Dignidad de la vida y de la muerte: visión panorámica
Nicolás Jouve de la Barreda
Catedrático de Genética
conoZe.com
XXV Jornadas Abertas de Teología
Contenido
Humanidad, persona y dignidad
¿Quién puede decidir sobre el valor de la vida humana?
Eutanasia activa, eutanasia pasiva, suicidio asistido ¿cuál es la
diferencia?
Un caso muy especial. El aborto eutanásico o eugenésico
Cómo calificar a una sociedad que consiente todo esto
Los cuidados paliativos frente al encarnizamiento terapéutico
Las leyes de la eutanasia
La bioética personalista y el «testamento vital»
El ser humano es un ser personal, autoconsciente y ético. El concepto de
persona es central en cualquier tema de Bioética pues es la base en la que
ha de sedimentarse la consideración de su dignidad y la protección del
sujeto a quien se aplique. Hoy la ciencia, a través de la Genética, la
Biología Celular o la Embriología, nos da una información muy valiosa sobre
los datos de naturaleza biológica de un individuo de nuestra especie.
Humanidad, persona y dignidad
Empezaremos por señalar que el hombre, como ente biológico, está sometido a
las mismas leyes fisicoquímicas y biológicas de la naturaleza que rigen para
el resto de las criaturas vivientes. Pero siendo esto obvio, inmediatamente
hay que reconocer que la especie humana posee unas características muy
especiales que la diferencian de todos los demás seres vivos. A diferencia
de todos ellos el ser humano se caracteriza por ser una «realidad
indisoluble de cuerpo y alma». El hombre, debido a su singularidad
corpóreo-espiritual es superior al resto de los seres de la naturaleza por
su espiritualidad. El ser humano es el único que vive su vida
conscientemente, es el único que vive y se pregunta sobre su vida y la
propia existencia del mundo que le rodea y es el único que se hace una serie
de preguntas profundamente arraigadas en relación con su propia existencia.
Preguntas como las que se hacía el filósofo y matemático alemán del siglo
XVII Gottfried Leibniz (1646-1716), «¿por qué hay algo en lugar de no haber
nada?», o más recientemente Albert Einstein (1879-1955) «¿cuál es el sentido
de nuestra vida, cuál es, sobre todo, el sentido de la vida de todos los
vivientes?»[1], o el también físico Victor Weisskopf (1908-2002) ¿«en qué
sentido tiene sentido el universo»?[2]
El italiano Carlo Rubbia, Premio Nobel de Física de 1984, señalaba que «la
forma más grande de libertad es la de poder preguntarse de dónde venimos y a
dónde vamos… No existe forma de vida humana que no se haya planteado esta
pregunta. Y no hay sociedad humana que no haya intentado de alguna manera
darle respuesta. Fallar este compromiso es una pérdida, una deshumanización,
un mecanismo interno de autocastigo»[3].
La búsqueda de respuestas a estas preguntas básicas es un imperativo de la
propia naturaleza humana que trata de resolverlas con la razón, que nos
brinda múltiples enfoques y una larga experiencia adquirida a lo largo de
nuestra trayectoria como especie inteligente para abordarlas. Es además una
obligación inherente a nuestra naturaleza humana creada a imagen y semejanza
de Dios, que nos ha hecho dueños de la naturaleza, con la misión de «dominar
los peces del mar, las aves del cielo y todo animal que serpentea sobre la
Tierra», según reza en el Capítulo 1 del relato bíblico del Génesis[4].
El ser humano es un ser personal, autoconsciente y ético. El concepto de
persona es central en cualquier tema de Bioética pues es la base en la que
ha de sedimentarse la consideración de su dignidad y la protección del
sujeto a quien se aplique. Hoy la ciencia, a través de la Genética, la
Biología Celular o la Embriología, nos da una información muy valiosa sobre
los datos de naturaleza biológica de un individuo de nuestra especie. Cada
persona es singular en su información genética individual, constituida en el
momento de la concepción -en el cigoto- y mantenida sin variación a lo largo
de la vida. La identidad genética singular materializada en la información
combinada de 25.000 genes maternos y paternos es el sello biológico y
diferencial de cada individuo humano. En su realidad biológica, cada persona
es el resultado del desarrollo físico determinado en su constitución
genética, presente ya desde la concepción, y por tanto mucho antes de que se
desarrollen los tejidos, órganos y sistemas, entre ellos el nervioso, y
también antes de que los factores ambientales y educativos vayan a despertar
la razón y modelar la personalidad, como consecuencia de la información
procedente de su entorno, de modo que poco a poco las acciones razonadas,
libremente adoptadas, se van sobreponiendo a las instintivas y reflejas.
