Desde los años 70, grupos y medios de
comunicación favorables al aborto repiten que Santo Tomás de Aquino
aceptaba los abortos precoces y que hasta 1869 la Iglesia no prohibió el
aborto en firme. En América Latina y en España este es un mantra que
repite, por ejemplo, la asociación abortista "Católicas por el Derecho a
Decidir", un lobby que no tiene nada de católico y que está financiado
por la IPPF y otras empresas del aborto para ayudar a la legalización
del aborto en países católicos. Algunas asociaciones de cierto feminismo
y de ideología de género repiten el bulo.
La realidad es otra. Es
falso que la Iglesia o Santo Tomás aceptasen el aborto temprano o
que hasta 1869 la Iglesia no prohibiese el aborto en firme.
La Iglesia Católica siempre ha enseñado que el aborto es un
homicidio, incluso en los primeros siglos, cuando era práctica
habitual y legal en Roma y Grecia. El castigo canónico y la
penitencia ante este homicidio ha cambiado según casos y
circunstancias, pero la
enseñanza básica siempre ha sido la misma: abortar es matar un ser
humano inocente, y eso es un pecado gravísimo, un homicidio.
El
Apocalipsis
de Pedro, un texto del 137 d.C, presenta en
el
infierno una sección dedicada a mujeres que abortaron,
a las que sus bebés se aparecen. Aunque no es un texto canónico,
muestra bien lo que pensaban los primeros cristianos sobre la
maldad del aborto. Además, recoge una verdad psicológica, el
síndrome post-aborto: muchas mujeres que han abortado hoy
cuentan que ven, recuerdan, sueñan con sus bebés muertos, lo que
les hace sufrir un infierno.
La
Epístola
de Bernabé (XIX,
5), también del siglo II, no permite "matar al niño procurando
el aborto, ni tampoco destruirlo después de nacer".
Tertuliano, en su "
Apologeticum"
del año 197, contra el rumor pagano de que los cristianos son
homicidas, explica que ni siquiera permiten matar al no nacido:
"porque
incluso
no nos es lícito destruir al niño en el vientre,
mientras aún toma la sangre de la madre para formarse el ser
humano. Impedir su nacimiento sólo es un asesinato más rápido.
No
hay diferencia si quitas la vida una vez nacido o la destruyes
mientras nace. Es un hombre, que tiene que ser
hombre."
Tertuliano, en su "
Tratado
del alma",
incluso
describe las herramientas de los doctores abortistas,
explica que "ellos bien saben que se ha concebido un ser
vivo" y afirma que la vida humana (y la llegada del alma,
capítulo 37) se producen con la concepción.
Atenágoras de Atenas, escribe en 177 d.C al emperador filósofo
(y muy anticristiano) Marco Aurelio: "decimos [los cristianos]
que esas
mujeres que usan drogas para provocar un aborto cometen
asesinato, y tendrán que rendir cuentas ante Dios por
el aborto".
Minucio
Félix (200-225 d.C) señala que son los paganos los que matan a
sus hijos, inspirados
por el dios Saturno, símbolo de maldad y crueldad, que
devoró a sus hijos, y que "sus mujeres, mediante el uso de
fármacos, destruyen la vida no nacida en su vientre y asesinan
al niño antes de sacarlo".
Concilios y penitencias por
abortar, equivalente al homicidio premeditado
¿Qué pena imponía la Iglesia a las bautizadas que abortaban? Las
más antiguas que conocemos son muy duras: equivalentes a
cualquier asesinato premeditado. En Hispania, el Concilio de
Elvira del año 305 decreta que a
la adúltera que mate "al fruto de su vientre" no se le dé la
comunión, ni aun en la hora de la muerte, por haber
incurrido en una doble maldad".
Once años después, en el 314, con el cristianismo ya legalizado
en el Imperio, el Concilio de Ancira, en la actual Turquía,
explica que "a las mujeres que han fornicado y destruido lo que
concibieron, o a las que hacen drogas para abortar, un decreto
anterior les excluía de la comunión hasta la hora de su muerte,
pero deseando
ser más clementes, ordenamos que cumplan 10 años de penitencia".
Es decir, queda clara la gravedad, que no es solo por la
infidelidad, sino por abortar, equivalente al homicidio, pero se
rebaja la pena sólo "deseando ser más clementes".
