INSTRUCCIÓN SOBRE LAS ORACIONES PARA OBTENER DE DIOS LA CURACIÓN:
CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE
INTRODUCCIÓN
El anhelo de felicidad, profundamente radicado en el corazón humano, ha sido
acompañado desde siempre por el deseo de obtener la liberación de la
enfermedad y de entender su sentido cuando se experimenta. Se trata de un
fenómeno humano que, interesando de una manera u otra a toda persona,
encuentra en la Iglesia una resonancia particular. En efecto, la enfermedad
se entiende como medio de unión con Cristo y de purificación espiritual y,
por parte de aquellos que se encuentran ante la persona enferma, como una
ocasión para el ejercicio de la caridad. Pero no sólo eso, puesto que la
enfermedad, como los demás sufrimientos humanos, constituye un momento
privilegiado para la oración: sea para pedir la gracia de acoger la
enfermedad con fe y aceptación de la voluntad divina, sea para suplicar la
curación.
La oración que implora la recuperación de la salud es, por lo tanto, una
experiencia presente en toda época de la Iglesia, y naturalmente lo es en el
momento actual. Lo que constituye un fenómeno en cierto modo nuevo es la
multiplicación de encuentros de oración, unidos a veces a celebraciones
litúrgicas, cuya finalidad es obtener de Dios la curación, o mejor, las
curaciones. En algunos casos, no del todo esporádicos, se proclaman
curaciones realizadas, suscitándose así esperanzas de que el mismo fenómeno
se repetirá en otros encuentros semejantes. En este contexto a veces se
apela a un pretendido carisma de curación.
Semejantes encuentros de oración para obtener curaciones plantean además la
cuestión de su justo discernimiento desde el punto de vista litúrgico, con
particular atención a la autoridad eclesiástica, a la cual compete vigilar y
dar normas oportunas para el recto desarrollo de las celebraciones
litúrgicas.
Ha parecido, por tanto, oportuno publicar una Instrucción que, a norma del
can. 34 del Código de Derecho Canónico, sirva sobre todo para ayudar a los
Ordinarios del lugar, de manera que puedan guiar mejor a los fieles en esta
materia, favoreciendo cuanto hay de bueno y corrigiendo lo que se debe
evitar. Era preciso, sin embargo, que las disposiciones disciplinares
tuvieran con punto de referencia un marco doctrinal bien fundado, que
garantizara su justa orientación y aclarara su razón normativa. Con este
fin, la Congregación par la Doctrina de la Fe, simultáneamente a la
susodicha Instrucción, publica una Nota doctrinal sobre la gracia de la
curación y las oraciones para obtenerla.
I. ASPECTOS DOCTRINALES
Enfermedad y curación: su sentido y valor en la economía de la salvación
"El hombre está llamado a la alegría, pero experimenta diariamente
tantísimas formas de sufrimiento y de dolor".(1) Por eso el Señor, al
prometer la redención, anuncia el gozo del corazón unido a la liberación del
sufrimiento (cf. Is 30,29; 35,10; Ba 4,29). En efecto, Él es "aquel que
libra de todo mal" (Sab 16, 8). Entre los sufrimientos, aquellos que
acompañan la enfermedad son una realidad continuamente presente en la
historia humana, y son también parte del profundo deseo del hombre de ser
liberado de todo mal. Pero la enfermedad se manifiesta con un carácter
ambivalente, ya que por una parte se presenta como un mal cuya aparición en
la historia está vinculada al pecado y del cual se anhela la salvación, y
por otra parte puede llegar a ser medio de victoria contra el pecado.
En el Antiguo Testamento, "Israel experimenta que la enfermedad, de una
manera misteriosa, se vincula al pecado y al mal". (2) Entre los castigos
con los cuales Dios amenazaba al pueblo por su infidelidad, encuentran un
amplio espacio las enfermedades (cf. Dt 28, 21-22.27-29.35). El enfermo que
implora de Dios la curación confiesa que ha sido justamente castigado por
sus pecados (cf. Sal 37[38]; 40[41]; 106[107], 17-21).