Pero el término persona reclama otros enfoques de carácter filosófico y
moral, e incluso teológico, sin los cuales no adquiriría su auténtica
dimensión. En filosofía hablar de persona significa destacar el carácter
único e irrepetible propio de cada ser humano, lo cual dicho sea de paso
coincide plenamente con los datos de la ciencia, que nos habla de la
identidad genética individual. Lo que todo esto significa es que la vida
humana, en coincidencia con la perspectiva biológica se eleva a una
dimensión muy especial que conecta con la certeza de que cada vida tiene una
dignidad especial y un valor específico superior, entendiendo por «dignidad»
un concepto que realza el valor especial de un ente. Mientras un individuo
de cualquier especie animal deambula por el mundo de forma inconsciente y
constreñida al marco de los instintos, el hombre reflexiona sobre su
realidad en el mundo y puede decidir libremente sus acciones.
De este modo, cada individuo de la especie humana añade al dato biológico de
la pertenencia a una especie el de la posesión de un espíritu inmaterial que
nos capacita para hacer frente a nuestra vida de forma personal. Pero
inmediatamente hay que señalar que cuerpo y espíritu están indisolublemente
unidos. Monseñor Juan Antonio Martínez Camino[5], profesor de Teología moral
de la Facultad de Teología San Dámaso de Madrid, señala que: «la persona no
es fundamentalmente un yo pensante (res cogitans) con un cierto tipo de
relación accidental y de dominio sobre la materia (res extensa),… la persona
es cuerpo y espíritu indisociablemente unidos»[6]. Ramón Lucas, abunda en
esta misma idea en su obra «La Bioética para todos» cuando señala que: «La
persona siempre es la unidad sustancial, compuesta por el
organismo material y el alma espiritual»[7].
Destacar la espiritualidad es equivalente a decir que la persona es un ser
racional y la racionalidad es la diferencia específica que en mayor grado
distingue a los hombres de los demás individuos sustanciales. Pero no es
necesario que la racionalidad esté presente en acto, es suficiente con que
esté presente en potencia. Todos los seres humanos, en cualquier etapa de su
desarrollo que, no lo olvidemos, transcurre en continuidad desde la
concepción hasta la muerte, y con independencia de sus circunstancias
físicas, son seres racionales por su propia naturaleza biológica propiamente
humana. Por ello, podemos afirmar que son personas un embrión, un feto, un
discapacitado mental, quien duerme o está temporalmente inconsciente o en
estado de coma como consecuencia de un accidente.
Sin embargo, algunos juristas o ideólogos, opinan que para ser persona han
de darse una serie de facultades o capacidades, siendo la que más señala la
de la conciencia de uno mismo. De este modo, Peter Singer, un Profesor de
Bioética de la Universidad de Princeton en New Yersey, sostiene que «no
todos los seres humanos son personas» y que «sólo hay derechos para los
seres autoconscientes». Singer rebaja la dignidad de la vida humana al
situar al hombre como un ser más de la naturaleza, que no se debe
diferenciar de otros animales en sus derechos individuales. Este es el
fundamento del propio Singer y otros filósofos que han promovido el
«Proyecto Gran Simio», una especie de llamada a la consideración por igual
del hombre y los animales biológicamente más próximos (orangután, gorila,
chimpancé y bonobo), llegando incluso a formular derechos equivalentes bajo
el eslogan «la igualdad más allá de la humanidad». Singer expresa que ser
persona significa poseer autoconciencia, razón, autonomía y capacidad de
sentir placer y dolor, cuyas propiedades no podrían ser atribuidas a seres
humanos disminuidos psíquicos, en estado de coma, o que estuvieran
temporalmente inconscientes tras un accidente o simplemente dormidos. Es
evidente que estas ideas no se sostienen por su propia inconsistencia, pero
quienes las avivan niegan la «dignidad» especial del hombre frente a las
demás especies vivientes y lejos de defender el respeto a la vida humana,
con sus argumentos respaldan una cultura utilitarista, en la que cabría con
la misma impunidad la destrucción de los embriones, el aborto y la
eutanasia.
