Sí a la dignidad de la persona y a la biomedicina
Monseñor Juan Antonio Martínez Camino
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Artículo
escrito por monseñor Juan Antonio Martínez Camino, obispo auxiliar de Madrid
y secretario general de la Conferencia Episcopal Española, que con el título
"Sí a la dignidad de la persona y a la biomedicina. Nueva palabra de la
Iglesia", comenta la instrucción de la Congregación para la Doctrina de la
Fe "Dignitas personae. Sobre algunas cuestiones de bioética".
"La dignidad de la persona (dignitas personae) ha de serle reconocida a cada
ser humano desde su concepción hasta su muerte natural". Así comienza la
Instrucción Dignitas personae sobre algunas cuestiones de bioética, de la
Congregación para la Doctrina de la Fe, publicada el 12 de diciembre de
2008, siguiendo lo ordenado por el Papa Benedicto XVI el 20 de junio del
mismo año. Se trata de un principio fundamental que parece evidente: todo
ser humano es persona y como tal ha de ser tratado siempre.
Sin embargo, las capacidades que la ciencia médica ha ido adquiriendo en los
últimos años en lo referente al origen de la vida, a las células madre y al
genoma son tan fascinantes, que buena parte de quienes trabajan en estos
campos y de los posibles beneficiarios de sus trabajos se hallan como
hechizados por las nuevas posibilidades reales o soñadas y encuentran serias
dificultades para reconocer en la práctica la dignidad personal de todo ser
humano. La nueva palabra de la Iglesia sobre la dignidad de la persona no
viene a obstaculizar el desarrollo de la ciencia ni sus aplicaciones
terapéuticas. Por el contrario, viene a ayudar a la formación de la
conciencia de los fieles cristianos y de todos los que buscan la verdad, de
modo que la biomedicina, superando la fascinación ejercida por sus grandes
poderes, no amenace ni lesione la dignidad humana, sino que progrese en
favor del bien completo de cada ser humano y de la humanidad.
Hace algo más de veinte años, en 1987, la Congregación para la Doctrina de
la Fe había publicado la Instrucción sobre el respeto a la vida humana
naciente y la dignidad de la procreación conocida como Donum vitae. La
Instrucción Dignitas personae aplica a algunas situaciones nuevas los
principios básicos sentados en Donum vitae.
En el origen de la dificultad experimentada en el campo de la biomedicina
para reconocer a todo ser humano su dignidad de persona y para tratarlo como
corresponde están las prácticas de fecundación in vitro que se vienen
realizando desde 1978 (en España, desde 1984). Tales prácticas han dado
lugar a miles de los llamados "niños-probeta". Estos niños (hoy muchos, ya
adultos) son, naturalmente, seres humanos dotados de la dignidad propia de
la persona. El problema no son ellos. El problema radica en lo que se ha
hecho con ellos para traerlos al mundo. Donum vitae lo denunció con
precisión: la fecundación in vitro es una acción técnica de unos
profesionales (todo lo bien intencionados que se quiera) que sustituye al
acto personal de los padres. Dicho de otro modo: la fecundación in vitro
suplanta la procreación, poniendo en su lugar la producción de los niños y
eso es algo de por sí injusto. Porque producir niños es tratarlos como si
fueran objetos, es cosificarlos. Lo justo, en cambio, es que los seres
humanos sean convocados a la existencia de modo acorde con su condición de
sujetos, iguales en dignidad a los padres. Esto es precisamente lo que
sucede en el abrazo conyugal, por ser un acto plenamente personal, ya que
consiste solamente en la entrega de los progenitores el uno al otro en
cuerpo y alma. Los padres se relacionan de este modo con su hijo como con un
don que reciben de su mutua entrega y no como con un producto que consiguen
por medio de determinadas técnicas instrumentales.
