hubiere sido
sumergido en la fuente del bautismo sin invocación de la Trinidad, no es
perfecto, si no hubiere sido bautizado en el nombre del Padre y del Hijo y
del Espíritu Santo.
ESTEBAN II, 752 SAN PABLO I, 757-767 SAN ESTEBAN III, 752-757 2 ESTEBAN IV,
768-772
ADRIANO I, 772-795
Del primado del Romano Pontífice
[De la Carta Pastoralibus curis, al patriarca Tarasio, del año 785]
... Aquel pseudo-sínodo, que sin la sede apostólica tuvo lugar... contra la
tradición de los muy Venerados Padres, para condenar las sagradas imágenes,
sea anatematizado en presencia de nuestros apocrisiarios... y cúmplase la
palabra de nuestro Señor Jesucristo: Las puertas del infierno no
prevalecerán contra ella [Mt. 16, 18]; y también: Tú eres Pedro... [Mt. 16,
18-19]; la Sede de Pedro brilló con la primacía sobre toda la tierra y ella
es la cabeza de todas las Iglesias de Dios.
De los errores de los adopcianos
[De la Carta Institutio universalis, a los obispos de España, del año 785
... Por cierto que de vuestras tierras ha llegado a Nos una lúgubre noticia
y es que algunos obispos que ahí moran, a saber, Elipando y Ascárico con
otros que los siguen, no se avergüenzan de confesar como adoptivo al Hijo de
Dios, blasfemia que jamás ningún hereje se atrevió a proferir en sus
ladridos, si no fue aquel pérfido Nestorio que confesó por puro hombre al
Hijo de Dios...
Sobre la predestinación y diversos abusos de los españoles
[De la misma Carta a los obispos de España]
Acerca de lo que algunos de ellos dicen que la predestinación a la vida o a
la muerte está en el poder de Dios y no en el nuestro, éstos replican: "¿A
qué esforzarnos en vivir, si ello está en el poder de Dios?"; y los otros, a
su vez: "¿Por qué rogar a Dios que no seamos vencidos en la tentación, si
ello está en nuestro poder, como por la libertad del albedrío?". Porque, en
realidad, ninguna razón son capaces de dar ni de recibir, ignorando la
sentencia del bienaventurado Fulgencio... [contra cierto pelagiano]:
"Luego Dios preparó las obras de misericordia y de justicia en la eternidad
de su inconmutabilidad... preparó, pues los merecimientos para los hombres
que habían de ser justificados; preparó también los premios para la
glorificación de los mismos; pero a los malos, no les preparó voluntades
malas u obras malas, sino que les preparó justos y eternos suplicios. Esta
es la eterna predestinación de las futuras obras de Dios y como sabemos que
nos fue siempre inculcada por la doctrina apostólica, así también
confiadamente la predicamos...".
He aquí, carísimos, los diversos capítulos de lo que hemos oído de esas
partes: que muchos que dicen ser católicos, llevando vida común con los
judíos y paganos no bautizados, tanto en comidas y bebidas como en diversos
errores, en nada dicen que se manchan; y la prohibición de que nadie lleve
el yugo con los infieles, pues ellos bendecirán sus hijas con otro y así
serán entregadas al pueblo infiel; y que los antedichos presbíteros son
ordenados sin examen para presidir al pueblo; y todavía ha prevalecido otro
enorme error pernicioso y es que esos pseudosacerdotes, aun viviendo el
varón, toman las mujeres en connubio, juntamente con lo de la libertad del
albedrío y otras muchas cosas que de esas partes hemos oído y que fuera
largo enumerar...
II CONCILIO DE NICEA, 787
VII ecuménico (contra los iconoclastas)
Definición sobre las sagradas imágenes y la tradición
SESION VII
[I. Definición.] ...Entrando, como si dijéramos, por el camino real,
siguiendo la enseñanza divinamente inspirada de nuestros Santos Padres, y la
tradición de la Iglesia Católica —pues reconocemos que ella pertenece al
Espíritu Santo, que en ella habita—, definimos con toda exactitud y cuidado
que de modo semejante a la imagen de la preciosa y vivificante cruz han de
exponerse las sagradas y santas imágenes, tanto las pintadas como las de
mosaico y de otra materia conveniente, en las santas iglesias de Dios, en
los sagrados vasos y ornamentos, en las paredes y cuadros, en las casas y
caminos, las de nuestro Señor y Dios y Salvador Jesucristo, de la Inmaculada
Señora nuestra la santa Madre de Dios, de los preciosos ángeles y de todos
los varones santos y venerables. Porque cuanto con más frecuencia son
contemplados por medio de su representación en la imagen, tanto más se
mueven los que éstas miran al recuerdo y deseo de los originales y a
tributarles el saludo y adoración de honor, no ciertamente la latría
verdadera que según nuestra fe sólo conviene a la naturaleza divina; sino
que como se hace con la figura de la preciosa y vivificante cruz, con los
evangelios y con los demás objetos sagrados de culto, se las honre con la
ofrenda de incienso y de luces, como fue piadosa costumbre de los antiguos.
"Porque el honor de la imagen, se dirige al original", y el que adora una
imagen, adora a la persona en ella representada.
[II. Prueba.] Porque de esta manera se mantiene la enseñanza de nuestros
santos Padres, o sea, la tradición de la Iglesia Católica, que ha recibido
el Evangelio de un confín a otro de la tierra; de esta manera seguimos a
Pablo, que habló en Cristo [2 Cor. 2,17], y al divino colegio de los
Apóstoles y a la santidad de los Padres, manteniendo las tradiciones [2
Thess. 2, 14] que hemos recibido; de esta manera cantamos proféticamente a
la Iglesia los himnos de victoria: Alégrate sobremanera, hija de Sión; da
pregones, hija de Jerusalén; recréate y regocíjate de todo tu corazón: El
Señor ha quitado de alrededor de ti todas las iniquidades de sus contrarios;
redimida estás de manos de tus enemigos. El señor rey en medio de ti: no
verás ya más males, y la paz sobre ti por tiempo perpetuo [Soph. 3, 14 s;
LXX].
[III. Sanción.] Así, pues, quienes se atrevan a pensar o enseñar de otra
manera; o bien a desechar, siguiendo a los sacrílegos herejes, las
tradiciones de la Iglesia, e inventar novedades, o rechazar alguna de las
cosas consagradas a la Iglesia: el Evangelio, o la figura de la cruz, o la
pintura de una imagen, o una santa reliquia de un mártir; o bien a excogitar
torcida y astutamente con miras a trastornar algo de las legitimas
tradiciones de la Iglesia Católica; a emplear, además, en usos profanos los
sagrados vasos o los santos monasterios; si son obispos o clérigos,
ordenamos que sean depuestos; si monjes o laicos, que sean separados de la
comunión.
De las sagradas elecciones
SESION VIII
Toda elección de un obispo, presbítero o diácono hecha por los principes,
quede anulada, según el canon [Can. apost. 30] que dice: "Si algún obispo,
valiéndose de los príncipes seculares, se apodera por su medio de la
Iglesia, sea depuesto y excomulgado, y lo mismo todos los que comunican con
él. Porque es necesario que quien haya de ser elevado al episcopado, sea
elegido por los obispos, como fue determinado por los Santos Padres de Nicea
en el canon que dice [Can. 4]: "Conviene sobremanera que el obispo sea
establecido por todos los obispos de la provincia. Mas si esto fuera
difícil, ora por la apremiante necesidad o por lo largo del camino, reúnanse
necesariamente tres y todos los ausentes den su aquiescencia por medio de
cartas y entonces se le impongan las manos; mas la validez de todo lo hecho
ha de atribuirse en cada provincia al metropolitano".
De las imágenes, de la humanidad de Cristo, de la tradición
Nosotros recibimos las sagradas imágenes; nosotros sometemos al anatema a
los que no piensan así...
Si alguno no confiesa a Cristo nuestro Dios circunscrito según la humanidad,
sea anatema...
Si alguno rechaza toda tradición eclesiástica, escrita o no escrita, sea
anatema.
De los errores de los adopcianos
[De la Carta de Adriano Si tamen licet a los obispos de las Galias y de
España, 793]
Reunida con falsos argumentos la materia de la causal perfidia, entre otras
cosas dignas de reprobarse, acerca de la adopción de Jesucristo Hijo de Dios
según la carne, leíanse allí montones de pérfidas palabras de pluma
descompuesta. Esto jamás lo creyó la Iglesia Católica, jamás lo enseñó,
jamás a los que malamente lo creyeron, les dio asenso...
Impíos e ingratos a tantos beneficios, no os horrorizáis de murmurar con
venenosas fauces que nuestro Libertador es hijo adoptivo, como si fuera un
puro hombre, sujeto a la humana miseria, y, lo que da vergüenza decir, que
es siervo... ¿Cómo no teméis, quejumbrosos detractores, odiosos a Dios,
llamar siervo a Aquel que os liberó de la esclavitud del demonio?... Porque
si bien en la sombra de la profecía fue llamado siervo [cf. Iob 1, 8 ss],
por la condición de la forma servil que tomó de la Virgen,... esto
nosotros... lo entendemos como dicho, según la historia, del santo Job, y
alegóricamente, de Cristo...
CONCILlO DE FRANCFORT, 794
Sobre Cristo, Hijo de Dios, natural, no adoptivo
[De la Carta sinodal de los obispos de Francia a los españoles]
... Hallamos, efectivamente, escrito al comienzo de vuestro memorial lo que
vosotros pusisteis: "Confesamos y creemos que Dios Hijo de Dios fue
engendrado del Padre antes de todos los tiempos sin comienzo, coeterno y
consustancial, no por adopción, sino por su origen." Igualmente, poco
después, se leía en el mismo lugar: "Confesamos y creemos que, hecho de
mujer, hecho bajo la ley [Gal. 4, 4], no es hijo de Dios por su origen, sino
por adopción, no por naturaleza, sino por gracia". He aquí la serpiente
escondida bajo los árboles frutales del paraíso, a fin de engañar a los
incautos...