Pero la enfermedad hiere también a los justos, y el hombre se pregunta el
porqué. En el libro de Job este interrogante atraviesa muchas de sus
páginas. "Si es verdad que el sufrimiento tiene un sentido como castigo
cuando está unido a la culpa, no es verdad, por el contrario, que todo
sufrimiento sea consecuencia de la culpa y tenga carácter de castigo. La
figura del justo Job es una prueba elocuente en el Antiguo Testamento… Si el
Señor consiente en probar a Job con el sufrimiento, lo hace para demostrar
su justicia. El sufrimiento tiene carácter de prueba".(3)
La enfermedad, aún teniendo aspectos positivos en cuanto demostración de la
fidelidad del justo y medio para compensar la justicia violada por el
pecado, y también como ocasión para que el pecador se arrepienta y recorra
el camino de la conversión, sigue siendo un mal. Por eso el profeta anuncia
un tiempo futuro en el cual no habrá desgracias ni invalidez, ni el curso de
la vida será jamás truncado por la enfermedad mortal (cf. Is 35, 5-6; 65,
19-20).
Sin embargo, es en el Nuevo Testamento donde encontramos una respuesta plena
a la pregunta de por qué la enfermedad hiere también al justo. En su
actividad pública, la relación de Jesús con los enfermos no es esporádica,
sino constante. Él cura a muchos de manera admirable, hasta el punto de que
las curaciones milagrosas caracterizan su actividad: "Jesús recorría todas
las ciudades y aldeas; enseñando en sus sinagogas, proclamando la Buena
Nueva del Reino y sanado toda enfermedad y toda dolencia" (Mt 9, 35; cf. 4,
23). Las curaciones son signo de su misión mesiánica (cf. Lc 7, 20-23).
Ellas manifiestan la victoria del Reino de Dios sobre todo tipo de mal y se
convierten en símbolo de la curación del hombre entero, cuerpo y alma. En
efecto, sirven para demostrar que Jesús tiene el poder de perdonar los
pecados (cf. Mc 2, 1-12), y son signo de los bienes salvíficos, como la
curación del paralítico de Bethesda (cf. Jn 5, 2-9.19.21) y del ciego de
nacimiento (cf. Jn 9).
También la primera evangelización, según las indicaciones del Nuevo
testamento, fue acompañada de numerosas curaciones prodigiosas que
corroboraban la potencia del anuncio evangélico. Ésta había sido la promesa
hecha por Jesús resucitado, y las primeras comunidades cristianas veían su
cumplimiento en medio de ellas: "Estas son las señales que acompañarán a los
que crean: (…) impondrán las manos sobre los enfermos y se pondrán bien" (Mc
16, 17-18). La predicación de Felipe en Samaría fue acompañada por
curaciones milagrosas: "Felipe bajó a una ciudad de Samaría y les predicaba
a Cristo. La gente escuchaba con atención y con un mismo espíritu lo que
decía Felipe, porque le oían y veían las señales que realizaba; pues de
muchos posesos salían los espíritus inmundos dando grandes voces, y muchos
paralíticos y cojos quedaron curados" (Hch 8, 5-7). San Pablo presenta su
anuncio del Evangelio como caracterizado por signos y prodigios realizados
con la potencia del Espíritu: "Pues no me atreveré a hablar de cosa alguna
que Cristo no haya realizado por medio de mí para conseguir la obediencia de
los gentiles, de palabra y de obra, en virtud de señales y prodigios, en
virtud del Espíritu de Dios" (Rm 15, 18-19; cf. 1 Ts 1, 5; 1 Co 2, 4-5). No
es en absoluto arbitrario suponer que tales signos y prodigios,
manifestaciones de la potencia divina que asistía la predicación, estaban
constituidos en gran parte por curaciones portentosas. Eran prodigios que no
estaban ligados exclusivamente a la persona del Apóstol, sino que se
manifestaban también por medio de los fieles: "El que os otorga, pues, el
Espíritu y obra milagros entre vosotros, ¿lo hace porque observáis la ley o
porque tenéis fe en la predicación" (Ga 3, 5).