Para quienes sostienen esta corriente, solo es merecedor del atributo de
persona el ser humano que posea ciertos «indicadores de humanidad», algo así
como un conjunto de características funcionales que permitan llevar a cabo
una serie de actos que merecen el calificativo de humanos. De acuerdo con
esta postura se considera que, para merecer la condición de persona, el ser
humano ha de mostrar comportamientos que se consideran propios de una
persona. Las preguntas que inmediatamente reclaman una contestación es
¿cuáles son los citados comportamientos? y ¿cuáles los indicadores de
humanidad?
Un filósofo norteamericano contemporáneo que apoya esta corriente, Tristram
Engelhardt, miembro del Hastings Center, una organización de bioética de
corte utilitarista, trata de dar contestación a estas cuestiones cuando
jerarquiza a los seres humanos en razón de la posesión o no de
autoconciencia y libertad. Según Engelhart, «los seres humanos adultos
competentes- no los mentalmente retrasados-, tienen una categoría moral
intrínseca más elevada que los fetos o los niños pequeños», y añade, «existe
una distancia entre lo que somos como personas y lo que somos como seres
humanos y es el abismo que se abre entre un ser reflexivo y manipulador y el
objeto de sus reflexiones y manipulaciones»[8]. Esta forma de pensar es la
que ha inspirado una corriente de pensamiento posesivo y de derecho de la
madre embarazada sobre el feto, o de los padres sobre los embriones
producidos con sus gametos en una clínica de fecundación in vitro, o de
terceras personas sobre la vida de un enfermo terminal. Desprovisto el
hombre de su especial dignidad como plantean los utilitaristas que piensan
como Singer y Engelhardt se da paso a la ley del más fuerte y se antepone un
derecho egoísta al bienestar propio sobre la vida de otras personas. Esto
supone que ante una situación no deseada, se relativice cualquier acción por
dañina que sea para otras personas. De este modo, se justifica la
utilización de la vida humana embrionaria con fines de investigación, el
aborto de los no nacidos portadores de malformaciones o deficiencias
congénitas y la eliminación eutanásica de los seres humanos con graves
enfermedades, en estado vegetativo o en fase terminal de una enfermedad
incurable.
El gran problema de esta corriente eminentemente dualista, es la separación
de cuerpo y alma, imponiéndose en la mentalidad de quienes la propugnan y la
tratan de infiltrar en la sociedad, una sobrevaloración de la sustancia
material sobre la espiritual. De acuerdo con este utilitarismo exacerbado,
solo deberían ser titulares de derechos humanos quienes tuviesen capacidad
sensorial y especialmente sensibilidad para el dolor, lo que convierte en
lícita la experimentación con embriones humanos, simplemente porque no
sufren, o incluso con fetos hasta que no se haya producido un desarrollo
suficiente de la corteza cerebral, lo que acontece entre la quinta y la
octava semana del desarrollo fetal. Del mismo se reduce el valor de la vida
humana a lo meramente físico y se clasifica a los individuos humanos de
acuerdo con unos estándares de «calidad de vida» que sirven para decidir
quién es más o menos «digno de vivir».
Todo lo contrario es lo que opinaba acertadamente María Dolores Vila-Coro,
inteligente jurista, académica de la Real Academia de Jurisprudencia,
licenciada en Filosofía, Doctora en Derecho y miembro de la Pontificia
Academia por la Vida, fallecida el año pasado, que señalaba lo siguiente en
el prólogo que tuvo a bien dedicarme de mi libro «Explorando los genes. Del
big-bang a la nueva biología» : «se ha dicho que el procedimiento de usar el
método empírico para definir a la «persona» y como tal a quien puede ser o
no sujeto de derecho, es una manipulación, un medio para desposeer a quienes
presentan carencias que no permiten su desarrollo cognitivo, moral o
emocional; a los enfermos mentales y físicos, a todo tipo de deficientes, y
para justificar ciertos delitos como el aborto y la eutanasia: en una
palabra a quien convenga en cada caso, según los intereses sociopolíticos en
juego. Este fenómeno no es nuevo pues el término persona ya se ha utilizado
para excluir de la protección del Derecho a seres humanos a los que se ha
negado tal condición… Ha servido también para poner de manifiesto que a
ciertos grupos humanos se les ha tratado como individuos pero no como a
seres con dignidad: no se ha reconocido que el valor de todo ser humano
trasciende el orden puramente biológico»[9].