Lo que también añadisteis en lo siguiente [v. 295], no lo hallamos dicho en
el Símbolo de Nicea, que en Cristo hay dos naturalezas y tres sustancias
[cf. 295] y que es "hombre deificado y Dios humanado". ¿Qué es la naturaleza
del hombre, sino su alma y su cuerpo? ¿O qué diferencia hay entre naturaleza
y sustancia, para que tengamos que decir tres sustancias y no, más
sencillamente, como dijeron los Santos Padres, confesar a Nuestro Señor
Jesucristo Dios verdadero y hombre verdadero en una sola persona?
Permaneció, empero, la persona del Hijo en la Santa Trinidad y a esta
persona se unió la naturaleza humana, para ser una sola persona, Dios y
hombre, no un hombre deificado y un Dios humanado, sino Dios hombre y hombre
Dios: por la unidad de la persona, un solo Hijo de Dios, y el mismo, Hijo
del hombre, perfecto Dios, perfecto hombre... La costumbre de la Iglesia
suele hablar de dos sustancias en Cristo, a saber, la de Dios y la de]
hombre...
Si, pues, es Dios verdadero el que nació de la Virgen, ¿cómo puede entonces
ser adoptivo o siervo? Porque a Dios, no os atrevéis en modo alguno a
confesarle por siervo o adoptivo; y si el profeta le ha llamado siervo, no
es, sin embargo, por condición de servidumbre, sino por obediencia de
humildad, por la que se hizo obediente al Padre hasta la muerte [Phil. 2,
8].
[Del Capitular]
(1) ...En el principio de los capítulos se empieza por la impía y nefanda
herejía de Elipando, obispo de la sede de Toledo y de Félix, de la de Urgel,
y de sus secuaces, los cuales afirmaban, sintiendo mal, la adopción en el
Hijo de Dios; la que todos los Santísimos Padres sobredichos rechazaron y
contradijeron, y estatuyeron que esta herejía fuera arrancada de raíz.
SAN LEON III, 795-816
CONClLlO DE FRIUL, 796
De Cristo, Hijo de Dios, natural, no adoptivo
[Del Símbolo de la fe]
El nacimiento humano y temporal no fue óbice al divino o intemporal, sino
que en la sola persona de Jesucristo se da el verdadero Hijo de Dios y el
verdadero hijo del hombre. No uno, hijo del hombre, y otro, Hijo de Dios...
No Hijo putativo de Dios, sino verdadero; no adoptivo, sino propio; porque
nunca fue ajeno al Padre por motivo del hombre a quien asumió. Y por tanto,
en una y otra naturaleza, le confesamos por Hijo de Dios, propio y no
adoptivo, pues sin confusión ni separación, uno solo y mismo es Hijo de Dios
y del hombre, natural a la madre según la humanidad, propio del Padre en lo
uno y lo otro.
ESTEBAN V, 816-817 VALENTIN, 827
SAN PASCUAL I, 817-824 GREGORIO IV, 828-844
EUGENIO II, 824-827 SERGIO II, 844-847
SAN LEON IV, 847-855
CONCILIO DE PAVIA, 850
Del sacramento de la extremaunción
(8) También aquel saludable sacramento que recomienda el Apóstol Santiago
diciendo: Si alguno está enfermo... se le perdonará [Iac. 5, 14 S], hay que
darlo a conocer a los pueblos con cuidadosa predicación: grande a la verdad
y muy apetecible misterio, por el que, si fielmente se pide, se perdonan los
pecados y, consiguientemente, se restituye la salud corporal... Hay que
saber, sin embargo, que si el que está enfermo, está sujeto a pública
penitencia, no puede conseguir la medicina de este misterio, a no ser que,
obtenida primero la reconciliación, mereciere la comunión del cuerpo y de la
sangre de Cristo. Porque a quien le están prohibidos los restantes
sacramentos, en modo alguno se le permite usar de éste.
CONCILIO DE QUIERSY, 853
(Contra Gottschalk y los predestinacianos)
De la redención y la gracia
Cap. 1. Dios omnipotente creó recto al hombre, sin pecado, con libre
albedrío y lo puso en el paraíso, y quiso que permaneciera en la santidad de
la justicia. El hombre, usando mal de su libre albedrío, pecó y cayó, y se
convirtió en "masa de perdición" de todo el género humano. Pero Dios, bueno
y justo, eligió, según su presciencia, de la misma masa de perdición a los
que por su gracia predestinó a la vida [Rom. 8, 29 ss; Eph. 1, 11] y
predestinó para ellos la vida eterna; a los demás, empero, que por juicio de
justicia dejó en la masa de perdición, supo por su presciencia que habían de
perecer, pero no los predestinó a que perecieran; pero, por ser justo, les
predestinó una pena eterna. Y por eso decimos que sólo hay una
predestinación de Dios, que pertenece o al don de la gracia o a la
retribución de la justicia.
Cap. 2. La libertad del albedrío, la perdimos en el primer hombre, y la
recuperamos por Cristo Señor nuestro, y tenemos libre albedrío para el bien,
prevenido y ayudado de la gracia; y tenemos libre albedrío para el mal,
abandonado de la gracia. Pero tenemos libre albedrío, porque fue liberado
por la gracia, y por la gracia fue sanado de la corrupción.
Cap. 3. Dios omnipotente quiere que todos los hombres sin excepción se
salven [1 Tim. 2, 4], aunque no todos se salvan. Ahora bien, que algunos se
salven, es don del que salva; pero que algunos se pierdan, es merecimiento
de los que se pierden.
Cap. 4. Como no hay, hubo o habrá hombre alguno cuya naturaleza no fuera
asumida en él; así no hay, hubo o habrá hombre alguno por quien no haya
padecido Cristo Jesús Señor nuestro, aunque no todos sean redimidos por el
misterio de su pasión. Ahora bien, que no todos sean redimidos por el
misterio de su pasión, no mira a la magnitud y copiosidad del precio, sino a
la parte de los infieles y de los que no creen con aquella fe que obra por
la caridad [Gal. 5, 6]; porque la bebida de la humana salud, que está
compuesta de nuestra flaqueza y de la virtud divina, tiene, ciertamente, en
sí misma, virtud para aprovechar a todos, pero si no se bebe, no cura.
III CONCILIO DE VALENCE, 855
(Contra Juan Escoto)
Sobre la predestinación
Can. 1. Puesto que al que fue doctor de las naciones en la fe y en la verdad
fiel y obedientemente oímos cuando nos avisa: Oh, Timoteo, guarda el
depósito, evitando las profanas novedades de palabras y las oposiciones de
la falsa ciencia, la que prometen algunos, extraviándose en la fe [1 Tim. 6,
20 s]; y otra vez: Evita la profana y vana palabrería; pues mucho aprovechan
para la impiedad, y su lengua se infiltra como una serpiente [2 Tim 2, 16
s]; y nuevamente: evita las cuestiones necias y sin disciplina, sabiendo que
engendran pleitos; mas el siervo del Señor no tiene que ser pleiteador [Tim.
2, 23 s]; y otra vez: Nada por espíritu de contienda ni por vana gloria
[Phil. 2, 8]: deseando fomentar, en cuanto el Señor nos lo diere, la paz y
la caridad, atendiendo al piadoso consejo del mismo Apóstol: Solícitos en
conservar la unidad del Espíritu en el vínculo de la paz [Eph. 4, 8];
evitamos con todo empeño las novedades de las palabras y las presuntuosas
charlatanerías por las que más bien puede fomentarse entre los hermanos las
contiendas y los escándalos que no crecer edificación alguna de temor de
Dios. En cambio, sin vacilación alguna prestamos reverentemente oído y
sometemos obedientemente nuestro entendimiento a los doctores que piadosa y
rectamente trataron las palabras de la piedad y que juntamente fueron
expositores luminosísimos de la Sagrada Escritura, esto es, a Cipriano,
Hilario, Ambrosio, Jerónimo, Agustín y a los demás que descansan en la
piedad católica, y abrazamos según nuestras fuerzas lo que para nuestra
salvación escribieron. Porque sobre la presciencia de Dios y sobre la
predestinación y las otras cuestiones que se ve han escandalizado no poco
los espíritus de los hermanos, creemos que sólo ha de tenerse con toda
firmeza lo que nos gozamos de haber sacado de las maternas entrañas de la
Iglesia.
Can. 2. Fielmente mantenemos que "Dios sabe de antemano y eternamente supo
tanto los bienes que los buenos habían de hacer como los males que los malos
hablan de cometer", pues tenemos la palabra de la Escritura que dice: Dios
eterno, que eres conocedor de lo escondido y todo lo sabes antes de que
suceda [Dan. 13, 42]; y nos place mantener que "supo absolutamente de
antemano que los buenos habían de ser buenos por su gracia y que por la
misma gracia habían de recibir los premios eternos; y previó que los malos
habían de ser malos por su propia malicia y había de condenarlos con eterno
castigo por su justicia", como según el Salmista: Porque de Dios es el poder
y del Señor la misericordia para dar a cada uno según sus obras [Ps. 61, 12
s], y como enseña la doctrina del Apóstol: Vida eterna a aquellos que según
la paciencia de la buena obra, buscan la gloria, el honor y la incorrupción;
ira e indignación a los que son, empero, de espíritu de contienda y no
aceptan la verdad, sino que creen la iniquidad; tribulación y angustia sobre
toda alma de hombre que obra el mal [Rom. 2, 7 ss]. Y en el mismo sentido en
otro lugar: En la revelación —dice—de nuestro Señor Jesucristo desde el
cielo con los ángeles de su poder, en el fuego de llama que tomará venganza
de los que no conocen a Dios ni obedecen al Evangelio de nuestro Señor
Jesucristo, que sufrirán penas eternas para su ruina... cuando viniere a ser
glorificado en sus Santos y mostrarse admirable en todos los que creyeron [2
Thess. 1, 7 ss]. Ni ha de creerse que la presciencia de Dios impusiera en
absoluto a ningún malo la necesidad de que no pudiera ser otra cosa, sino
que él había de ser por su propia voluntad lo que Dios, que lo sabe todo
antes de que suceda, previó por su omnipotente e inconmutable majestad. "Y
no creemos que nadie sea condenado por juicio previo, sino por merecimiento
de su propia iniquidad", "ni que los mismos malos se perdieron porque no
pudieron ser buenos, sino porque no quisieron ser buenos y por su culpa
permanecieron en la masa de condenación por la culpa original o también por
la actual".