La victoria mesiánica sobre la enfermedad, así como sobre otros sufrimientos
humanos, no se da solamente a través de su eliminación por medio de
curaciones portentosas, sino también por medio del sufrimiento voluntario e
inocente de Cristo en su pasión y dando a cada hombre la posibilidad de
asociarse a ella. En efecto, "el mismo Cristo, que no cometió ningún pecado,
sufrió en su pasión penas y tormentos de todo tipo, e hizo suyos los dolores
de todos los hombres: cumpliendo así lo que de Él había escrito el profeta
Isaías (cf. Is 53, 4-5)".(4) Pero hay más: "En la cruz de Cristo no sólo se
ha cumplido la redención mediante el sufrimiento, sino que el mismo
sufrimiento humano ha quedado redimido. (…) Llevando a efecto la redención
mediante el sufrimiento, Cristo ha elevado juntamente el sufrimiento humano
a nivel de redención. Consiguientemente, todo hombre, en su sufrimiento,
puede hacerse también partícipe del sufrimiento redentor de Cristo". (5)
La Iglesia acoge a los enfermos no solamente como objeto de su cuidado
amoroso, sino también porque reconoce en ellos la llamada "a vivir su
vocación humana y cristiana y a participar en el crecimiento del Reino de
Dios con nuevas modalidades, incluso más valiosas. Las palabras del apóstol
Pablo han de convertirse en su programa de vida y, antes todavía, son luz
que hace resplandecer a sus ojos el significado de gracia de su misma
situación: "Completo en mi carne lo que falta a las tribulaciones de Cristo,
en favor de su Cuerpo, que es la Iglesia" (Col 1, 24). (6) Precisamente
haciendo este descubrimiento, el apóstol alcanzó la alegría: "Ahora me
alegro por los padecimientos que soporto por vosotros" (Col 1, 24)". Se
trata del gozo pascual, fruto del Espíritu Santo. Y, como San Pablo, también
"muchos enfermos pueden convertirse en portadores del "gozo del Espíritu
Santo en medio de muchas tribulaciones" (1 Ts 1, 6) y ser testigos de la
Resurrección de Jesús".(7)
2. El deseo de curación y la oración para obtenerla.
Supuesta la aceptación de la voluntad de Dios, el deseo del enfermo de
obtener la curación es bueno y profundamente humano, especialmente cuando se
traduce en la oración llena de confianza dirigida a Dios. A ésta exhorta el
Sirácida: "Hijo, en tu enfermedad no te deprimas, sino ruega al Señor, que
él te curará" (Si 38, 9). Varios salmos constituyen una súplica por la
curación (cf. Sal 6, 37[38]; 40[41]; 87[88]).
Durante la actividad pública de Jesús, muchos enfermos se dirigen a Él, ya
sea directamente o por medio de sus amigos o parientes, implorando la
restitución de la salud. El Señor acoge estas súplicas y los Evangelios no
contienen la mínima crítica a tales peticiones. El único lamento del Señor
tiene qué ver con la eventual falta de fe: "¡Qué es eso de si puedes! ¡Todo
es posible para quien cree!" (Mc 9, 23; cf. Mc 6, 5-6; Jn 4, 48).
No solamente es loable la oración de los fieles individuales que piden la
propia curación o la de otro, sino que la Iglesia en la liturgia pide al
Señor la curación de los enfermos. Ante todo, dispone de un sacramento
"especialmente destinado a reconfortar a los atribulados por la enfermedad:
la Unción de los enfermos".(8) "En él, por medio de la unción, acompañada
por la oración de los sacerdotes, la Iglesia encomienda los enfermos al
Señor sufriente y glorificado, para que les dé el alivio y la salvación".
(9) Inmediatamente antes, en la Bendición del óleo, la Iglesia pide:
"infunde tu santa bendición, para que cuantos reciban la unción con este
óleo sean confortados en el cuerpo, en el alma y en el espíritu, y sean
liberados de todo dolor, de toda debilidad y de toda dolencia"; (10) y más
tarde, en los dos primeros formularios de oración después de la unción, se
pide la curación del enfermo.(11) Ésta, puesto que el sacramento es prenda y
promesa del reino futuro, es también anuncio de la resurrección, cuando "no
habrá ya muerte ni habrá llanto, ni gritos ni fatigas, porque el mundo viejo
ha pasado" (Ap 21, 4). Además, el Missale Romanum contiene una Misa pro
infirmis y en ella, junto a las gracias espirituales, se pide la salud de
los enfermos.(12)
En el De benedictionibus del Rituale Romanum, existe un Ordo benedictionis
infirmorum, en el cual hay varios textos eucológicos que imploran la
curación: en el segundo formulario de las Preces (13), en las cuatro
Orationes benedictionis pro adultis, (14) en las dos Orationes benedictionis
pro pueris, (15) en la oración del Ritus brevior (16).