San Basilio el Grande (c.329-379), en sus cartas, es más
explícito: "que la que procure abortos practique 10 años
de penitencia, esté el embrión perfectamente formado o no".
Así rompe con todo debate que intenta distinguir entre abortos
más graves y menos graves según el tamaño del feto.
Agustín, Jerónimo, Hipólito,
Lactancio... el testimonio de los cristianos antiguos es unánime: el
aborto no sólo es malo por ocultar el adulterio o por poner en
riesgo la vida de la madre (algo que muchos autores comentan)
sino que es un homicidio, mata a un ser humano.
No basta con tu cura: la
absolución la da el obispo... ¡o el Papa!
Aunque la gravedad está clara, en distintas épocas se han
aplicado distintas penas canónicas. Por ejemplo, en 1588 el Papa
Sixto V proclamó que sólo la Santa Sede podía absolver del
pecado de aborto, esperando señalar así su enorme gravedad. Pero
tres años después, su sucesor, Gregorio XIV, viendo que la
medida no era pastoralmente eficaz, devolvió a los obispos la
jurisdicción para absolver este pecado.
Aún hoy, quien
ha abortado, no puede recibir la absolución en su parroquia de
barrio, sino sólo de su obispo o alguien delegado por él.
A veces, durante la Cuaresma o en jubileos especiales, algunos
obispos, sobre todo en América Latina, otorgan temporalmente a
todos sus sacerdotes la capacidad de ofrecer este perdón, como
una medida especial dirigida a las mujeres arrepentidas (o al
personal médico implicado que deje esta actividad).
Pío IX, en una decisión que suelen manipular los abortistas,
lo único que hizo en 1869 fue eliminar la diferencia de penas
entre abortar fetos "animados" y los "inanimados", un concepto
que no tenía que ver con el alma sino con los movimientos
fetales. Pío IX, como San Basilio en el s.IV, quería dejar claro
que todos los seres humanos merecen protección, en cualquier
etapa de su desarrollo prenatal.
Con la ciencia del siglo XX
A medida que avanzaba la ciencia y la técnica médica, la
Iglesia vio más y más confirmada su enseñanza de dos mil
años. Pío XI, en su encíclica Casti
Connubii, de 1930, declaraba que "la
realización directa de un aborto nunca está justificada por
ninguna indicación [médica] ni ninguna ley humana".
Pedía a los gobiernos, que defendieran a estas vidas
inocentes.
Pío
XII insistió en pedir a los médicos y legisladores que
defendieran a madres e hijos, nacidos o no, y relacionaba el
aborto con las prácticas nazis de su época.
Pablo VI, con su encíclica Humanae
Vitae de
1968 recordaba la ilicitud de cualquier aborto. Y el Concilio
Vaticano II exigía "proteger la vida con el máximo
cuidado desde la concepción" y afirmaba: "el aborto
y el infanticidio son crímenes abominables", un
lenguaje realmente claro que, como en la antigüedad, ponía
en la misma frase al aborto y al infanticidio: dos variantes
técnicas del mismo homicidio contra niños, antes o después
del parto.
Respecto al voto del católico, uno de los primeros
documentos es el de la Congregación de la Doctrina de la Fe
de 1974: "un cristiano no puede conformarse a una
ley que en sí es inmoral y tal es el caso de una ley que
admita la licitud del aborto. Tampoco puede un
cristiano participar en una campaña de propaganda de una ley
así, ni votar por ella. Más aún, no puede colaborar en su
aplicación".
El truco de que "no es
dogma"
Los grupos abortistas financiados por la industria del
aborto suelen decir que "la oposición al aborto no es
dogma", de lo que deducen, que un católico puede ser
abortista. Tampoco es dogma el "no matarás", y según ello
deberíamos deducir que el asesinato no tiene nada de
anticatólico, lo cual, evidentemente, no es cierto.
Los Papas nunca han hecho una formulación "dogmática",
"infalible", "desde la cátedra" contra el aborto (ni contra
muchos otros pecados gravísimos, incluyendo todos los otros
tipos de homicidio), como han hecho con el dogma de la
Inmaculada Concepción de la Virgen, por ejemplo. Por un
lado, la Iglesia lo hace así para que no parezca que todas
las otras enseñanzas que no se han formulado como dogma son
opcionales, cuando no lo son.