Can 3. Mas también sobre la predestinación de Dios plugo y fielmente place,
según la autoridad apostólica que dice: ¿Es que no tiene poder el alfarero
del barro para hacer de la misma masa un vaso para honor y otro para
ignominia? [Rom. 9, 21], pasaje en que añade inmediatamente: Y si queriendo
Dios manifestar su ira y dar a conocer su poder soportó con mucha paciencia
los vasos de ira adaptados o preparados para la ruina, para manifestar las
riquezas de su gracia sobre los vasos de misericordia que preparó para la
gloria [Rom. 9, 22 s]: confiadamente confesamos la predestinación de los
elegidos para la vida, y la predestinación de los impíos para la muerte; sin
embargo, en la elección de los que han de salvarse, la misericordia de Dios
precede al buen merecimiento; en la condenación, empero, de los que han de
perecer, el merecimiento malo precede al justo juicio de Dios. "Mas por la
predestinación, Dios sólo estableció lo que Él mismo había de hacer o por
gratuita misericordia o por justo juicio", según la Escritura que dice: El
que hizo cuanto había de ser [Is. 45, 11; LXX]; en los malos, empero, supo
de antemano su malicia, porque de ellos viene, pero no la predestinó, porque
no viene de Él. La pena que sigue al mal merecimiento, como Dios que todo lo
prevé, ésa si la supo y predestinó, porque justo es Aquel en quien, como
dice San Agustín, tan fija está la sentencia sobre todas las cosas, como
cierta su presciencia. Aquí viene bien ciertamente el dicho del sabio:
Preparados están para los petulantes los juicios y los martillos que golpean
a los cuerpos de los necios [Prov. 19, 29]. Sobre esta inmovilidad de la
presciencia de la predestinación de Dios, por la que en Él lo futuro ya es
un hecho, también se entiende bien lo que se dice en el Eclesiastés: Conocí
que todas las obras que hizo Dios perseveran para siempre. No podemos añadir
ni quitar a lo que hizo Dios para ser temido [Eccl. 3, 14]. Pero que hayan
sido algunos predestinados al mal por el poder divino, es decir, como si no
pudieran ser otra cosa, no sólo no lo creemos, sino que si hay algunos que
quieran creer tamaño mal, contra ellos, como el Sínodo de Orange, decimos
anatema con toda detestación [v. 200].
Can. 4. Igualmente sobre la redención por la sangre de Cristo, en razón del
excesivo error que acerca de esta materia ha surgido, hasta el punto de que
algunos, como sus escritos lo indican, definen haber sido derramada aun por
aquellos impíos que desde el principio del mundo hasta la pasión del Señor
han muerto en su impiedad y han sido castigados con condenación eterna,
contra el dicho del profeta: Seré muerte tuya, oh muerte; tu mordedura seré,
oh infierno [Os. 13, 14]; nos place que debe sencilla y fielmente mantenerse
y enseñarse, según la verdad evangélica y apostólica, que por aquéllos fue
dado este precio, de quienes nuestro Señor mismo dice: Como Moisés levantó
la serpiente en el desierto, así es menester que sea levantado el Hijo del
Hombre, a fin de que todo el que crea en Él, no perezca, sino que tenga la
vida eterna. Porque de tal manera amó Dios al mundo, que le dio a su Hijo
unigénito, a fin de que todo el que crea en Él, no perezca, sino que tenga
vida eterna [Ioh, 3, 14 ss]; y el Apóstol: Cristo —dice— se ha ofrecido una
sola vez para cargar con los pecados de muchos [Hebr. 9, 28]. Ahora bien,
los capítulos [cuatro, que un Concilio de hermanos nuestros aceptó con menos
consideración, por su inutilidad, o, más bien, perjudicialidad, o por su
error contrario a la verdad, y otros también] concluídos muy ineptamente por
XIX silogismos y que, por más que se jacten, no brillan por ciencia secular
alguna, en los que se ve más bien una invención del diablo que no argumento
alguno de la fe, los rechazamos completamente del piadoso oído de los fieles
y con autoridad del Espíritu Santo mandamos que se eviten de todo punto
tales y semejantes doctrinas; también determinamos que los introductores de
novedades, han de ser amonestados, a fin de que no sean heridos con más
rigor.
Can. 5. Igualmente creemos ha de mantenerse firmísimamente que toda la
muchedumbre de los fieles, regenerada por el agua y el Espíritu Santo [Ioh.
3, 5] y por esto incorporada verdaderamente a la Iglesia y, conforme a la
doctrina evangélica, bautizada en la muerte de Cristo [Rom. 6, 3], fue
lavada de sus pecados en la sangre del mismo; porque tampoco en ellos
hubiera podido haber verdadera regeneración, si no hubiera también verdadera
redención, como quiera que en los sacramentos de la Iglesia, no hay nada
vano, nada que sea cosa de juego, sino que todo es absolutamente verdadero y
estriba en su misma verdad y sinceridad. Mas de la misma muchedumbre de los
fieles y redimidos, unos se salvan con eterna salvación, pues por la gracia
de Dios permanecen fielmente en su redención, llevando en el corazón la
palabra de su Señor mismo: El que perseverare hasta el fin, ése se salvara
[Mt. 10, 22; 24, 18]; otros, por no querer permanecer en la salud de la fe
que al principio recibieron, y preferir anular por su mala doctrina o vida
la gracia de la redención que no guardarla, no llegan en modo alguno a la
plenitud de la salud y a la percepción de la bienaventuranza eterna. A la
verdad, en uno y otro punto tenemos la doctrina del piadoso Doctor: Cuantos
hemos sido bautizados en Cristo Jesús, en su muerte hemos sido bautizados
[Rom. 6, 8]; y: Todos los que en Cristo habéis sido bautizados, a Cristo os
vestisteis [Gal. 3, 27]; y otra vez: Acerquémonos con corazón verdadero en
plenitud de fe, lavados por aspersión nuestros corazones de toda conciencia
mala y bañado nuestro cuerpo con agua limpia, mantengamos indeclinable la
confesión de nuestra esperanza [Hebr. 10, 22 s]; y otra vez: Si,
voluntariamente... pecamos después de recibida noticia de la verdad, ya no
nos queda victima por nuestros pecados [Hebr. 10, 26]; y otra vez: El que
hace nula la ley de Moisés, sin compasión ninguna muere ante la deposición
de dos o tres testigos. ¿Cuánto más pensáis merece peores suplicios el que
conculcare al Hijo de Dios y profanare la sangre del Testamento, en que fue
santificado, e hiciere injuria al Espíritu de la gracia? [Hebr. 10, 28 s].
Can. 6. Igualmente sobre la gracia, por la que se salvan los creyente y sin
la cual la criatura racional jamás vivió bienaventuradamente; y sobre el
libre albedrío, debiIitado por el pecado en el primer hombre, pero
reintegrado y sanado por la gracia del Señor Jesús en sus fieles,
confesarnos con toda constancia y fe plena lo mismo que, para que lo
mantuviéramos, nos dejaron los Santísimos Padres por autoridad de las
Sagradas Escrituras, lo que profesaron los Concilios del Africa [101 s] y de
Orange [174 ss], lo mismo que con fe católica mantuvieron los beatísimos
Pontífices de la Sede Apostólica [129 ss (?)]; y tampoco presumimos
inclinarnos a otro lado en las cuestiones sobre la naturaleza y la gracia.
En cambio, de todo en todo rechazamos las ineptas cuestioncillas y los
cuentos poco menos que de viejas [1 Tim. 4, 7] y los guisados de los escoces
que causan náuseas a la pureza de la fe, todo lo cual ha venido a ser el
colmo de nuestros trabajos en unos tiempos peligrosísimos y gravísimos,
creciendo tan miserable como lamentablemente hasta la escisión de la
caridad; y las rechazamos plenamente a fin de que no se corrompan por ahí
las almas cristianas y caigan de ¿a sencillez y pureza de la fe que es en
Cristo Jesús [2 Cor. 11, 3]; y por amor de Cristo Señor avisamos que la
caridad de los hermanos castigue su oído evitando tales doctrinas. Recuerde
la fraternidad que se ve agobiada por los males gravísimos del mundo, que
está durísimamente sofocada por la excesiva cosecha de inicuos y por la paja
de los hombres ligeros. Ejerza su fervor en vencer estas cosas, trabaje en
corregirlas y no cargue con otras superfluas la congregación de los que
piadosamente lloran y gimen; antes bien, con cierta y verdadera fe, abrace
lo que acerca de estas y semejantes cuestiones ha sido suficientemente
tratado por los Santos Padres...
BENEDICTO III, 855-868
SAN NICOLAS I, 858-867
CONCILIOS ROMANOS DE 860 y 863
Del primado, de la pasión de Cristo y del bautismo
Cap. 5. Si alguno despreciare los dogmas, los mandatos, los entredichos, las
sanciones o decretos que el presidente de la Sede Apostólica ha promulgado
saludablemente en pro de la fe católica, para la disciplina eclesiástica,
para la corrección de los fieles, para castigo de los criminales o
prevención de males o inminentes o futuros, sea anatema.
Cap. 7. Hay que creer verdaderamente y confesar por todos los modos que
nuestro Señor Jesucristo, Dios e Hijo de Dios, sólo sufrió la pasión de la
cruz según la carne, pero según la divinidad permaneció impasible, como lo
enseña la autoridad apostólica, y con toda claridad lo demuestra la doctrina
de los Santos Padres.