Obviamente, el recurso a la oración no excluye, sino que al contrario anima
a usar los medios naturales para conservar y recuperar la salud, así como
también incita a los hijos de la Iglesia a cuidar a los enfermos y a
llevarles alivio en el cuerpo y en el espíritu, tratando de vencer la
enfermedad. En efecto, "es parte del plan de Dios y de su providencia que el
hombre luche con todas sus fuerzas contra la enfermedad en todas sus
manifestaciones, y que se emplee, por todos los medios a su alcance, para
conservarse sano". (17)
3. El carisma de la curación en el Nuevo Testamento.
No solamente las curaciones prodigiosas confirmaban la potencia del anuncio
evangélico en los tiempos apostólicos, sino que el mismo Nuevo Testamento
hace referencia a una verdadera y propia concesión hecha por Jesús a los
Apóstoles y a otros primeros evangelizadores de un poder para curar las
enfermedades. Así, en el envío de los Doce a su primera misión, según las
narraciones de Mateo y Lucas, el Señor les concede "poder sobre los
espíritus inmundos para expulsarlos, y para curar toda enfermedad y toda
dolencia" (Mt 10, 1; cf. Lc 9, 1), y les da la orden: "curad enfermos,
resucitad muertos, purificad leprosos, expulsad demonios" (Mt 10, 8).
También en la misión de los Setenta y dos discípulos, la orden del Señor es:
"curad a los enfermos que encontréis" (Lc 10, 9). El poder, por lo tanto,
viene conferido dentro de un contexto misionero, no para exaltar sus
personas, sino para confirmar la misión.
Los Hechos de los Apóstoles hacen referencia en general a prodigios
realizados por ellos: "los Apóstoles realizaban muchos prodigios y señales"
(Hch 2, 43; cf. 5, 12). Eran prodigios y señales, o sea, obras portentosas
que manifestaban la verdad y la fuerza de su misión. Pero, aparte de estas
breves indicaciones genéricas, los Hechos hacen referencia sobre todo a
curaciones milagrosas realizadas por obra de evangelizadores individuales:
Esteban (cf. Hch 6, 8), Felipe (cf. Hch 8, 6-7), y sobre todo Pedro (cf. Hch
3, 1-10; 5, 15; 9, 33-34.40-41) y Pablo (cf. Hch 14, 3.8-10; 15, 12; 19,
11-12; 20, 9-10; 28, 8-9).
Tanto el final del Evangelio de Marcos como la carta a los Gálatas, como se
ha visto más arriba, amplían la perspectiva y no limitan las curaciones
milagrosas a la actividad de los Apóstoles o de a algunos evangelizadores
con un papel de relieve en la primera misión. Bajo este aspecto, adquieren
especial importancia las referencias a los "carismas de curación" (cf. 1 Co
12, 9.28.30). El significado de carisma es, en sí mismo, muy amplio:
significa "don generoso"; y en este caso se trata de "dones de curación ya
obtenidos". Estas gracias, en plural, son atribuidas a un individuo (cf. Co
12,9); por lo tanto, no se pueden entender en sentido distributivo, como si
fueran curaciones que cada uno de los beneficiados obtiene para sí mismo,
sino como un don concedido a una persona para que obtenga las gracias de
curación en favor de los demás. Ese don se concede in uno Spiritu, pero no
se especifica cómo aquella persona obtiene las curaciones. No es arbitrario
sobreentender que lo hace por medio de la oración, tal vez acompañada de
algún gesto simbólico.
En la Carta de Santiago se hace referencia a una intervención de la Iglesia,
por medio de los presbíteros, en favor de la salvación de los enfermos,
entendida también en sentido físico. Sin embargo, no se da a entender que se
trate de curaciones prodigiosas; nos encontramos en un ámbito diferente al
de los "carismas de curación" de 1 Co 12, 9. "¿Está enfermo alguno entre
vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia, que oren sobre él y le
unjan con óleo en el nombre del Señor. Y la oración de la fe salvará al
enfermo y el Señor lo levantará, y si hubiera cometido pecados, le serán
perdonados" (St 5, 14-15). Se trata de una acción sacramental: unción del
enfermo con aceite y oración sobre él, no simplemente "por él", como si no
fuera más que una oración de intercesión o de petición; se trata más bien de
una acción eficaz sobre el enfermo.(18) Los verbos "salvará" y "levantará"
no sugieren una acción dirigida exclusivamente, o sobre todo, a la curación
física, pero en un cierto modo la incluyen. El primero verbo, aunque en las
otras ocasiones en aparece en la Carta se refiere a la salvación espiritual
(cf. 1, 21; 2, 14; 4, 12; 5, 20), en el Nuevo Testamento se usa también en
el sentido de curar (cf. Mt 9, 21; Mc 5, 28.34; 6, 56; 10, 52; Lc 8, 48); el
segundo verbo, aunque asume a veces el sentido de "resucitar" (cf. Mt 10, 8;
11, 5; 14, 2), también se usa para indicar el gesto de "levantar" a la
persona postrada a causa de una enfermedad, curándola milagrosamente (cf. Mt
9, 5; Mc 1, 31; 9, 27; Hch 3, 7).
