8. ¿Cómo se establece el matrimonio?
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Ricardo Sada Fernández
26 agosto 2008
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La Iglesia enseña que el intercambio de los consentimientos entre los
esposos es el elemento indispensable "que hace el matrimonio" (1). Si el
consentimiento falta, no hay matrimonio.
El consentimiento consiste en el acto libre en que expresan Yo te acepto
como esposa – Yo te acepto como esposo .
Es importante hacer notar que en el momento del matrimonio no se pregunta:
"¿Están ustedes seguros de quererse mucho?", sino se pregunta: "¿Aceptas por
esposa a…? En otras palabras, lo que establece el vínculo no es el amor (que
se supone implícito) sino el compromiso de hacerse esposo (o esposa) como
algo debido.
Haber aceptado el contrato de ser esposo o esposa implica que cada uno tiene
derecho al deber conyugal del otro, y eso es precisamente lo que han
concertado: la estabilidad de una relación con derechos y deberes, cuya
finalidad es la procreación. En otras palabras, ser esposo o esposa
significa ceder los derechos sobre el propio cuerpo en orden a los actos que
de suyo son aptos para la procreación.
El consentimiento debe ser un acto de la voluntad de cada uno de los
contrayentes, libre de violencia o de temor grave externo (2). Ningún poder
humano puede reemplazar este consentimiento (3). Si esta libertad falta, el
matrimonio es nulo.
El sacerdote (o el diácono) que asiste a la celebración del matrimonio,
recibe el consentimiento de los esposos en nombre de la Iglesia y da la
bendición de la Iglesia. La comunidad cristiana es testigo de ese
consentimiento mutuo.
(1) Código de Derecho Canónico, canon 1057,1
(2) Código de Derecho Canónico, canon 1103
(3) Código de Derecho Canónico, canon 1057 & 1