Cap. 8. Mas aquellos que dicen que Jesucristo redentor nuestro e Hijo de
Dios sufrió la pasión de la cruz según la divinidad, por ser ello impío y
execrable para las mentes católicas, sean anatema.
Cap. 9. Todos aquellos que dicen que los que creyendo en el Padre y en el
Hijo y en el Espíritu Santo renacen en la fuente del sacrosanto bautismo, no
quedan igualmente lavados del pecado original, sean anatema.
De la Inmunidad e independencia de la lglesia
[De la Carta 8 Proposueramus quidem, al emperador Miguel, del año 865]
...El juez no será juzgado ni por el Augusto, ni por todo el clero, ni por
los reyes, ni por el pueblo... "La primera Sede no será juzgada por
nadie..." [v. 352 ss].
...¿Dónde habéis leído que los emperadores antecesores vuestros
intervinieran en las reuniones sinodales, si no es acaso en aquellas en que
se trató de la fe, que es universal, que es común a todos, que atañe no sólo
a los clérigos, sino también a los laicos y absolutamente a todos los
cristianos?... Cuanto una querella tiende hacia el juicio de una autoridad
más importante, tanto ha de ir aún subiendo hacia más alta cumbre hasta
llegar gradualmente a aquella Sede cuya causa o por sí misma se muda en
mejor por exigirlo los méritos de los negocios o se reserva sin apelación al
solo arbitrio de Dios.
Ahora bien, si a nosotros no nos oís, sólo resta que necesariamente seáis
para nosotros cuales nuestro Señor Jesucristo mandó que fueran tenidos los
que se niegan a oír a la Iglesia de Dios, sobre todo cuando los privilegios
de la Iglesia Romana, afirmados por la boca de Cristo en el bienaventurado
Pedro, dispuestos en la Iglesia misma, de antiguo observados, por los santos
Concilios universales celebrados y constantemente venerados por toda la
Iglesia, en modo alguno pueden disminuirse, en modo alguno infringirse, en
modo alguno conmutarse, puesto que el fundamento que Dios puso, no puede
removerlo conato alguno humano y lo que Dios asienta, firme y fuerte se
mantiene... Así, pues, estos privilegios fueron por Cristo dados a esta
Santa Iglesia, no por los Sínodos, que solamente los celebraron y
veneraron...
Puesto que, según los Cánones, el juicio de los inferiores ha de llevarse
donde haya mayor autoridad, para anularlo, naturalmente o para confirmarlo;
es evidente que, no teniendo la Sede Apostólica autoridad mayor sobre sí
misma, su juicio no puede ser sometido a ulterior discusión y que a nadie es
lícito juzgar del juicio de ella. A la verdad, los Cánones quieren que de
cualquier parte del mundo se apele a ella; pero a nadie está permitido
apelar de ella...
No negamos que la sentencia de la misma Sede no pueda mejorarse, sea que se
le hubiere maliciosamente ocultado algo, sea que ella misma, en atención a
las edades o tiempos o a graves necesidades, hubiere decretado ordenar algo
de modo transitorio... A vosotros, empero, os rogamos, no causéis perjuicio
alguno a la Iglesia de Dios, pues ella ningún perjuicio infiere a vuestro
Imperio, antes bien ruega a la Eterna Divinidad por la estabilidad del mismo
y con constante devoción suplica por vuestra incolumidad y perpetua salud.
No usurpéis lo que es suyo; no le arrebatéis lo que a ella sola le ha sido
encomendado, sabiendo, claro está, que tan alejado debe estar de las cosas
sagradas un administrador de las cosas mundanas, como de inmiscuirse en los
negocios seculares cualquiera que está en el catálogo de los clérigos o los
que profesan la milicia de Dios. En fin, de todo punto ignoramos cómo
aquellos a quienes sólo se les ha permitido estar al frente de las cosas
humanas, y no de las divinas, osan juzgar de aquellos por quienes se
administran las divinas. Sucedió antes del advenimiento de Cristo que
algunos típicamente fueron a la vez reyes y sacerdotes, como por la historia
sagrada consta que lo fue el santo Melquisedec y como, imitándolo el diablo
en sus miembros, como quien trata siempre de vindicar para sí con espíritu
tiránico lo que al culto divino conviene, los emperadores paganos se
llamaron también pontífices máximos. Mas cuando se llegó al que es
verdaderamente Rey y Pontífice, ya ni el emperador arrebató para sí los
derechos del pontificado, ni el pontífice usurpó el nombre de emperador.
Puesto que el mismo mediador de Dios y de los hombres, el hombre Cristo
Jesús [1 Tim. 2, 5], de tal manera, por los actos que les son propios y por
sus dignidades distintas, distinguió los deberes de una y otra potestad,
queriendo que se levanten hacia lo alto por la propia medicinal humildad y
no que por humana soberbia se hunda nuevamente en el infierno, que, por un
lado, dispuso que los emperadores cristianos necesitaran de los pontífices
para la vida eterna, y por otro los pontífices usaran de las leves
imperiales sólo para el curso de las cosas temporales, en cuanto la acción
espiritual esté a cubierto de ataques carnales.
De la forma del matrimonio
[De las respuestas de Nicolás I a las consultas de los búlgaros en noviembre
del año 866]
Cap. 3.... Baste según las leyes el solo consentimiento de aquellos, de cuya
unión se trata. En las nupcias, si acaso ese solo consentimiento faltare,
todo lo demás, aun celebrado con coito, carece de valor...
De la forma y ministro del bautismo
[De las respuestas a las consultas de los búlgaros, noviembre de 866]
Cap. 15. Preguntáis si los que han recibido el bautismo de uno que se fingía
presbítero, son cristianos o tienen que ser nuevamente bautizados. Si han
sido bautizados en el nombre de la suma e indivisa Trinidad, son ciertamente
cristianos y, sea quien fuere el cristiano que los hubiere bautizado, no
conviene repetir el bautismo... El malo, administrando lo bueno, a si mismo
y no a los otros se amontona un cúmulo de males, y por esto es cierto que a
quienes aquel griego bautizó no les alcanza daño alguno, por aquello: Este
es el que bautiza [Ioh. 1, 33] es decir, Cristo; y también: Dios da el
crecimiento [1. Cor. 3, 7]; se entiende: "y no el hombre".
Cap. 104. Aseguráis que un judío, no sabéis si cristiano o pagano, ha
bautizado a muchos en vuestra patria y consultáis qué haya que hacerse con
ellos. Ciertamente, si han sido bautizados en el nombre de la santa
Trinidad, o sólo en el nombre de Cristo, como leemos en los Hechos de los
Apóstoles [Act. 2, 38 y 19, 5], pues es una sola y misma cosa, como expone
San Ambrosio, consta que no han de ser nuevamente bautizados...
ADRIANO II, 867-872
IV CONCILIO DE CONSTANTINOPLA, 869-870
VIII ecuménico (contra Focio)
En la primera sesión se leyó y aprobó la regla de fe de Hormisdas; v. 172
Cánones contra Focio
[Texto de Anastasio :] Can. 1. Queriendo caminar sin tropiezo por el recto y
real camino de la justicia divina, debemos mantener, como lamparas siempre
lucientes y que iluminan nuestros pasos según Dios, las definiciones y
sentencias de los Santos Padres. Por eso, teniendo y considerando también
esas sentencias como segundos oráculos, según el grande y sapientísimo
Dionisio, también de ellas hemos de cantar prontísimamente con el divino
David: El mandamiento del Señor, luminoso, que ilumina los ojos [Ps. 19, 9];
y: Antorcha para mis pies tu ley, y lumbre para mis sendas [Ps. 118, 105]; y
con el Proverbiador decimos: Tu mandato luminoso y tu ley luz [Prov. 6, 23];
y a grandes voces con Isaías clamamos al Señor Dios: Luz son tus
mandamientos sobre la tierra [Is. 26, 9; LXX]. Porque a la luz han sido
comparadas con verdad las exhortaciones y discusiones de los divinos cánones
en cuanto que por ellos se discierne lo mejor de lo peor y lo conveniente y
provechoso de aquello que se ve no sólo que no conviene, sino que además
daña. Así, pues, profesamos guardar y observar las reglas que han sido
trasmitidas a la Santa Iglesia Católica y Apostólica, tanto por los santos
famosísimos Apóstoles, como por los Concilios universales y locales de los
ortodoxos y también por cualquier Padre y maestro de la Iglesia que habla
divinamente inspirado: por ella no sólo regimos nuestra vida y costumbres,
sino que decretamos que todo el catálogo del sacerdocio y hasta todos
aquellos que llevan nombre cristiano, ha de someterse a las penas y
condenaciones o por lo contrario, a sus restituciones y justificaciones que
han sido por ellas pronunciadas y definidas. Porque abiertamente nos exhorta
el grande Apóstol Pablo a mantener las tradiciones recibidas, ora de
palabra, ora por carta [2 Thess. 2, 14], de los santos que antes
refulgieron.
[Traducción del texto griego:] Queriendo caminar sin tropiezo por el recto y
real camino de la divina justicia, debemos mantener como lámparas siempre
lucientes los límites o definiciones de los Santos Padres. Por eso
confesamos guardar y observar las leyes que han sido trasmitidas a la
Iglesia Católica y Apostólica, tanto por los santos y muy gloriosos
Apóstoles, como por los Concilios ortodoxos, universales y locales, o por
algún Padre maestro de la Iglesia divinamente inspirado. Porque Pablo, el
gran Apóstol, nos avisa guardemos las tradiciones que hemos recibido, ora de
palabra, ora por cartas, de los santos que antes brillaron.