Por otro lado, la
oposición al aborto ya es una enseñanza infalible de la
Iglesia que Cristo fundó, no porque lo diga tal o
cual Papa, sino porque
es una enseñanza "semper, ubique, obomnibus", es decir, "de
siempre, de todas partes y de todos", lo que se
llama Magisterio ordinario, siempre transmitido y
enseñado por la Iglesia.
"Desde la concepción"
En 1988, la Pontificia Comisión para los Textos Canónicos
repasó el concepto de aborto que estaba mal descrito en el
Código Canónico como "expulsión del feto inmaduro". Los
abortistas se agarraban a esta frase para intentar inducir a
confusión. La Comisión aclaró lo que todo el mundo, católico
o no, en cualquier idioma, entendía que es el aborto: ahora,
oficialmente queda definido como "matar al feto de
cualquier forma y en cualquier momento desde la concepción".
Especificando "desde la concepción" se incluye a la mórula,
blastocisto, embrión, el ser humano en cualquier fase
prenatal. Así incluye las píldoras anticonceptivas (que
causan abortos precoces en muchos casos), la del "día
después" (por lo mismo), la RU-486 (directa y
específicamente abortiva), los abortivos inyectables y los
DIUs (que también tienen efectos abortivos tempranos).
La excomunión es
automática para quien libremente aborta
El grupo abortista nacido en Estados Unidos llamado
"Católicas por el Derecho a Decidir" (que no es católico en
ningún sentido y al cual han condenado varias veces los
obispos de distintos países) reparte un folleto en países
católicos que dice: "Si examinas tu conciencia y decides que
abortar es moral en tu caso, no cometes pecado. Así, no
estás excomulgada. No necesitas ni decirlo en confesión".
Por supuesto, lo que dice este folleto es falso.
La pena católica por el aborto es la excomunión.
Explica el padre Santiago Martín, asesor del Pontificio
Consejo para la Familia, que "es una pena severa para
expresar la gravedad del problema, llamar la atención sobre
los millones de niños abortados y evitar que, por
acumulación, se convierta en algo aceptable".
El Código de Derecho Canónico, en su número 1398, afirma: "quien
procura el aborto, si se consuma, incurre en excomunión latae
sententiae" (automática, sin necesidad de
sentencia).
La asociación católica Vida Humana Internacional (
www.vidahumana.org),
presidida por el padre Thomas Euteneuer, explica que la
expresión "procura" es muy amplia:
incluye
a todo el que trabaje para matar al feto de cualquier forma,
incluyendo el novio que lleva en coche a la mujer a la
clínica, el que paga el aborto, el anestesista, la
enfermera, el doctor que la remite...
Ponen un ejemplo: Mary Ann Sorrentino, administradora de una
clínica abortista de la cadena Planned Parenthood en Rhode
Island, Estados Unidos, fue excomulgada
públicamente por su obispo por facilitar abortos, aunque
ella no los practicara en persona.
Pero en realidad, no es el obispo quien excomulga:
canónicamente, es la persona quien automáticamente queda
excomulgada en cuanto muere el feto. Para que se produzca la
excomunión, la madre (o el colaborador) ha de ser
católica, saber que está embarazada y libremente elegir el
aborto.
Cuando en marzo de 2009, en Brasil, el obispo de Recife,
José Cardoso, anunció la excomunión sobre los implicados en
el aborto de los gemelitos de una niña de 9 años, no
afectaba ni a la niña (que quería tener el bebé), ni a los
padres de la niña, casi analfabetos, que fueron llevados con
engaños por activistas de un grupo abortista a una clínica
de abortos. Pese a ello, abundaron los titulares tan
escandalizados como equivocados: "excomulgan a una niña de 9
años por abortar". La
niña y sus padres, engañados por los abortistas, no están
excomulgados. Los abortistas que los engañaron y
los doctores que abortaron a los gemelitos, sí lo están.
Según un estudio de 2006 de la fundación catalana pro-aborto
"Salud y Familia", el 22 por ciento de las mujeres que
abortan en Cataluña dicen hacerlo "sintiéndose confusas".