La exclusión de grupos de individuos humanos como personas por razones de
sus facultades físicas o mentales, es un grave error, no solo de carácter
ideológico, sino también de carácter biológico. Cualquier individuo humano
en existencia, desde la concepción, hasta la muerte es un miembro de la
especie humana y por tanto es una persona. Esto es algo en lo que ha
insistido el Magisterio de la Iglesia a través de las instrucciones Donum
Vitae, publicada en Febrero de 1987, y Dignitas Personae, que se publicó en
Diciembre de 2008, ambas sobre cuestiones fundamentales de Bioética. En
ambas se afirma: «Ciertamente ningún dato experimental es por sí suficiente
para reconocer un alma espiritual; sin embargo, los conocimientos
científicos sobre el embrión humano ofrecen una indicación preciosa para
discernir racionalmente una presencia personal desde este primer surgir de
la vida humana: ¿cómo un individuo humano podría no ser persona humana?».
Del mismo modo, el papa Benedicto XVI el 27 de noviembre pasado, en la
homilía sobre la vida humana naciente, nos recordaba con el antiguo autor
cristiano Tertuliano que: «Es ya un hombre aquel que lo será (Apologético,
IX, 8); no hay ninguna razón para no considerarlo persona desde la
concepción».
En resumen de todo lo dicho hasta aquí, la teología en coincidencia con los
datos de la ciencia significa la dignidad como algo atribuible a los seres
humanos, como seres personales creados a imagen y semejanza de Dios. Del
mismo modo, la filosofía destaca el hecho de que cada persona es un ser
dotado de «dignidad» ya que es sujeto de su propio existir y obrar y no un
miembro más de una especie biológica. La humanidad misma, decía Kant, es
digna porque el hombre no puede ser tratado por ningún hombre —ni siquiera
por sí mismo- como un medio, sino siempre como un fin, y en ello
precisamente estriba su dignidad. Los seres racionales son personas en tanto
que constituyen un fin en sí mismos, son algo que no se debe emplear como un
mero medio porque poseen libertad y son distintos de las demás criaturas
naturales por su rango y dignidad[10]. De acuerdo con Kant, la persona no
tiene precio (no es un objeto, una cosa) sino que tiene valor en sí misma
(dignidad).
La condición de persona es ya inherente a toda la vida de cada individuo y
todos los seres humanos, con independencia de su estado de salud física o
mental. Cualquier ser humano merece ser tratado con el mismo respeto y
dignidad que cualquier miembro de su especie desde la concepción hasta la
muerte y por tanto, todos los seres humanos deben ser considerados personas
en el mismo grado. Como muy bien señala la Dra. Vila-Coro: «un individuo no
es persona porque se manifiesten sus capacidades, sino al contrario, éstas
se manifiestan porque es persona: el obrar sigue al ser; todos los seres
actúan según su naturaleza»[11].
Pero al mismo tiempo hay que señalar que el concepto de persona solo le
corresponde, entre las criaturas vivientes, a los seres humanos, a todos los
seres humanos y exclusivamente a ellos. La unidad de la especie exige la
misma consideración, respeto y atribución de la misma dignidad para todos
sus miembros, pero solo para sus miembros. No tiene sentido otorgar
humanización a seres pertenecientes a otras especies con las que existen
barreras insalvables de intercambio biológico y cultural. Por otro lado,
ningún ser humano debe ser excluido de la calificación de persona, así como
ningún ser perteneciente a otra especie debe ser traído al ámbito de nuestra
especie. Es importante reconocer que cada ser humano no es únicamente un
miembro más de una especie biológica, sometido a un ciclo vital inevitable,
sino un ser que vive con plenitud de conciencia su existencia y es artífice
de su propia biografía. El hombre es alguien que decide y construye su yo y
no solo algo que existe.