Can. 8. [Texto de Anastasio :] Decretamos que la sagrada imagen de nuestro
Señor Jesucristo, Liberador y Salvador de todos, sea adorada con honor igual
al del libro de los Sagrados Evangelios. Porque así como por el sentido de
las sílabas que en el libro se ponen, todos conseguiremos la salvación; así
por la operación de los colores de la imagen, sabios e ignorantes, todos
percibirán la utilidad de lo que está delante, pues lo que predica y
recomienda el lenguaje con sus sílabas, eso mismo predica y recomienda la
obra que consta de colores; y es digno que, según la conveniencia de la
razón y la antiquísima tradición, puesto que el honor se refiere a los
originales mismos, también derivadamente se honren y adoren las imágenes
mismas, del mismo modo que el sagrado libro de los santos Evangelios, y la
figura de la preciosa cruz. Si alguno, pues, no adora la imagen de Cristo
Salvador, no vea su forma cuando venga a ser glorificado en la gloria
paterna y a glorificar a sus santos [a Thess. 1, 10], sino sea ajeno a su
comunión y claridad. Igualmente la imagen de la Inmaculada Madre suya,
engendradora de Dios, María. Además, pintamos las imágenes de los santos
ángeles, tal como por palabras los representa la divina Escritura; y
honramos y adoramos las de los Apóstoles, dignos de toda alabanza, de los
profetas, de los mártires y santos varones y de todos los santos. Y los que
así no sienten, sean anatema del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
[Versión del texto griego :] Can. 3. Decretamos que la sagrada imagen de
nuestro Señor Jesucristo sea adorada con honor igual al del libro de los
Santos Evangelios. Porque a la manera que por las silabas que en él se
ponen, alcanzan todos la salvación; así, por la operación de los colores
trabajados en la imagen, sabios e ignorantes, todos gozarán del provecho de
lo que está delante; porque lo mismo que el lenguaje en las sílabas, eso
anuncia y recomienda la pintura en los colores. Si alguno, pues, no adora la
imagen de Cristo Salvador, no vea su forma en su segundo advenimiento.
Asimismo honramos y adoramos también la imagen de la Inmaculada Madre suya,
y las imágenes de los santos ángeles, tal como en sus oráculos nos los
caracteriza la Escritura, además las de todos los Santos. Los que así no
sientan, sean anatema.
Can. 11. El Antiguo y el Nuevo Testamento enseñan que el hombre tiene una
sola alma racional e intelectiva y todos los Padres y maestros de la
Iglesia, divinamente inspirados, afirman la misma opinión; sin embargo,
dándose a las invenciones de los malos, han venido algunos a punto tal de
impiedad que dogmatizan impudentemente que el hombre tiene dos almas, y con
ciertos conatos irracionales, por medio de una sabiduría que se ha vuelto
necia [1 Cor. 1, 20], pretenden confirmar su propia herejía. Así, pues, este
santo y universal Concilio, apresurándose a arrancar esta opinión como una
mala cizaña que ahora germina, es más, llevando en la mano el bieldo [Mt. 3,
12 ¡ Lc. 3, 17] de la verdad y queriendo destinar al fuego inextinguible
toda la paja y dejar limpia la era de Cristo, a grandes voces anatematiza a
los inventores y perpetradores de tal impiedad y a los que sienten cosas por
el estilo, y define y promulga que nadie absolutamente tenga o guarde en
modo alguno los estatutos de los autores de esta impiedad. Y si alguno osare
obrar contra este grande y universal Concilio, sea anatema y ajeno a la fe y
cultura de los cristianos.
[Versión del texto griego:] El Antiguo y el Nuevo Testamento enseñan que el
hombre tiene una sola alma racional e intelectiva, y todos los Padres
inspirados por Dios y maestros de la Iglesia afirman la misma opinión; hay,
sin embargo, algunos que opinan que el hombre tiene dos almas y confirman su
propia herejía con ciertos argumentos sin razón. Así, pues, este santo y
universal Concilio, a grandes voces anatematiza a los inventores de esta
impiedad y a los que piensan como ellos; y si alguno en adelante se
atreviere a decir lo contrario, sea anatema.
Can. 12. Como quiera que los Cánones de los Apóstoles y de los Concilios
prohiben de todo punto las promociones y consagraciones de los obispos
hechas por poder y mandato de los príncipes, unánimemente definimos y
también nosotros pronunciamos sentencia que, si algún obispo recibiere la
consagración de esta dignidad por astucia o tiranía de los príncipes, sea de
todos modos depuesto, como quien quiso y consintió poseer la casa de Dios,
no por voluntad de Dios y por rito y decreto eclesiástico, sino por voluntad
del sentido carnal, de los hombres y por medio de los hombres.
Del Can. 17 latino... Hemos rehusado oír también como sumamente odioso lo
que por algunos ignorantes se dice, a saber, que no puede celebrarse un
Concilio sin la presencia del príncipe, cuando jamás los sagrados Cánones
sancionaron que los principes seculares asistan a los Concilios, sino sólo
los obispos. De ahí que no hallamos que asistieran, excepto en los Concilios
universales; pues no es lícito que los príncipes seculares sean espectadores
de cosas que a veces acontecen a los sacerdotes de Dios...
[Versión del texto griego:] Can. 12. Ha llegado a nuestros oídos que no
puede celebrarse un Concilio sin la presencia del príncipe. En ninguna
parte, sin embargo, estatuyen los sagrados Cánones que los príncipes
seculares se reúnan en los Concilios, sino sólo los obispos. De ahí que,
fuera de los Concilios universales, tampoco hallamos que hayan estado
presentes. Porque tampoco es lícito que los príncipes seculares sean
espectadores de las cosas que acontecen a los sacerdotes de Dios.
Can. 21. Creyendo que la palabra que Cristo dijo a sus santos Apóstoles y
discípulos: El que a vosotros recibe, a mi me recibe [Mt. 10, ~0], y el que
a vosotros desprecia, a mí me desprecia [Lc. 10, 16], fue también dicha para
aquellos que, después de ellos y según ellos, han sido hechos sumos
Pontífices y principes de los pastores en la Iglesia Católica, definimos que
ninguno absolutamente de los poderosos del mundo intente deshonrar o remover
de su propia sede a ninguno de los que presiden las sedes patriarcales, sino
que los juzgue dignos de toda reverencia y honor; y principalmente al
santísimo Papa de la antigua Roma, luego al patriarca de Constantinopla,
luego a los de Alejandría, Antioquía y Jerusalén; mas que ningún otro,
cualquiera que fuere, compile ni componga tratados contra el santísimo Papa
de la antigua Roma, con ocasión de ciertas acusaciones con que se le difama,
como recientemente ha hecho Focio y antes Dióscoro.
Y quienquiera usare de tanta jactancia y audacia que, siguiendo a Focio y a
Dióscoro, dirigiere, por escrito o de palabra, injurias a la Sede de Pedro,
príncipe de los Apóstoles, reciba igual y la misma condenación que aquéllos.
Y si alguno por gozar de alguna potestad secular o apoyado en su fuerza,
intentare expulsar al predicho papa de la Cátedra Apostólica o a cualquiera
de los otros patriarcas, sea anatema. Ahora bien, si se hubiera reunido un
Concilio universal y todavía surgiere cualquier duda y controversia acerca
de la Santa Iglesia de Roma, es menester que con veneración y debida
reverencia se investigue y se reciba solución de la cuestión propuesta, o
sacar provecho, o aprovechar; pero no dar temeraria sentencia contra los
Sumos Pontífices de la antigua Roma.
[Versión del texto griego:] Can 13. Si alguno usare de tal audacia que,
siguiendo a Focio y a Dióscoro, dirigiere por escrito o sin él injurias
contra la cátedra de Pedro, príncipe de los Apóstoles, reciba la misma
condenación que aquéllos. Pero si reunido un Concilio universal, surgiere
todavía alguna duda sobre la Iglesia de Roma, es lícito con cautela y con la
debida reverencia averiguar acerca de la cuestión propuesta y recibir la
solución y, o sacar provecho o aprovechar; pero no dar temeraria sentencia
contra los Sumos Pontífices de la antigua Roma.
JUAN VIII, 872-882 JUAN X, 914-928
MARINO I, 882-884 LEON VI, 928
SAN ADRIANO III, 884-885 ESTEBAN VIII, 929-931
ESTEBAN VI, 885-891 JUAN XI, 931-935
FORMOSO, 891-896 LEON VII, 936-939
BONIFACIO VI, 896 ESTEBAN IX, 939-942
ESTEBAN VII, 896-897 MARINO II 942-946
ROMANO, 897 AGAPITO II, 946-955
TEODORO II, 897 JUAN XII, 955-963
JUAN IX, 898-900 LEON VIII, 963-964
BENEDICTO IV, 900-903 BENEDICTO V, 964 († 966)
LEON V, 903 JUAN XIII, 965-972
SERGIO III, 904-911 BENEDICTO VI, 973-974
ANASTASIO III, 911-913 BENEDICTO VII, 974-983
LANDON, 913-914 JUAN XIV, 983-984
JUAN XV, 985-996
CONCILIO ROMANO DE 993
(Para la canonización de San Udalrico)
Sobre el culto de los santos
...Por común consejo hemos decretado que la memoria de él, es decir, del
santo obispo Udalrico, sea venerada con afecto piadosísimo, con devoción
fidelísima; puesto que de tal manera adoramos y veneramos las reliquias de
los mártires y confesores, que adoramos a Aquel de quien son mártires y
confesores; honramos a los siervos para que el honor redunde en el Señor,
que dijo: El que a vosotros recibe, a mí me recibe [Mt. 10, 40], y por ende,
nosotros que no tenemos confianza de nuestra justicia, seamos constantemente
ayudados por sus oraciones y merecimientos ante Dios clementísimo, pues los
salubérrimos preceptos divinos, y los documentos de los santos cánones y de
los venerables Padres nos instaban eficazmente junto con la piadosa mirada
de la contemplación de todas las Iglesias y hasta el empeño del mando
apostólico, a que acabáramos la comodidad de los provechos y la integridad
de la firmeza, en cuanto que la memoria del ya dicho Udalrico, obispo
venerable, esté consagrada al culto divino y pueda siempre aprovechar en el
tributo de alabanzas devotísimas a Dios.