Se comprende, pues, que la producción de niños en los laboratorios lleve
consigo una mentalidad utilitarista tendente a valorar los "productos" de
tales técnicas no como seres dotados de dignidad personal, sino como
elementos susceptibles de alguna utilidad. Es exactamente lo que ha sucedido
con los miles y miles de embriones congelados y almacenados en los centros
de reproducción, que son vistos como "materiales biológicos" colaterales de
las prácticas de fecundación in vitro a los que sería necesario dar alguna
utilidad, antes de deshacerse de ellos. En este contexto se han planteado en
los últimos años problemas nuevos a los que da respuesta la Instrucción Dignitas
personae. Mencionamos algunos de ellos.
1. En contra de lo que algunos pronosticaban, la fecundación in vitro
produce cada vez más embriones "sobrantes" que se acumulan en los tanques de
congelación. ¿Qué hacer con ellos? Como se trata de seres humanos
incipientes, la Dignitas personae (número 19) advierte que es claramente
inaceptable destruirlos utilizándolos como si fueran mero material biológico
para la investigación o la terapia. Tal acción comporta "la misma valoración
moral del aborto" (34b). También considera inaceptable que sean ofrecidos a
quienes acuden a los centros de reproducción en busca de descendencia,
puesto que de este modo se actúa con la misma lógica de producción de seres
humanos que guió la conducta de quienes los fecundaron, agravada, en este
caso, con la actuación al margen del matrimonio: fecundación heteróloga y
maternidad subrogada (19c). La llamada "adopción prenatal", propugnada por
algunos católicos con la buena intención de salvar esas vidas congeladas,
presenta los mismos problemas éticos que la fecundación heteróloga y la
maternidad subrogada y, por tanto, tampoco es aceptable (19d).
La Instrucción dedica bastante espacio (números 19b, 32 y 34-35) a la
valoración moral que se ha de dar a distintas acciones según el método por
el que se obtienen células procedentes de embriones para investigar con
ellas y para la terapia con células madre. Resulta claro que extraerlas de
embriones vivos comporta su destrucción y es, por tanto, éticamente
inaceptable (19b, 32b y 34b). Más compleja es la situación cuando las
células se extraen de embriones muertos o cuando ya se hallan disponibles en
el comercio. Dignitas personae enseña
que, los embriones descongelados y no reactivados no pueden ser considerados
como simples cadáveres (19b), como si no fueran el fruto de acciones y
legislaciones ilícitas con las que se entraría en complicidad - con el
escándalo consiguiente - si se emplearan para la investigación células
procedentes de ellos (35). La situación es semejante cuando se utilizan
células de procedencia ilícita, aun cuando hayan sido obtenidas en otro
centro de modo independiente. "El criterio de independencia no es suficiente
para evitar una contradicción en la actitud de quienes dicen desaprobar las
injusticias cometidas por otros (los que producen, congelan y dan muerte a
los embriones), pero al mismo tiempo aceptan para su trabajo el ‘material
biológico' que otros obtienen mediante tales injusticias" (35b). No
obstante, la Instrucción afirma también que, en estos casos, "existen
diferentes grados de responsabilidad", e incluso que "razones de particular
gravedad podrían ser moralmente proporcionadas como para justificar el uso
de ese ‘material biológico'" (35d).
¿Qué se puede, pues, hacer con los millares de embriones congelados?
Dignitas personae afirma que se trata de "una situación de injusticia que es
de hecho irreparable" (19e). Es, por tanto, urgente detener su producción y
congelación.
2. También en conexión con las técnicas de fecundación artificial, se ha
extendido la práctica del diagnóstico genético de los embriones antes de su
traslado al seno materno "con el objeto de trasladar a la madre sólo
embriones sin defectos o con un sexo determinado o con algunas cualidades
particulares" (22). Esta práctica, llamada diagnóstico preimplantatorio,
lleva consigo la eliminación de los embriones "sospechosos" de no poseer las
características deseadas. Es una técnica habitualmente utilizada en la
reproducción artificial y, en particular, en el caso de que se desee el
nacimiento de un niño cuyas células o tejidos no generen rechazo al ser
transplantadas a otra persona: los llamados "bebés-medicamento". La
Instrucción detecta en estos procedimientos una "mentalidad eugenésica" que
- según la expresión de Juan Pablo II, en la encíclica Evangelium
vitae - "es ignominiosa y
totalmente reprobable, porque pretende medir el valor de una vida humana
siguiendo sólo parámetros de ‘normalidad' y de bienestar físico, abriendo
así el camino a la legitimación incluso del infanticidio y de la eutanasia".