4. Las oraciones litúrgicas para obtener de Dios la curación en la
Tradición.
Los Padres de la Iglesia consideraban algo normal que los creyentes pidieran
a Dios no solamente la salud del alma, sino también la del cuerpo. A
propósito de los bienes de la vida, de la salud y de la integridad física,
San Agustín escribía: "Es necesario rezar para que nos sean conservados,
cuando se tienen, y que nos sean concedidos, cuando no se tienen". (19) El
mismo Padre de la Iglesia nos ha dejado un testimonio acerca de la curación
de un amigo, obtenida en su casa por medio de las oraciones de un Obispo, de
un sacerdote y de algunos diáconos.(20)
La misma orientación se observa en los ritos litúrgicos tanto occidentales
como orientales. En una oración después de la comunión se pide que "el poder
de este sacramento… nos colme en el cuerpo y en el alma" (21). En la solemne
acción litúrgica del Viernes Santo se invita a orar a Dios Padre omnipotente
para que "aleje las enfermedades… conceda la salud a los enfermos" (22).
Entre los textos más significativos se señala el de la bendición del óleo
para los enfermos. Aquí se pide a Dios que infunda su santa bendición "para
que cuantos reciban la unción con este óleo obtengan la salud del cuerpo,
del alma y del espíritu, y sean liberados de toda dolencia, debilidad y
sufrimiento"(23).
No son diferentes las expresiones que se leen en los ritos orientales de la
unción de los enfermos. Recordamos solamente algunas entre las más
significativas. En el rito bizantino, durante la unción del enfermo, se
dice: "Padre Santo, médico de las almas y de los cuerpos, que has mandado a
tu Unigénito Hijo Jesucristo a curar toda enfermedad y a librarnos de la
muerte, cura también a este siervo tuyo de la enfermedad de cuerpo y del
espíritu que ahora lo aflige, por la gracia de tu Cristo"(24). En el rito
copto se invoca al Señor para que bendiga el óleo a fin de que todos
aquellos que reciban la unción puedan obtener la salud del espíritu y del
cuerpo. Más adelante, durante la unción del enfermo, los sacerdotes, después
de haber hecho mención a Jesucristo, que fue enviado al mundo "para curar
todas las enfermedades a librar de la muerte", piden a Dios que "cure al
enfermo de la dolencia del cuerpo y que le conceda caminar por la vía de la
rectitud" (25).
5. Implicaciones doctrinales del "carisma de curación" en el contexto actual
Durante los siglos de la historia de la Iglesia no han faltado santos
taumaturgos que han operado curaciones milagrosas. El fenómeno, por lo
tanto, no se limita a los tiempos apostólicos; sin embargo, el llamado
"carisma de curación" acerca del cual es oportuno ofrecer ahora algunas
aclaraciones doctrinales, no se cuenta entre esos fenómenos taumatúrgicos.
La cuestión se refiere más bien a los encuentros de oración organizados
expresamente para obtener curaciones prodigiosas entre los enfermos
participantes, o también a las oraciones de curación que se tienen al final
de la comunión eucarística con el mismo propósito.
Las curaciones ligadas a lugares de oración (santuarios, recintos donde se
custodian reliquias de mártires o de otros santos, etc.) han sido
testimoniadas abundantemente a través de la historia de la Iglesia. Ellas
contribuyeron a popularizar, en la antigüedad y en el medioevo, las
peregrinaciones a algunos santuarios que, también por esta razón, se
hicieron famosos, como el de San Martín de Tours o la catedral de Santiago
de Compostela, y tantos otros. También actualmente sucede lo mismo, como por
ejemplo en Lourdes, desde hace más de un siglo. Tales curaciones no implican
un "carisma de curación", ya que no pueden atribuirse a un eventual sujeto
de tal carisma, sin embargo, es necesario tener cuenta de las mismas cuando
se trate de evaluar doctrinalmente los ya mencionados encuentros de oración.