GREGORIO V, 996-999 JUAN XIX, 1024-1032
SILVESTRE II, 999-1003 BENEDICTO IX, 1032-1044
JUAN XVII, 1003 SILVESTRE III, 1045
JUAN XVIII, 1004-1009 GREGORIO VI, 1045-1046
SERGIO IV, 1009-1012 CLEMENTE II, 1046-1047
BENEDICTO VIII, 1012-1024 DAMASO II, 1048
SAN LEON IX, 1049-1054
Símbolo de la fe
[De la Carta Congratulamur vehementer, a Pedro, obispo de Antioquía, de 13
de abril de 1053]
Creo firmemente que la santa Trinidad, Padre e Hijo y Espíritu Santo, es un
solo Dios omnipotente y que toda la divinidad en la Trinidad es coesencial y
consustancial, coeterna y coomnipotente, y de una sola voluntad, poder y
majestad: creador de todas las criaturas, de quien todo, por quien todo y en
quien todo [Rom. 11, 36], cuanto hay en el cielo y en la tierra, lo visible
y lo invisible. Creo también que cada una de las personas en la santa
Trinidad son un solo Dios verdadero, pleno y perfecto.
Creo también que el mismo Hijo de Dios Padre, Verbo de Dios, nacido del
Padre eternamente antes de todos los tiempos, es consustancial,
coomnipotente y coigual al Padre en todo en la divinidad, temporalmente
nacido por obra del Espíritu Santo de María siempre virgen, con alma
racional; que tiene dos nacimientos: uno eterno del Padre, otro temporal de
la Madre; que tiene dos voluntades, y operaciones; Dios verdadero y hombre
verdadero; propio y perfecto en una y otra naturaleza; que no sufrió mezcla
ni división, no adoptivo ni fantástico, único y solo Dios, Hijo de Dios, en
dos naturalezas, pero en la singularidad de una sola persona; impasible e
inmortal por la divinidad, pero que padeció en la humanidad, por nosotros y
por nuestra salvación, con verdadero sufrimiento de la carne, y fue
sepultado y resucitó de entre los muertos al tercer día con verdadera
resurrección de la carne, y por sólo confirmarla comió con sus discípulos,
no porque tuviera necesidad alguna de alimento, sino por sola su voluntad y
potestad; el día cuadragésimo después de su resurrección, subió al cielo con
la carne en que resucitó y el alma, y está sentado a la diestra del Padre, y
de allí al décimo día, envió al Espíritu Santo, y de allí, como subió, ha de
venir a juzgar a los vivos y a los muertos y dar a cada uno según sus obras.
Creo también en el Espíritu Santo, Dios pleno y perfecto y verdadero, que
procede del Padre y del Hijo, coigual y coesencial y coomnipotente y
coeterno en todo con el Padre y el Hijo; que habló por los profetas.
Esta santa e individua Trinidad de tal modo creo y confieso que no son tres
dioses, sino un solo Dios en tres personas y en una sola naturaleza o
esencia, omnipotente, eterno, invisible e inconmutable, que predico
verdaderamente que el Padre es ingénito, el Hijo unigénito, el Espíritu
Santo ni génito ni ingénito, sino que procede del Padre y del Hijo.
[Artículos varios :] Creo que hay una sola verdadera Iglesia, Santa,
Católica y Apostólica, en la que se da un solo bautismo y verdadera remisión
de todos los pecados. Creo también en la verdadera resurrección de la misma
carne que ahora llevo, y en la vida eterna.
Creo también que el Dios y Señor omnipotente es el único autor del Nuevo y
del Antiguo Testamento, de la Ley y de los Profetas y de los Apóstoles; que
Dios predestinó solo los bienes, aunque previo los bienes y los males; creo
y profeso que la gracia de Dios previene y sigue al hombre, de tal modo, sin
embargo, que no niego el libre albedrío a la criatura racional. Creo y
predico que el alma no es parte de Dios, sino que fue creada de la nada y
que sin el bautismo está sujeta al pecado original.
Además anatematizo toda herejía que se levanta contra la Santa Iglesia
Católica y juntamente a quienquiera crea que han de ser tenidas en autoridad
o haya venerado otras Escrituras fuera de las que recibe la Santa Iglesia
Católica. De todo en todo recibo los cuatro Concilios y los venero como a
los cuatro Evangelios, pues la Santa Iglesia universal por las cuatro partes
del mundo está apoyada en ellos como en una piedra cuadrada... De igual modo
recibo y venero los otros tres Concilios... Cuanto los antedichos siete
Concilios santos y universales sintieron y alabaron, yo también lo siento y
alabo, y a cuantos anatematizaron, yo los anatematizo.
Sobre el primado del Romano Pontífice
[De la Carta In terra pax hominibus, a Miguel Cerulario y León de Acrida, de
2 de septiembre de 1053]
Cap. 5.... De vosotros se dice que con nueva presunción e increíble audacia
condenasteis públicamente a la Apostólica Iglesia latina, sin oírla ni
convencerla, por el hecho particularmente de atreverse a celebrar con ázimos
la conmemoración de la pasión del Señor. He aquí vuestra incauta
represensión, he aquí una gloria vuestra nada buena, cuando ponéis en el
cielo vuestra boca, cuando vuestra lengua, arrastrándose en la tierra [Ps.
72, 9], maquina atravesar y trastornar la antigua fe con argumentos y
conjeturas humanas.
Cap. 7.... La Santa Iglesia edificada sobre la piedra, esto es, sobre
Cristo, y sobre Pedro o Cefas, el hijo de Jonás, que antes se llamaba Simón,
porque en modo alguno había de ser vencida por las puertas del infierno, es
decir, por las disputas de los herejes, que seducen a los vanos para su
ruina. Así lo promete la verdad misma, por la que son verdaderas cuantas
cosas son verdaderas: Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella
[Mt. 16, 18], y el mismo Hijo atestigua que por sus oraciones impetró del
Padre el efecto de esta promesa, cuando le dice a Pedro: Simón, Simón, he
aquí que Satanás... [Lc. 22, 31]. ¿Habrá, pues, nadie de tamaña demencia que
se atreva a tener por vacua en algo la oración de Aquel cuyo querer es
poder? ¿Acaso no han sido reprobadas y convictas y expugnadas las
invenciones de todos los herejes por la Sede del principe de los Apóstoles,
es decir, por la Iglesia Romana, ora por medio del mismo Pedro, ora por sus
sucesores, y han sido confirmados los corazones de los hermanos en la fe de
Pedro, que hasta ahora no ha desfallecido ni hasta el fin desfallecerá?
Cap. 11.... Dando un juicio anticipado contra ]a Sede suprema, de la que ni
pronunciar juicio es lícito a ningún hombre, recibisteis anatema de todos
los Padres de todos los venerables Concilios...
Cap. 32. Como el quicio, permaneciendo inmóvil trae y lleva la puerta; así
Pedro y sus sucesores tienen libre juicio sobre toda la Iglesia, sin que
nadie deba hacerles cambiar de sitio, pues la Sede suprema por nadie es
juzgada [v. 330 ss]...
VICTOR II, 1055-1057 ESTEBAN IX, 1057-1058
NICOLAS II, 1059-1061
CONCILIO ROMANO DE 1060
De las ordenaciones simoníacas
El Señor Papa Nicolás, presidiendo el Concilio en la basílica
constantiniana, dijo: Decretamos que ninguna compasión ha de tenerse en
conservar la dignidad a los simoniacos, sino que, conforme a las sanciones
de los cánones y los decretos de los Santos Padres, los condenamos
absolutamente, y por apostólica autoridad sancionamos que han de ser
depuestos. Acerca, empero, de aquellos que no por dinero, sino gratis han
sido ordenados por los simoníacos, puesto que la cuestión ha sido de tiempo
atrás largamente ventilada, queremos desatar todo nudo [v. 1.: modo] de
duda, de suerte que sobre este punto no permitimos a nadie dudar en
adelante...
Sin embargo, por autoridad de los santos Apóstoles Pedro y Pablo, por todos
los modos prohibimos que ninguno de nuestros sucesores tome o prefije para
sí o para otro regla alguna fundada en esta permisión nuestra; porque esto
no lo promulgó por mandato o concesión la autoridad de los antiguos Padres,
sino que nos arrancó el permiso la excesiva necesidad de este tiempo...
ALEJANDRO II, 1061-1073
SAN GREGORIO VII, 1073-1085
CONCILIO ROMANO (Vl) DE 1079
(Contra Berengario)
Sobre la Eucaristía
[Juramento prestado por Berengario]
Yo, Berengario, creo de corazón y confieso de boca que el pan y el vino que
se ponen en el altar, por el misterio de la sagrada oración y por las
palabras de nuestro Redentor, se convierten sustancialmente en la verdadera,
propia y vivificante carne y sangre de Jesucristo Nuestro Señor, y que
después de la consagración son el verdadero cuerpo de Cristo que nació de la
Virgen y que, ofrecido por la salvación del mundo, estuvo pendiente en la
cruz y está sentado a la diestra del Padre; y la verdadera sangre de Cristo,
que se derramó de su costado, no sólo por el signo y virtud del sacramento,
sino en la propiedad de la naturaleza y verdad de la sustancia, como en este
breve se contiene, y yo he leído y vosotros entendéis. Así lo creo y en
adelante no enseñaré contra esta fe. Así Dios me ayude y estos santos
Evangelios de Dios.
VICTOR III, 1087
URBANO II, 1088-1099
CONCILIO DE BENEVENTO, 1091
De la índole sacramental del diaconado
Can. 1. Nadie en adelante sea elegido obispo, sino el que se hallare que
vive religiosamente en las sagradas órdenes. Ahora bien, sagradas órdenes
decimos el diaconado y el presbiterado, pues éstas solas se lee haber tenido
la primitiva Iglesia; sobre éstas solas tenemos el precepto del Apóstol.