3. La terapia génica (números 25 y 26), en cambio, puede ser realizada en el
contexto de la fecundación in vitro o
no. Se trata de técnicas de ingeniería genética cuya finalidad es curar
enfermedades originadas en los genes y, por tanto hereditarias, aunque
recientemente también se intenta aplicarlas a otras patologías, como el
cáncer. Pueden ser aplicadas a células somáticas para restablecer la normal
configuración genética del sujeto. En este caso son, en principio,
moralmente lícitas, si no comportan riesgos excesivos o desproporcionados.
En cambio, en el estado actual de la investigación, no es moralmente
admisible aplicar estas técnicas a las células germinales, pues se corre el
riego de transmitir a la descendencia graves daños. Además, cuando la
terapia génica se aplica al embrión merece también las objeciones éticas que
suscita la fecundación in vitro.
4. La Instrucción Donum vitae mencionaba
ya la clonación de seres humanos como una hipótesis rechazable, por hallarse
en contradicción con "la dignidad tanto de la procreación humana como de la
unión conyugal". Desde que en 1997 se obtuviera por clonación un mamífero
superior - la famosa oveja Dolly - la clonación de humanos ha dejado de ser
una pura hipótesis. Los seres clónicos no tienen padre ni madre, puesto que
no son el fruto de la unión de los gametos de un varón y de una mujer, sino
la copia genética de otro individuo que, por tanto, vendría a ser como un
gemelo asincrónico del clonado. Se trata de una replica forzada del modo
asexuado de reproducción de ciertas plantas y animales inferiores que se
multiplican dividiéndose a sí mismos. La Dignitas personae enseña a este
respecto que "la clonación humana es intrínsecamente ilícita, pues, llevando
hasta el extremo el carácter inmoral de las técnicas de fecundación
artificial" (28d) , no sólo se realiza al margen del acto de recíproca
donación entre los cónyuges, sino, "más radicalmente, sin ningún vínculo con
la sexualidad". La singularidad e integridad de la persona es respetada de
modo pleno sólo por el abrazo conyugal, expresión de un proyecto de amor en
el que los hijos adquieren y cultivan las relaciones humanas básicas de la
filiación y la fraternidad. ¿Quién puede arrogarse el derecho de privar de
estas relaciones a otro ser humano? Es lo que hacen los productores de niños
de un modo extremo en la clonación, pero también, de modos diversos, en
muchas de las otras fórmulas ya más extendidas de reproducción artificial.
La llamada "clonación terapéutica" no persigue el nacimiento de un niño
clónico, sino la creación de embriones clónicos con el objeto de obtener de
ellos células aptas para determinadas terapias. Desde el punto de vista
ético - dice la Dignitas
personae - este tipo de
clonación es "aún más grave" que la reproductiva. Porque comporta la
destrucción del embrión clónico, siendo así que "es gravemente inmoral
sacrificar una vida humana para finalidades terapéuticas" (30a).
La nueva palabra que la Iglesia acaba de pronunciar sobre algunas cuestiones
de bioética no es, como pudiera parecer, una mera colección de negativas.
Quienes lean la Instrucción en su integridad lo podrán comprobar mejor que
en este breve artículo, que se reduce a una escueta presentación de algunos
de los asuntos más polémicos. Lo verdaderamente negativo es la aplicación de
unas técnicas que abusan del ser humano y que le niegan su dignidad de
persona, siempre con el pretexto de mejorar la vida y de curar. La palabra
de la Iglesia viene a desenmascarar los pretextos y las falacias. "Detrás de
cada no brilla, en las fatigas del discernimiento entre el bien y el mal, un
gran sí al reconocimiento de la dignidad y del valor inalienable de cada
singular e irrepetible ser humano llamado a la existencia" (37).