Inconvenientes de la adopción por parejas homosexuales
Diferencia entre adopción y guarda o acogida provisoria.
Creo que entre el público no suele percibirse la diferencia entre ambos institutos.
La adopción no es el único remedio que crea la legislación para paliar la situación de la niñez desamparada. Para ello reconoce y da ciertos efectos legales a las simples situaciones de hecho en que por humana caridad alguien encuentra un niño abandonado y lo cuida. Para el mismo fin crea o autoriza instituciones adecuadas a ese efecto como los hospicios de huérfanos.
Tal cuidado no supone per se el trato de "padre-hijo" entre acogedor y el menor, ya que ese trato es propio de la relación biológica natural. La adopción, precisamente, implica un emplazamiento en el estado de familia de padre y de hijo. Es creación legal, pensando en lo óptimo para el niño huérfano, por el cual se imagina que una familia sustituta podrá tomar el lugar de la que el menor perdió o nunca tuvo. Implica la ruptura de todos los vínculos del niño con sus progenitores de sangre, es irrevocable y establece un nuevo vinculo paterno-filial. Tal vínculo paterno-filial es obviamente una simulación legal paliativa (buena parte de la doctrina jurídica y psicológica considera conveniente no comunicar en lo posible al niño que es adoptado). Para lograrlo, desde siempre la legislación restringió la posibilidad de ser sujeto adoptante a matrimonios legítimos, sin hijos, excluyendo a individuos solteros o uniones de hecho, por más que estos hubieran acogido al niño.
La adopción presupone la existencia y la valoración de la familia.
Convenido que la adopción es un emplazamiento en el estado familiar de hijo, ello presupone una institución familiar valorada como la unidad reproductiva eficiente. No es la menor incongruencia del ideologismo igualitarista monosexual, que quienes subestiman o directamente menosprecian la familia heterosexual con una batería argumentos diversos quieran injertarse ahora en una figura legal imitativa de la relación paterno-filial.
Uno.
Se transgrede el principio II de la declaración universal de los derechos del niño en cuánto establece que al dictar leyes que atañen al niño se tomará exclusivamente el interés de éste como objetivo. Es claro que el agitacionismo sobre el tema responde en cambio al deseo de algunos homosexuales en ser consolados respecto a la imposibilidad biológica de ser padres entre sí y que no satisface ninguna necesidad de la infancia abandonada ya que no hay una oferta insuficiente de matrimonios heterosexuales dispuestos a adoptar, como lo prueba el tráfico ilegal de niños.
Dos.
Implica una discriminación inversa contra los heterosexuales. Es decir no significa poner en vigencia una igualdad sino producir una "igualación". Se le estaría dando a los homosexuales algo que desde siempre se les negó a los heterosexuales solteros o parejas de ese carácter no unidas en matrimonio.
Tres.
Al
poner en entredicho el nexo biológico como factor válido de
adjudicación de paternidad o maternidad se viola el derecho de
la mayoría heterosexual de la sociedad que lo tiene establecido
y preanuncia dramaticamente la próxima acometida del ideologismo
monosexual: prohibir derechamente dicha adjudicación por nexo
biológico, dado que debería argumentarse, siguiendo la
coherencia de ese discurso, que resulta un "privilegio" a favor
de los heterosexuales.
Cuatro.
Se crea un problema, bajo el agitacionismo ideológico, en el que el momentáneo alivio Psicológico que derivaría de la aceptación del concepto "hijos" aplicado a parejas homosexuales no se compensa con los perjuicios que la reacción adversa heterosexual va a provocar una vez que se vayan conociendo en su plenitud -lamentablemente, proceso a largo plazo-los efectos perjudiciales de la adopción homosexual en los niños.
Cinco.
Se origina un factor de división y separación de la pareja homosexual. El nacimiento biológico del niño es un hecho casi consustancial al matrimonio heterosexual y el hijo se acepta por ambos cónyuges, más allá de preferencias por aquél hijo o aquél padre, en función de la adjudicación de roles padre-madre y la clara diferenciación del amor paterno-filial del amor conyugal, junto con el tabú del incesto que evita la desunión familiar por celos originados en el desvío de los roles junto con el poderoso nexo biológico. En la "paternidad" homosexual, al ser producto de un amor indiferenciado, resultan inexistentes los roles de padre y madre, ese amor indiferenciado puede producir preferencias por el "hijo" antes que el otro "cónyuge" y celos de éste que produzcan rupturas, en un tipo de conflictividad por cierto ausente en la familia heterosexual.
Sexto.
Incrementará el tráfico ilegal de niños por aumento de la "demanda" proveniente de los nuevas parejas homosexuales deseosas de adoptar.
Séptimo.
La indiferenciación de roles y de tipos de relación, más la ausencia de nexo biológico llevará a una progresiva culturización contra el tabú del incesto por lo que a mediano y largo plazo producirá una generalización de las prácticas incestuosas en dichas familias (Aclaro, una vez más, por las dudas: lo expuesto no significa decir que los homosexuales sean pederastas).
Octavo.
Eliminará cualquier posibilidad práctica de que el niño no sepa que es adoptado o que recién lo sepa a edad conveniente, conforme lo aconseja una buena parte de la doctrina psicológica y legal.
Noveno.
Se le priva deliberadamente al niño del enriquecedor aporte de la diversidad femenino-masculino de la pareja heterosexual y la adjudicación de roles (no siempre mecánica, por cierto) que de ella deriva: autoridad (padre), afecto (madre). Obviamente, esta afirmación será negada por el ideologismo monosexual ya que éste niega o subestima toda diferencia entre los sexos, psicológicas y físicas.
Décimo.
Crea inmediatos problemas de socialización respecto a los niños que mayoritariamente tienen padres y madres de distinto sexo, utilizándose así a los menores como campo de pruebas de un experimento hasta que la sociedad "acepte" el monosexualismo como principio.
Undecimo.
Introduce prematuramente en el niño el interrogante respecto a sí, a pesar de su sexo, el destino le deparará unir su vida a un individuo del sexo opuesto y tener hijos biológicos o si por el contrario deberá amar a alguien del mismo sexo y no poder tener hijos biológicos. Se producirán sentimientos de rechazo o compasión hacia sus "padres" y eventualmente heterosexualidad contenida en la adolescencia (falsa castidad) para no defraudar al padre homosexual adoptivo por la exteriorización de sus prácticas heterosexuales.
Duodécimo:
Siendo las parejas homosexuales menos estables y firmes que las heterosexuales también se le privará al niño del aparente amparo biparental que se pretende establecer.
Decimotercero:
Todo
hace prever que los niños adoptados en esas condiciones tendrán
importantes problemas de conducta, adaptación, rebeldía,
castidad contenida o sinergia sexual excesiva, etc., pero aclaro
que ningún experimento para determinar que "no serán distintos"
justifica los otros inconvenientes ya enunciados. Aclaro además
que cualquier estudio para ser serio debería abarcar un tiempo
de 30 años por lo menos -para tomar toda la vida de desarrollo
psiquico- y ser muy preciso en los campos a estudiar, es decir,
auténticas parejas homosexuales adoptivas y no remanentes de
parejas heterosexuales o simples casos de acogida.
(El orden de la exposición es simplemente enunciativo y no indicativo de importancia relativa)
(cortesía http://pp20013.free.fr/inconv.htm)