Además, para percibir la verdad sobre la dignidad de la vida humana, hace
falta una antropología adecuada, que conceda el valor que le corresponde a
cada persona humana en su unidad corpóreo-espiritual. La concepción
cristiana del hombre responde a esta necesidad. Afirma que la vida es un don
de Dios y defiende el derecho a la vida como el más importante de todos los
derechos del hombre. Es en esta línea en la que Juan Pablo II el 25 de Marzo
de 1995 publicó la encíclica Evangelium Vitae, calificada por él mismo como
una « meditación sobre la vida», en la que trataba en profundidad la
gravedad de la instrumentalización de la vida, con cuestiones como la
procreación artificial, el aborto, el respeto a los embriones humanos, la
experimentación sobre fetos humanos y el ensañamiento terapéutico. Una
situación que le hacía exclamar al Papa: «estamos en realidad ante una
objetiva «conjura contra la vida», que ve implicadas incluso a Instituciones
internacionales. creando en la opinión pública una cultura que presenta el
recurso a la anticoncepción, la esterilización, el aborto y la misma
eutanasia como un signo de progreso y conquista de libertad, mientras
muestran como enemigas de la libertad y del progreso las posiciones
incondicionales a favor de la vida». A lo que añadía: «el derecho del hombre
a la vida —desde el momento de la concepción hasta su muerte-, es el derecho
fundamental, raíz y fuente de todos los demás derechos»
Como un elemento más ha de tenerse en cuenta que la dignidad de la vida
humana tiene una vocación trascendente, vivimos en el tiempo hacia una
dimensión absoluta. Además de la vida temporal, física y biológica que nos
revela la extraordinaria superioridad del hombre sobre todas las demás
criaturas, hay una dimensión trascendente innata en el hombre, que eleva su
dignidad. Señala José Luis del Barco, Profesor titular de Ética y Filosofía
Política de la Universidad de Málaga que «la dignidad es la huella de la
mano del Creador en el hombre»[12], y Roberto Andorno[13], bioético de
origen argentino y Profesor de Ética Biomédica en la Universidad de Zurich,
advierte que contra el asesinato solo existe un argumento definitivo: el
religioso.
Eutanasia activa, eutanasia pasiva, suicidio asistido ¿cuál es la
diferencia?
Atendiendo a su sentido etimológico, eutanasia quiere decir «buena muerte»,
del griego eu (bueno) y thánatos (muerto) y se refiere a la muerte de una
persona causada por otra, en principio un profesional de la medicina, a
veces sin que medie una petición libre y expresa de quien va a morir. La
Asociación Médica Mundial definió la Eutanasia en 1987 como: «el acto
deliberado de dar fin a la vida de un paciente», y en enero de 2002, la
Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL) señaló que la eutanasia es
una «conducta (acción u omisión) intencionalmente dirigida a terminar con la
vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por
razones compasivas y en un contexto médico». Básicamente, mediante la
eutanasia, una persona pone fin deliberadamente a la vida de otra,
considerando que eso le es un bien. Sin embargo, la muerte no puede ser
nunca digna si es provocada pues implica el cese de la vida de otra persona
y por ello atenta a la principal característica de la vida humana que es su
propia dignidad.
En la práctica, la eutanasia, más que por una solución piadosa ante el dolor
de un paciente, se justifica las más de las veces por razones utilitarias,
para evitar gastos innecesarios y costosos para la sociedad. Se propone así
la eliminación de los embriones portadores de genes indeseados, los no
nacidos portadores de enfermedades -aunque no las hayan manifestado todavía
o se desconozca su gravedad-, los recién nacidos con malformaciones, los
discapacitados o minusválidos graves, los impedidos, los ancianos, sobre
todo si no son autosuficientes, y los enfermos terminales. La calificación
moral que merecen todas estas actuaciones es en cualquier caso negativa. La
eliminación sin más de un paciente que no lo ha solicitado por si mismo, nos
situaría ante un «homicidio». Si lo realiza el propio paciente por sí solo
se trataría de un «suicidio» y cuando es la persona la que se quita la vida
con la ayuda de otra persona, se calificaría de «suicidio asistido». En
todos los casos hay un atentado contra la vida difícilmente compatible con
una muerte digna.