Por lo que se refiere a los encuentros de oración con el objetivo preciso de
obtener curaciones —objetivo que, aunque no sea prevalente, al menos
ciertamente influye en la programación de los encuentros—, es oportuno
distinguir entre aquellos que pueden hacer pensar en un "carisma de
curación", sea verdadero o aparente, o los otros que no tienen ninguna
conexión con tal carisma. Para que puedan considerarse referidos a un
eventual carisma, es necesario que aparezca determinante para la eficacia de
la oración la intervención de una o más personas individuales o
pertenecientes a una categoría cualificada, como, por ejemplo, los
dirigentes del grupo que promueve el encuentro. Si no hay conexión con el
"carisma de curación", obviamente, las celebraciones previstas en los libros
litúrgicos, realizadas en el respeto de las normas litúrgicas, son lícitas,
y con frecuencia oportunas, como en el caso de la Misa pro infirmis. Si no
respetan las normas litúrgicas, carecen de legitimidad.
En los santuarios también son frecuentes otras celebraciones que por sí
mismas no están orientadas específicamente a pedirle a Dios gracias de
curaciones, y sin embargo, en la intención de los organizadores y de los
participantes, tienen como parte importante de su finalidad la obtención de
la curación; se realizan por esta razón celebraciones litúrgicas, como por
ejemplo, la exposición de Santísimo Sacramento con la bendición, o no
litúrgicas, sino de piedad popular, animada por la Iglesia, como la
recitación solemne del Rosario. También estas celebraciones son legítimas,
siempre que no se altere su auténtico sentido. Por ejemplo, no se puede
poner en primer plano el deseo de obtener la curación de los enfermos,
haciendo perder a la exposición de la Santísima Eucaristía su propia
finalidad; ésta, en efecto, "lleva a los fieles a reconocer en ella la
presencia admirable de Cristo y los invita a la unión de espíritu con Él,
unión que encuentra su culmen en la Comunión sacramental".(26)
El "carisma de curación" no puede ser atribuido a una determinada clase de
fieles. En efecto, queda bien claro que San Pablo, cuando se refiere a los
diferentes carismas en 1 Co 12, no atribuye el don de los "carismas de
curación" a un grupo particular, ya sea el de los apóstoles, el de los
profetas, el de los maestros, el de los que gobiernan o el de algún otro; es
otra, al contrario, la lógica la que guía su distribución: "Pero todas estas
cosas las obra un mismo y único Espíritu, distribuyéndolas a cada uno en
particular según su voluntad" (1 Co 12, 11). En consecuencia, en los
encuentros de oración organizados para pedir curaciones, sería arbitrario
atribuir un "carisma de curación" a una cierta categoría de participantes,
por ejemplo, los dirigentes del grupo; no queda otra opción que la de
confiar en la libérrima voluntad del Espíritu Santo, el cual dona a algunos
un carisma especial de curación para manifestar la fuerza de la gracia del
Resucitado. Sin embargo, ni siquiera las oraciones más intensas obtiene la
curación de todas las enfermedades. Así, el Señor dice a San Pablo: "Mi
gracia te basta, que mi fuerza se muestra perfecta en la flaqueza" (2 Co 12,
9); y San Pablo mismo, refiriéndose al sentido de los sufrimientos que hay
que soportar, dirá "completo en mi carne lo que falta a las tribulaciones de
Cristo, en favor de su Cuerpo, que es la Iglesia" (Col 1, 24).
II. ASPECTOS DISCIPLINARES
Art. 1 – Los fieles son libres de elevar oraciones a Dios para obtener la
curación. Cuando éstas se realizan en la Iglesia o en otro lugar sagrado, es
conveniente que sean guiadas por un sacerdote o un diácono.
Art. 2 – Las oraciones de curación son litúrgicas si aparecen en los libros
litúrgicos aprobados por la autoridad competente de la Iglesia; de lo
contrario no son litúrgicas.