Probablemente, al no saber plenamente lo que hacen, tampoco
ellas están excomulgadas.
Tampoco quedan excomulgadas la mayoría de las mujeres que
usan píldoras anticonceptivas o DIUs pensando que son sólo
anticonceptivos, porque ignoran el efecto abortivo que
tienen. (Aunque no están excomulgadas, la anticoncepción
sigue siendo pecado y sin confesarla -con cualquier
sacerdote- y abandonarla no pueden comulgar).
¡Cuando el médico no sabe
lo que está haciendo!
Parece increíble, pero se pueden dar casos (pocos) de
médicos o personal sanitario que no sabe lo que está
haciendo. En España, los médicos abortistas son los mismos
desde hace 30 años, una casta especializada: nadie quiere
hacer abortos porque los médicos españoles saben en qué
consiste, les da asco, y se lo dejan a los de siempre y a
emigrantes llegados de Cuba, país comunista y abortista "de
repetición".
Pero en India, donde el aborto es sistemático y apoyado por
el gobierno, un ginecólogo puede ser católico y practicar
abortos (sobre todo tempranos) sin que nunca se haya
planteado que lo que hace es matar un ser humano.
En la revista católica
Goodnews de
enero/febrero de 2008, el doctor Rohan D'Souza,
de Bombay, explica que quedó sorprendido cuando,
confesándose en Inglaterra, el cura le dijo que practicar
abortos era un pecado que solo el obispo puede perdonar.
"Para ser honesto, nunca había pensado sobre el tema.
Al
estudiar ginecología, en India, hacer abortos es parte del
entrenamiento y nunca lo cuestioné. De hecho, yo estaba
orgulloso de mi habilidad, había ganado una medalla
de oro en planificación familiar y técnicas de aborto".
Aunque D'Souza no parecía consciente de lo que había estado
haciendo, acudió al obispo para que le levantara la
excomunión.
La excomunión sólo tiene
mala prensa cuando es católica y por aborto
Vida Humana Internacional protesta por la "mala prensa" que
tienen las excomuniones sólo cuando cumplen dos condiciones:
ser católicas y tratar del aborto. Si alguien es excomulgado
por un dogma teológico, o un escándalo moral, o se le
expulsa del judaísmo, el anglicanismo o el presbiterianismo,
a nadie le importa. Parece que el mundo intuya que detrás de
la excomunión hay una tragedia espiritual real. O que a la
prensa lo que le gusta es criticar a la Iglesia católica. O
ambas cosas.
El New
York Times se
enfureció mucho cuando el
obispo Leo Maher de San Diego excomulgó en 1990 a la
diputada estatal Lucy Killea por fomentar el aborto.
El diario acusó al obispo de "amenazar el pacto de
tolerancia de los americanos", gravísima acusación que, como
sabemos en 2010, no afectó en nada a los americanos.
En cambio, a nadie le molestó cuando en 1962 el
arzobispo Rummel, de Nueva Orleans, excomulgó al líder
racista blanco Leander Perez. El New
York Timesdeclaró: "saludamos al arzobispo, ha dado un
ejemplo fundado en principios religiosos y responsabilidad
con la conciencia social de nuestro tiempo".
Tampoco suele haber reacciones cuando quien excomulga es
otra religión. Así, el 27 de junio de 1990 la
corte suprema de derecho judío en Estados Unidos (la Beth
Din Zedek) excomulgaba al congresista Barney Frank, judío
militantemente homosexual, por
"promover y animar la corrupción de nuestra sociedad,
promotor de depravación moral". El lenguaje era mucho más
fuerte que el del obispo Maher ese mismo año, y el
excomulgado era un político más importante, pero el New
York Times y
la Prensa generalista no lo publicaron o pasaron por encima.
Políticos: no se les
excomulga, pero se les retira la comunión por "pecado
público"
El caso de los políticos es especial y complejo. Un
documento
del cardenal Ratzinger de 2002, como Prefecto
de la Doctrina de la Fe, insiste en que los legisladores,
como todos los católicos, «tienen la precisa obligación de
oponerse a toda ley que atente contra la vida humana», y
especifica más: «
no pueden participar en campañas de
opinión a favor de semejantes leyes, y a ninguno de ellos
les está permitido apoyarlas con el propio voto».