Yendo un poco más lejos, se distingue entre eutanasia «activa y pasiva» como
equivalentes a la diferencia entre «matar y dejar morir», es decir, entre
iniciar unas acciones que condujeran a la muerte de un paciente o permitir
su muerte por la privación de los cuidados necesarios. Un ejemplo de
eutanasia activa lo es el llamado «aborto eugenésico», que se practica para
eliminar la vida de un feto al que se le han detectado anomalías
cromosómicas o genéticas. Lo es también la administración de una inyección
letal para acabar con la vida de un enfermo. Un ejemplo de eutanasia pasiva
sería el hecho de retirar los cuidados para mantener la vida del paciente,
como la no hidratación o la retirada de una máquina de respiración, no
alimentar o negar una operación de apendicitis a un niño con síndrome de
Down, etc. La distinción entre eutanasia activa y pasiva ha supuesto una
preocupación mantenida por las Asociaciones de Médicos de distintas partes
del mundo. Ante esta situación, la SECPAL hizo una Declaración sobre la
eutanasia, en enero de 2002, en la que podía leerse: «La eutanasia,
entendida como conducta intencionalmente dirigida a terminar con la vida de
una persona enferma, por un motivo compasivo, puede producirse tanto
mediante una acción como por una omisión. La distinción activa/pasiva, en
sentido estricto, no tiene relevancia desde el análisis ético, siempre que
se mantenga constante la intención y el resultado. Tan eutanasia es inyectar
un fármaco letal como omitir una medida terapéutica que estuviera
correctamente indicada, cuando la intención y el resultado es terminar con
la vida del enfermo… Ante un paciente en situación terminal lo que se hace o
se deja de hacer con la intención de prestarle el mejor cuidado, permitiendo
la llegada de la muerte, no sólo es moralmente aceptable sino que muchas
veces llega a ser obligatorio desde la ética de las profesiones sanitarias…
Por el contrario, cuando algo se hace o se deja de hacer con la intención
directa de producir o acelerar la muerte del paciente, entonces corresponde
aplicar el calificativo de eutanasia»
¿Quién puede decidir sobre el valor de la vida
humana?
Resulta cuando menos ingenuo que a los sustantivos vida o muerte, se les
trate de añadir el calificativo de digna, o que se hable de «calidad de
vida». La dignidad es inherente al ser humano no algo que se otorga o se
niega. La vida humana es digna siempre y es vida personal siempre, aunque en
las sociedades postmodernas actuales se trate de anteponer criterios
«técnicos», «utilitaristas» o hasta «económicos» sobre los «éticos» para
referirse a la vida humana. Se llega a promover la aplicación de fórmulas
matemáticas para justificar la calificación de vidas sin valor, que ya no
merecen ser mantenidas y que permitan justificar la omisión de ayuda
terapéutica o incluso la provocación directa y activa de la muerte. La
realidad es que actualmente, no existe ningún método infalible que permita
predecir que paciente en estado vegetativo o incluso en un proceso de
enfermedad grave se recuperará y cuál no podrá lograrlo.
La muerte digna no es ni eliminar el dolor ni prolongar desesperadamente el
estado morboso. La dignidad de la muerte es inherente a la persona, al
propio moribundo que posee dignidad siempre. Cuando se sostiene el derecho a
una muerte digna, la reflexión que debemos hacer es sí se puede calificar de
digna una muerte provocada, o en la se deja al enfermo la decisión de acabar
con su vida. Desde una posición individualista, liberal radical, quizá sí,
pero desde una concepción antropológica mínimamente interdependiente, en
ningún modo. La vida personal es algo subjetivo y desde el punto de vista de
una bioética personalista es siempre digna de ser vivida por sí misma y
merecedora de respeto, con independencia de la calidad técnica que presente
en cada momento. Pero además, las acciones sobre una vida importan a la
sociedad en su conjunto, pues cada persona podrá verse sometida a
situaciones como las que se adopten en un momento dado. En este sentido hay
que apostar por una biomedicina que busque la calidad de la vida pero
sometiendo siempre la calidad a la vida y no la vida a la calidad. La vida
humana no tiene valor porque tiene calidad sino que tiene calidad porque es
vida humana.
Tenemos que recordar que el Art. 27 del Código de Ética y Deontología Médica
de la Organización Médica Colegial Española de 1999, señala que « El médico
tiene el deber de intentar la curación o mejoría del paciente siempre que
sea posible. Y cuando ya no lo sea, permanece su obligación de aplicar las
medidas adecuadas para conseguir el bienestar del enfermo, aún cuando de
ello pudiera derivarse, a pesar de su correcto uso, un acortamiento de la
vida. El médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún
paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste». En
este contexto, solicitar a un médico que provoque la muerte de un paciente,
por muy humanitaria que se pretenda, no solo es un absurdo sino lo
diametralmente opuesto a su misión profesional. Es pedirle un imposible.