PASCUAL II, 1099-1118
CONCILIO DE LETRAN DE 1102
(Contra Enrique IV)
De la obediencia debida a la Iglesia
[Fórmula prescrita a todos los metropolitanos de la Iglesia occidental]
Anatematizo toda herejía y particularmente la que perturba el estado actual
de la Iglesia, la que enseña y afirma: El anatema ha de ser despreciado y
ningún caso debe hacerse de las ligaduras la Iglesia. Prometo, pues,
obediencia al Pontífice de la Sede Apostólica, Señor Pascual, y a sus
sucesores bajo el testimonio de Cristo y de la Iglesia, afirmando lo que
afirma, condenando lo que condena la Santa Iglesia universal.
CONCILIO DE GUASTALLA, 1106
De las ordenaciones heréticas y simoníacas
Desde hace ya muchos años la extensión del imperio teutónico está separada
de la unidad de la Sede Apostólica. En este cisma se ha llegado a tanto
peligro que —con dolor lo decimos— en tan grande extensión de tierras apenas
si se hallan unos pocos sacerdotes o clérigos católicos. Cuando, pues,
tantos hijos yacen entre semejantes ruinas, la necesidad de la paz cristiana
exige que se abran en este asunto las maternas entrañas de la Iglesia.
Instruídos, pues, por los ejemplos y escritos de nuestros Padres que en
diversos tiempos recibieron en sus órdenes a novacianos, donatistas y otros
herejes, nosotros recibimos en su oficio episcopal a los obispos del
predicho Imperio que han sido ordenados en el cisma, a no ser que se pruebe
que son invasores, simoníacos o de mala vida. Lo mismo constituimos de los
clérigos de cualquier orden a los que su ciencia y su vida recomienda.
GELASIO II, 1118-1119
CALIXTO II, 1119-1124
PRIMER CONCILIO DE LETRAN, 1123
IX ecuménico (sobre las investiduras)
Sobre la simonía, el celibato, la Investidura y el incesto
Can. 1. Siguiendo los ejemplos de los Santos Padres y renovándolos por
exigencia de nuestro deber, por autoridad de la Sede Apostólica prohibimos
de todo punto que nadie sea ordenado o promovido por dinero en la Iglesia de
Dios. Y si alguno hubiere de ese modo adquirido la ordenación o promoción en
la Iglesia, sea absolutamente privado de su dignidad.
Can. 3. Prohibimos absolutamente a los presbíteros, diáconos y subdiáconos
la compañía de concubinas y esposas, y la cohabitación con otras mujeres
fuera de las que permitió el Concilio de Nicea que habitaran por el solo
motivo de parentesco, la madre, la hermana, la tía materna o paterna y otras
semejantes, sobre las que no puede darse justa sospecha alguna [v. 52 b s].
Can. 4. Además, de acuerdo con la sanción del beatísimo Papa Esteban,
estatuimos, que los laicos, aun cuando sean religiosos, no tengan facultad
alguna de disponer de las cosas eclesiásticas, sino que, según los cánones
de los Apóstoles, tenga el obispo el cuidado de todos los negocios
eclesiásticos y los administre con el pensamiento de que Dios le contempla.
Consiguientemente, si algún principe u otro laico se arrogare la
administración o donación de las cosas o bienes de la Iglesia, ha de ser
juzgado como sacrílego.
Can. 5. Prohibimos que se den uniones entre consanguíneos, porque las
prohiben tanto las leyes divinas como las del siglo. Las leyes divinas, en
efecto, a quienes así obran y a quienes de ellos proceden, no sólo los
rechazan, sino que los llaman malditos, y las leyes del siglo los notan de
infames y los excluyen de la herencia. Nosotros, pues, siguiendo a nuestros
Padres, los notamos de infamia y estimamos que son infames.
Can. 10. Nadie ponga sus manos para consagrar a un obispo, si éste no
hubiere sido canónicamente elegido. Y si osare hacerlo, tanto el consagrante
como el consagrado, sean depuestos sin esperanza de recuperación.
HONORIO II, 1124-1130
INOCENCIO II, 1130-1143
II CONCILIO DE LETRAN, 1139
X ecuménico (contra los falsos pontífices)
De la simonía, la usura, falsas penitencias y sacramentos
Can. 2. Si alguno, interviniendo el execrable ardor de la avaricia, ha
adquirido por dinero una prebenda, o priorato, o decanato, u honor, o
promoción alguna eclesiástica, o cualquier sacramento de la Iglesia, como el
crisma y óleo santo, la consagración de altares o de Iglesias; sea privado
del honor mal adquirido, y comprador, vendedor e interventor sean marcados
con nota de infamia. Y ni por razón de manutención ni con pretexto de
costumbre alguna, antes o después, se exija nada de nadie, ni nadie se
atreva a dar, porque es cosa simoníaca; antes bien, libremente y sin
disminución alguna, goce de la dignidad y beneficio que se le ha conferido.
Can. 13. Condenamos, además, aquella detestable e ignominiosa rapacidad
insaciable de los prestamistas, rechazada por las leyes humanas y divinas
por medio de la Escritura en el Antiguo y Nuevo Testamento y la separamos de
todo consuelo de la Iglesia, mandando que ningún arzobispo, ningún obispo o
abad de cualquier orden, quienquiera que sea en el orden o el clero, se
atreva a recibir a los usurarios, si no es con suma cautela, antes bien, en
toda su vida sean éstos tenidos por infames y, si no se arrepienten, sean
privados de sepultura eclesiástica .
Can. 22. Como quiera que entre las otras cosas hay una que sobre todo
perturba a la Santa Iglesia, que es la falsa penitencia, avisamos a nuestros
hermanos y presbíteros que no permitan que sean engañadas las almas de los
laicos por las falsas penitencias y arrastradas al infierno. Ahora bien,
consta que hay falsa penitencia, cuando despreciados muchos pecados, se hace
penitencia de uno solo, o cuando de tal modo se hace de uno, que no se
apartan de otro. De ahí que está escrito: Quien observa toda la ley, pero
peca en un solo punto, se ha hecho reo de toda la ley [Iac. 2, 10]; es
decir, en cuanto a la vida eterna. Porque, en efecto, lo mismo si se halla
envuelto en toda clase de pecados que en uno solo, no entrará por la puerta
de la vida eterna. Se hace también falsa penitencia, cuando el penitente no
se aparta de su cargo en la curia o de su negocio, que no puede en modo
alguno ejercer sin pecado; o si se lleva odio en el corazón, o si no se
satisface al ofendido, o si el ofendido no perdona al ofensor, o si uno
lleva armas contra la justicia .
Can. 23. A aquellos, empero, que simulando apariencia de religiosidad,
condenan el sacramento del cuerpo y de la sangre del Señor, el bautismo de
los niños, el sacerdocio y demás órdenes eclesiásticas, así como los pactos
de las legitimas nupcias, los arrojamos de la Iglesia y condenamos como
herejes, y mandamos que sean reprimidos por los poderes exteriores. A sus
defensores, también, los ligamos con el vínculo de la misma condenación.
CONCILIO DE SENS, 1140 ó 1141
Errores de Pedro Abelardo
1. El Padre es potencia plena; el Hijo, cierta potencia; el Espíritu Santo,
ninguna potencia.
2. El Espíritu Santo no es de la sustancia [v. 1.: de la potencia] del Padre
o del Hijo.
3. El Espíritu Santo es el alma del mundo.
4. Cristo no asumió la carne para librarnos del yugo del diablo.
5. Ni Dios y el hombre ni esta persona que es Cristo, es la tercera persona
en la Trinidad.
6. El libre albedrío basta por si mismo para algún bien.
7. Dios sólo puede hacer u omitir lo que hace u omite, o sólo en el modo o
tiempo en que lo hace y no en otro.
8. Dios no debe ni puede impedir los males.
9. De Adán no contrajimos la culpa, sino solamente la pena.
10. No pecaron los que crucificaron a Cristo por ignorancia, y cuanto se
hace por ignorancia no debe atribuirse a culpa.
11. No hubo en Cristo espíritu de temor de Dios.
12. La potestad de atar y desatar fue dada solamente a los Apóstoles, no a
sus sucesores.
13. El hombre no se hace ni mejor ni peor por sus obras.
14. Al Padre, el cual no viene de otro, pertenece propia o especialmente la
operación, pero no también la sabiduría y la benignidad.
15. Aun el temor casto está excluído de la vida futura.
16. El diablo mete la sugestión por operación de piedras o hierbas.
17. El advenimiento al fin del mundo puede ser atribuído al Padre.
18. El alma de Cristo no descendió por sí misma a los infiernos, sino sólo
por potencia.
19. Ni la obra, ni la voluntad, ni la concupiscencia, ni el placer que la
mueve es pecado, ni debemos querer que se extinga.
[De la Carta de Inocencio II Testante Apostolo, a Enrique obispo de Sens, 16
de julio de 1140]
Nos, pues, que, aunque indignos, estamos sentados a vista de todos en la
cátedra de San Pedro, a quien fue dicho: Y tú convertido algún día, confirma
a tus hermanos [Lc. 22, 32], de común acuerdo con nuestros hermanos los
obispos cardenales, por autoridad de los Santos Cánones hemos condenado los
capítulos que vuestra discreción nos ha mandado y todas las doctrinas del
mismo Pedro Abelardo juntamente con su autor, y como a hereje les hemos
impuesto perpetuo silencio. Decretamos también que todos los seguidores y
defensores de su error, han de ser alejados de la compañía de los fieles y
ligados con el vínculo de la excomunión.
Del bautismo de fuego (de un presbítero no bautizado)
[De la Carta Apostolicam Sedem, al obispo de Cremona, de fecha incierta]
Respondemos así a tu pregunta: El presbítero que, como por tu carta me
indicaste, concluyó su día último sin el agua del bautismo, puesto que
perseveró en la fe de la santa madre Iglesia y en la confesión del nombre de
Cristo, afirmamos sin duda ninguna (por la autoridad de los Santos Padres
Agustín y Ambrosio), que quedó libre del pecado original y alcanzó el gozo
de la vida eterna. Lee, hermano, el libro VIII de Agustín, De la ciudad de
Dios, donde, entre otras cosas, se lee: "Invisiblemente se administra un
bautismo, al que no excluyó el desprecio de la religión, sino el término de
la necesidad". Revuelve también el libro de Ambrosio sobre la muerte de
Valentiniano, que afirma lo mismo. Acalladas, pues, tus preguntas, atente a
las sentencias de los doctos Padres y manda ofrecer en tu Iglesia continuas
oraciones y sacrificios por el mentado presbítero.