La única excepción sería que apoyasen una ley mala como
única forma de evitar aún otra peor de inminente o casi
segura aprobación (que no es el caso de España con la
llamada "Ley Aído").
De hecho, los políticos que defienden la ley española
de 1985, al hacer "campaña de opinión" a favor de una ley
"que atenta contra la vida humana", incumplirían su deber de
católicos, a menos que en sus declaraciones dejen claro que
también la ley de 1985 les parece injusta y que solo la
aceptan provisionalmente en espera de sustituirla por una
verdaderamente justa.
Más aún: en el 2004 el cardenal Ratzinger insistió en el
tema con
otro
documento de la Congregación de la Doctrina de la Fe aún más
claro. El texto dice que a «un político
católico» cuya «cooperación formal se hace manifiesta»,
mediante «
campaña consistente y voto por leyes
permisivas de aborto y eutanasia» no se le puede dejar
comulgar «hasta que acabe con su situación objetiva de
pecado».
Resaltemos que no
es lo mismo excomulgar que "negar la comunión".
La excomunión impide acceder a TODOS los sacramentos: ni
bautizos, ni confesión, ni extrema unción, ni matrimonio
católico, etc... y sólo puede levantarla un obispo.
"Negar la comunión" se da cuando un personaje en situación
pública de pecado pretende comulgar en misa. El sacerdote
puede negarle la comunión y un obispo puede pedir a sus
sacerdotes que se la nieguen. Con la nota del 2004, varios
obispos en EEUU empezaron a negar la comunión a políticos
públicamente favorables al aborto, aunque no explícitamente
excomulgados.
El Catecismo, al alcance de
todos
El punto 22,74 del
Catecismo
de la Iglesia Católica, un libro que no tiene nada
de inaccesible, declara que “
Desde el momento de la
concepción es necesario tratar al embrión como una persona [no
dice que sea una persona, dice que hay que tratarla como tal],
por eso es necesario defenderlo íntegramente, tener cuidado de
él, y cuidarlo tanto como sea posible, como se hace con
cualquier ser humano”.
El
punto 22,73 establece: “para la protección que es
necesaria asegurar al infante desde el momento de su
concepción, la ley habrá de prever sanciones penales
adecuadas contra la violación derivada de estos
derechos”.
Por lo tanto, la postura católica es de tratar al embrión
como a una persona desde su concepción (contra los que
justifican la clonación, el uso de embriones para investigar
y los abortos precoces pre-implantacionales, los primeros 14
días de vida) y de buscar
"sanciones penales adecuadas" para los que procuran abortos.
"Sanción penal" no necesariamente es cárcel
Estas "sanciones penales" pueden ser variadas y no
necesariamente han de implicar cárcel para la madre que
aborta, pero la sanción debe existir según la doctrina
católica.
Por poner dos
ejemplos modernísimos: las nuevas leyes de 2009 sobre el
aborto en los Estados de Chiapas (3,5 millones de
habitantes) y Veracruz (7,2 millones de habitantes) protegen
la vida desde la concepción contra el aborto, y penalizan a
la mujer que aborte, pero no con cárcel sino con
un tratamiento médico-psicológico (le llaman "atención
médica integral"), que «será proporcionado por las
instituciones de salud a fin de ayudarles a superar los
efectos de la intervención y reafirmar los valores humanos
de la maternidad» (así dice la ley de Chiapas).
Sí se mantiene en estos Estados la pena de cárcel contra
quien practica el aborto y quien persuade o presiona a la
mujer de practicárselo, ya sea el novio, los padres o
cualquier otra persona. Veracruz también ha modificado el
Código Penal y sustituye la
pena de cárcel para las que abortan por primera vez por un
tratamiento educativo y sanitario (es pena, aunque no sea de
privación de libertad). Para
las reincidentes, cárcel, al igual que los médicos y
personal que colaboren.
Las modalidades, pues, pueden cambiar, según la cultura y el
contexto: lo que la Iglesia enseña, desde hace 2.000 años,
es que el aborto y el infanticidio son homicidios, que el
Estado debe impedir el homicidio, y que para proteger la
vida son necesarias "sanciones penales adecuadas". La vida
de muchos está en peligro y debe protegerse.