CAPÍTULO 34. De los bienes espirituales que distintamente pueden caer en el entendimiento y memoria. Dice cómo se ha de haber la voluntad acerca del gozo de ellos.

1. Mucho tuvieramos aquí que hacer con la multitud de las aprehensiones de la memoria y entendimiento, enseñando a la voluntad cómo se había de haber acerca del gozo que puede tener en ellas si no hubieramos tratado (de ellas) largamente en el segundo y tercer libro. Pero, porque allí se dijo de la manera que aquellas dos potencias les convenía haberse acerca de ellas para encaminarse a la divina unión, y de la misma manera le conviene a la voluntad haberse en el gozo acerca de ellas, no es necesario referirlas aquí. Porque basta decir que dondequiera que allí dice que aquellas potencias se vacíen de tales y tales aprehensiones, se entienda tambien que la voluntad tambien se ha de vaciar del gozo de ellas. Y de la misma manera que queda dicho que la memoria y entendimiento se han de haber acerca de todas aquellas aprehensiones, se ha tambien de haber la voluntad; que, pues que el entendimiento y las demás potencias no pueden admitir ni negar nada sin que venga en ello la voluntad, claro está que la misma doctrina que sirve para lo uno servirá tambien para lo otro.

2. Vease allí lo que en esto se requiere, porque en todos aquellos daños caerá si no se sabe enderezar a Dios.




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