CELESTINO II, 1143-1144 LUCIO II, 1144-1145
EUGENIO III, 1145-1153
CONCILIO DE REIMS, 1148
Profesión de fe sobre la Trinidad
Creemos y confesamos que Dios es una naturaleza simple de divinidad y que en
ningún sentido católico puede negarse que la divinidad es Dios y que Dios es
divinidad. Y si se dice que Dios es sabio por la sabiduría, grande por la
grandeza, eterno por la eternidad, uno por la unidad, Dios por la divinidad,
y otras cosas por el estilo; creemos que es sabio sólo con aquella sabiduría
que es el mismo Dios; que es grande sólo con aquella grandeza que es el
mismo Dios; que es eterno sólo con aquella eternidad que es el mismo Dios;
que es uno sólo con aquella unidad que es el mismo Dios; que es Dios sólo
con aquella divinidad que es él mismo: es decir, es por sí mismo sabio,
grande, eterno, un solo Dios.
2. Cuando hablamos de tres personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo,
confesamos que son un solo Dios, una sola divina sustancia. Y, por el
contrario, cuando hablamos de un solo Dios, de una sola divina sustancia,
confesamos que el mismo solo Dios y la sola sustancia es tres personas.
3. Creemos [y confesamos] que el solo Dios Padre y el Hijo y el Espíritu es
eterno, y que no hay en Dios cosa alguna, llámense relaciones, o
propiedades, o singularidades, o unidades, u otras cosas semejantes, que,
siendo eternas, no sean Dios.
4. Creemos [y confesamos] que la misma divinidad, llámese sustancia o
naturaleza divina, se encarnó, pero en el Hijo.
ANASTASIO IV, 1153-1154 ADRIANO IV, 1154-1159
ALEJANDRO III, 1159-1181
Proposición errónea acerca de la humanidad de Cristo
[Condenada en la Carta Cum Christus a Guillermo arzobispo de Reims, de 18 de
febrero de 1177]
Como quiera que Cristo perfecto Dios es perfecto hombre, de maravillar es la
audacia con que alguien se atreve a decir que "Cristo no es nada en cuanto
hombre". Mas, para que abuso tan grande no pueda cundir en la Iglesia de
Dios, por autoridad nuestra prohibe, bajo anatema, que nadie en adelante sea
osado a decir tal cosa...; pues, como es verdadero Dios, así es también
verdadero hombre, que consta de alma racional y de carne humana.
Del contrato de venta ilícito
[De la Carta In civitate tua al arzobispo de Génova, de tiempo incierto]
Dices que en tu ciudad sucede con frecuencia que al comprar algunos pimienta
o canela y otras mercancías que entonces no valen más allá de cinco libras,
prometen a quienes se las compran que en el término convenido pagarán seis
libras. Ahora bien, aunque este contrato no pueda considerarse por tal forma
como usura, sin embargo los vendedores incurren en pecado, a no ser que sea
dudoso si al tiempo de la paga aquellas mercancías valdrán más o menos. Y
por tanto, tus ciudadanos mirarían bien por la salud de sus almas, si
cesaran de tal contrato, como quiera que a Dios omnipotente no pueden
ocultarse los pensamientos humanos.
Del vínculo del matrimonio
[De la Carta Ex publico instrumento al obispo de Brescia, de fecha incierta]
Puesto que la predicha mujer, si bien fue desposada por el predicho varón,
no ha sido, según asegura, conocida todavía por él, mandamos a tu
fraternidad por los escritos apostólicos que, si el predicho varón no
hubiere conocido carnalmente a la mujer, y la misma mujer, como de parte
tuya se nos propone, quisiera pasar a religión, recibida de ella suficiente
caución de que dentro del espacio de dos meses tiene obligación o de entrar
en religión o de volver a su marido, cesando la contradicción y apelación,
la absuelvas de la sentencia de excomunión por la que está ligada, de suerte
que si entrare en religión, cada uno restituya al otro lo que conste que ha
recibido de él, y el varón, por su parte, al tomar ella el hábito de
religión, pueda lícitamente pasar a otra boda. A la verdad, lo que el Señor
dice en el Evangelio que no es lícito al varón abandonar a su mujer, si no
es por motivo de fornicación [Mt. 5, 82 ¡ 19, 9], ha de entenderse según la
interpretación de la palabra divina, de aquellos cuyo matrimonio ha sido
consumado por la cópula carnal, sin la cual no puede consumarse el
matrimonio y, por tanto, si la predicha mujer no ha sido conocida por su
marido, le es lícito entrar en religión.
[De fragmentos de una Carta al arzobispo de Salerno, de fecha incierta]
Después del consentimiento legítimo de presente, es lícito a la una parte,
aun oponiéndose la otra, elegir el monasterio, como fueron algunos santos
llamados de las nupcias, con tal que no hubiere habido entre ellos unión
carnal; y la parte que queda, si, después de avisado, no quisiere guardar
castidad, puede lícitamente pasar a otra boda. Porque no habiéndose hecho
por la unión una sola carne, puede muy bien uno pasar a Dios y quedarse el
otro en el siglo.
Si entre el varón y la mujer se da legítimo consentimiento de presente, de
modo que uno reciba expresamente al otro en su consentimiento con las
palabras acostumbradas, háyase interpuesto o no juramento, no es lícito a la
mujer casarse con otro. Y si se hubiere casado, aun cuando haya habido
cópula carnal, ha de separarse de él y ser obligada, por rigor eclesiástico,
a volver a su primer marido, aun cuando otros sientan de otra manera y aun
cuando alguna vez se haya juzgado de otro modo por algunos de nuestros
predecesores.
De la forma del bautismo
[De fragmentos de una Carta (¿a Poncio, obispo de Clermont?), de fecha
incierta]
Ciertamente, si se inmerge tres veces al niño en el agua en el nombre del
Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, Amén, pero no se dice: "Yo te bautizo
en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, Amén" el niño no ha
sido bautizado.
Aquellos sobre quienes se duda de si están bautizados, son bautizados
diciendo previamente: "Si estás bautizado, no te bautizo; pero si no estás
bautizado, yo te bautizo, etc.".
III CONCILIO DE LETRAN, 1179
XI ecuménico (contra los Albigenses)
De la simonía
Cap. 10. Los monjes no sean recibidos en el monasterio mediante un pago... Y
si alguno, por habérsele exigido, hubiera dado algo por su recepción, no
suba a las sagradas órdenes. Y el que lo hubiere recibido, sea castigado con
la privación de su cargo.
Deben ser evitados los herejes
Cap. 27. Como dice el bienaventurado León: "Si bien la disciplina de la
Iglesia, contenta con el juicio sacerdotal, no ejecuta castigos cruentos,
sin embargo, es ayudada por las constituciones de los principes católicos,
de suerte que a menudo buscan los hombres remedio saludable, cuando temen
les sobrevenga un suplicio corporal". Por eso, como quiera que en Gascuña,
en el territorio de Albi y de Tolosa y en otros lugares, de tal modo ha
cundido la condenada perversidad de los herejes que unos llaman cátaros,
otros patarinos, otros publicanos y otros con otros nombres, que ya no
ejercitan ocultamente, como otros, su malicia, sino que públicamente
manifiestan su error y atraen a su sentir a los simples y flacos, decretamos
que ellos v sus defensores y recibidores estén sometidos al anatema, y bajo
anatema prohibimos que nadie se atreva a tenerlos en sus casas o en su
tierra ni a favorecerlos ni a ejercer con ellos el comercio.
LUCIO III, 1181-1185
CONCILIO DE VERONA, 1184
De los sacramentos (contra los albigenses)
[Del Decreto Ad abolendum contra los herejes]
A todos los que no temen sentir o enseñar de otro modo que como predica y
observa la sacrosanta Iglesia Romana acerca del sacramento del cuerpo y de
la sangre de nuestro Señor Jesucristo, del bautismo, de la confesión de los
pecados, del matrimonio o de los demás sacramentos de la Iglesia; y en
general, a cuantos la misma Iglesia Romana o los obispos en particular por
sus diócesis con el consejo de sus clérigos, o los clérigos mismos, de estar
vacante la sede, con el consejo —si fuere menester—, de los obispos vecinos,
hubieren juzgado por herejes, nosotros ligamos con igual vínculo de perpetuo
anatema.
URBANO III, 1185-1187
De la usura
[De la Carta Consuluit nos, a cierto presbítero de Brescia]
Nos ha consultado tu devoción si ha de ser juzgado en el juicio de las almas
como usurero el que, dispuesto a no prestar de otra forma, da dinero a
crédito con la intención de recibir más del capital, aun cesando toda
convención; y si es reo de la misma culpa el que, como se dice vulgarmente,
no da su palabra de juramento si no percibe de ahí algún emolumento, aunque
sin exacción; y si ha de condenarse con pena semejante al mercader que da
sus géneros a un precio mucho mayor, si se le pide un plazo bastante largo
para el pago, que si se le paga al contado. Qué haya de pensarse en todos
estos casos, manifiestamente se ve por el Evangelio de San Lucas, en que se
dice: Dad prestado, sin esperar nada de ello [Lc. 6, 35]. De ahí que todos
estos hombres, por la intención de lucro que tienen, como quiera que toda
usura y sobreabundancia está prohibida en la Ley, hay que juzgar que obran
mal y deben ser eficazmente inducidos en el juicio de las almas a restituir
lo que de este modo recibieron.
GREGORIO VIII 187 CLEMENTE III, 1187-1191
CELESTINO III, 1191-1198