Art. 3 - § 1. Las oraciones litúrgicas de curación deben ser celebradas de
acuerdo con el rito prescrito y con las vestiduras sagradas indicadas en el
Ordo benedictionis infirmorum del Rituale Romanum. (27)
§ 2. Las Conferencias Episcopales, conforme con lo establecido en los
Prenotanda, V, De aptationibus quae Conferentiae Episcoporum competunt, (28)
del mismo Rituale Romanum, pueden introducir adaptaciones al rito de las
bendiciones de los enfermos, que se retengan pastoralmente oportunas o
eventualmente necesarias, previa revisión de la Sede Apostólica.
Art. 4 - § 1. El Obispo diocesano (29) tiene derecho a emanar normas para su
Iglesia particular sobre las celebraciones litúrgicas de curación, de
acuerdo con el can. 838 § 4.
§ 2. Quienes preparan los mencionados encuentros litúrgicos, antes de
proceder a su realización, deben atenerse a tales normas.
§ 3. El permiso debe ser explícito, incluso cuando las celebraciones son
organizadas o cuentan con la participación de Obispos o Cardenales de la
Santa Iglesia Romana. El Obispo diocesano tiene derecho a prohibir tales
acciones a otro Obispo, siempre que subsista una causa justa y
proporcionada.
Art. 5 - § 1. Las oraciones de curación no litúrgicas se realizan con
modalidades distintas de las celebraciones litúrgicas, como encuentros de
oración o lectura de la Palabra de Dios, sin menoscabo de la vigilancia del
Ordinario del lugar, a tenor del can. 839 § 2.
§ 2. Evítese cuidadosamente cualquier tipo de confusión entre estas
oraciones libres no litúrgicas y las celebraciones litúrgicas propiamente
dichas.
§ 3. Es necesario, además, que durante su desarrollo no se llegue, sobre
todo por parte de quienes los guían, a formas semejantes al histerismo, a la
artificiosidad, a la teatralidad o al sensacionalismo.
Art. 6 – El uso de los instrumentos de comunicación social, en particular la
televisión, mientras se desarrollan las oraciones de curación, litúrgicas o
no litúrgicas, queda sometido a la vigilancia del Obispo diocesano, de
acuerdo con el can. 823, y a las normas establecidas por la Congregación
para la Doctrina de la Fe en la Instrucción del 30 de marzo de 1992.(30)
Art. 7 - § 1. Manteniéndose lo dispuesto más arriba en el art. 3, y salvas
las funciones para los enfermos previstas en los libros litúrgicos, en la
celebración de la Santísima Eucaristía, de los Sacramentos y de la Liturgia
de las Horas no se deben introducir oraciones de curación, litúrgicas o no
litúrgicas.
§ 2. Durante las celebraciones, a las que hace referencia el § 1, se da la
posibilidad de introducir intenciones especiales de oración por la curación
de los enfermos en la oración común o "de los fieles", cuando ésta sea
prevista.
Art. 8 - § 1. El ministerio del exorcistado debe ser ejercitado en estrecha
dependencia del Obispo diocesano, y de acuerdo con el can. 1172, la Carta de
la Congregación para la Doctrina de la Fe del 29 de septiembre de 1985 (31)
y el Rituale Romanum. (32)
§ 2. Las oraciones de exorcismo, contenidas en el Rituale Romanum, debe
permanecer distintas de las oraciones usadas en las celebraciones de
curación, litúrgicas o no litúrgicas.
§ 3. Queda absolutamente prohibido introducir tales oraciones en la
celebración de la Santa Misa, de los Sacramentos o de la Liturgia de las
Horas.
Art. 9 – Quienes guían las celebraciones, litúrgicas o no, se deben esforzar
por mantener un clima de serena devoción en la asamblea y usar la prudencia
necesaria si se produce alguna curación entre los presentes; concluida la
celebración, podrán recoger con simplicidad y precisión los eventuales
testimonios y someter el hecho a la autoridad eclesiástica competente.
Art. 10 – La intervención del Obispo diocesano es necesaria cuando se
verifiquen abusos en las celebraciones de curación, litúrgicas o no
litúrgicas, en caso de evidente escándalo para comunidad de fieles y cuando
se produzcan graves desobediencias a las normas litúrgicas e disciplinares.
El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en el curso de la audiencia concedida al
Prefecto, ha aprobado la presente Instrucción, decidida en la reunión
ordinaria de esta Congregación, y ha ordenado su publicación.
Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 14 de
semptiembre de 2000, Fiesta de la Exaltacion de la Cruz.
+ Ioseph Card. RATZINGER
Prefecto
+ Tarcisio BERTONE, S.D.B.
Arzobispo emérito de Vercelli
Secretario
NOTAS
(1) JUAN PABLO II, Exhortación Apostólica
Christifideles laici, n. 53, AAS 81(1989), p. 498.
(2) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1502.
(3) JUAN PABLO II, Carta Apostólica Salvificis doloris, n. 11, AAS 76(1984),
p. 212.
(4) Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
instauratum, Auctoritate Pauli PP. VI promulgatum, Ordo Unctionis Infirmorum
eorunque Pastoralis Curae, Edtio tyipica, Typis Polyglottis Vaticanis,
MCMLXXII, n. 2.
(5) JUAN PABLO II, Carta Apostólica Salvificis doloris, n. 19, AAS 76(1984),
p. 225.
(6) JUAN PABLO II, Exhortación Apostólica Christifideles laici, n. 53, AAS
81(1989), p. 499.
(7) Ibid., n. 53.
(8) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1511.
(9) Cf. Rituale Romanum, Ordo Unctionis Infirmorum eorunque Pastoralis
Curae, n. 5.
(10) Ibid., n. 75.
(11) Ibid., n. 77.
(12) Missale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
instauratum, Auctoritate Pauli PP. VI promulgatum, Edtio typica altera,
Typis Polyglottis Vaticanis, MCMLXXV, pp. 838-839.
(13) Cf. Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii
Vaticani II instauratum, Auctoritate Ioannis Pauli PP. II promulgatum, De
Benedictionibus, Edtio tyipica, Typis Polyglottis Vaticanis, MCMLXXXIV, n.
305.
(14) Cf. Ibid., nn. 306-309.
(15) Cf. Ibid., nn. 315-316.
(16) Cf. Ibid., n. 319.
(17) Rituale Romanum, Ordo Unctionis Infirmorum eorunque Pastoralis Curae,
n. 3.
(18) Cf. CONCILIO DE TRENTO, secc. XIV, Doctrina de sacramento estremae
unctionis, cap. 2: DS, 1696.
(19) AUGUSTINUS IPPONIENSIS, Espistulae 130, VI,13 (PL 33,499).
(20) Cf. AUGUSTINUS IPPONIENSIS, De Civitate Dei, 22, 8,3 (= PL 41,762-763).
(21) Cf. Missale Romanum, p. 563.
(22) Ibid., Oratio universalis, n. X (Pro tribulatis, p. 256).
(23) Rituale Romanum, Ordo Unctionis Infirmorum eorunque Pastoralis Curae,
n. 75.
(24) GOAR J., Euchologion sive Rituale Grecorum, Venetiis 1730, (Graz 1960),
n. 338.
(25) DENZINGER H., Ritus Orientalium in administrandis Sacramentis, vv.
I-II, Würzburg 1863 (Graz 1961), v. II, pp. 497-498.
(26) Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
instauratum, Auctoritate Pauli PP. VI promulgatum, De Sacra Communione et de
Cultu Mysterii Eucharistici Extra Missam, Edtio tyipica, Typis Polyglottis
Vaticanis, MCMLXXIII, n. 82.
(27) Cf. Rituale Romanum, De Benedictionibus, nn. 290-320.
(28) Ibid., n. 39.
(29) Y los que a él se equiparan, de acuerdo con el can. 381, § 2.
(30) Congregación Para La Doctrina De La Fe, Instrucción El Concilio
Vaticano II, acerca de algunos aspectos del uso de los instrumentos de
comunicación social en la promoción de la doctrina de la fe, 30 de marzo de
1992, Ciudad del Vaticano [1992].
(31) Congregatio Pro Doctrina Fidei, Epistula Inde ab aliquot annis,
Ordinariis locorum missa: in mentem normae vigentes de exorcismis revocatur,
29 septembris 1985, in AAS 77(1985), pp. 1169-1170.
(32) Cf. Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii
Vaticani II instauratum, Auctoritate Ioannis Pauli PP. VI promulgatum, De
exorcismis et supplicationibus quibusdam, Edtio tyipica, Typis Polyglottis
Vaticanis, MIM, Praenotanda, nn. 13-19.