Nadie tiene derecho a quitarle la vida a otra persona, pero si hubiese que
decidir sobre este hecho, los últimos en practicarlo serían los médicos y
por extensión el resto de los asistentes sanitarios. El Prof. Ignacio
Sánchez-Cámara, Catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de la
Coruña señala que «cuando se piensa que hay derecho a todo y se eclipsan los
deberes… no es extraño que se defienda un extravagante derecho a morir. Con
independencia de la debida distinción entre la moral y el derecho, existen
fuertes razones para oponerse a la legalización de la eutanasia. La
principal es la obligación de la sociedad de respetar y defender, en todos
los casos, la vida humana»[14].
Un caso
muy especial. El aborto eutanásico o eugenésico
Dentro del sórdido mundo de la cultura
de la muerte hay un apartado especialmente triste, que es el de la
invitación al aborto cuando se detectan posibles patologías en el feto. La
adquisición de toda la información de los genes humanos, por medio del
Proyecto Genoma Humano, ha puesto en las manos de los médicos y biólogos la
capacidad de detectar en muestras celulares del feto, alteraciones génicas o
cromosómicas. Dado que la dotación cromosómica y la información del ADN del
genoma individual se constituye en el momento de la concepción y se mantiene
en todas las células del individuo a lo largo de la vida, el diagnóstico
cromosómico o molecular se puede hacer en cualquier momento, incluso desde
mucho antes de que se manifieste el carácter o la patología en cuestión. Es
decir, es posible un diagnóstico genético en embriones (preimplantatorio),
en el feto (prenatal) o tras el nacimiento (postnatal). El «diagnostico
prenatal», se practica por métodos «no invasores», mediante el análisis de
marcadores bioquímicos y moleculares de procedencia fetal en el plasma
sanguíneo de la madre; o «invasores», que recurren a una amniocentesis, una
intervención para la extracción de células en el líquido amniótico o en las
vellosidades coriónicas, de procedencia fetal. El aspecto más negativo de
esta tecnología es que tras la detección de un gen determinante de una
patología, una enfermedad o una malformación, surge la invitación al aborto.
¿Para qué se desea conocer el sexo, la dotación cromosómica o hacer un
diagnóstico de la presencia de ciertos genes? En el lado positivo, estaría
la aplicación de terapias incluso in útero o los tratamientos farmacológicos
correctores de una patología, cuando ello fuese posible. La razón habitual
es totalmente distinta.
De acuerdo con José María Pardo Sáenz, sacerdote, médico y doctor en
teología, un diagnóstico genético temprano, durante la gestación, ante la
presencia de anomalías múltiples y una presumible prognosis letal, suponen
una invitación al aborto como «tratamiento de elección» para la discapacidad
fetal. En lugar de diagnóstico prenatal debería llamarse «diagnóstico
premortal», «violencia prenatal» u «operación de búsqueda y eliminación de
los discapacitados»[15].
Quienes defienden esta práctica eugenésica se justifican de diferente
manera:
El diagnóstico como avance de la ciencia y de la técnica
Motivos económicos, para evitar costosos tratamientos a la familia
Para evitar roturas familiares
Compasión del niño, al considerar que una discapacidad mermará su «calidad
de vida»
El niño como producto y no como un fin en si mismo
La búsqueda hedonista de la perfección
Las dificultades o problemas sociales derivadas de un hijo discapacitado,
para él y la familia
En España desde la aprobación de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e
Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley 12/2010), está autorizada la
eutanasia fetal sin límite temporal durante el embarazo, en las
circunstancias de detección de una malformación o enfermedad grave en el
feto, La Comisión de Bioética de la Sociedad Española de Ginecología y
Obstetricia (SEGO) hizo una Declaración relativa a esta autorización
atribuyendo a un Comité Clínico el papel de certificar que el feto padece
una enfermedad tan extremadamente grave e incurable que se justifique el
aborto después de la semana 14 de gestación.
La Asociación de Bioética de España (AEBI) critica esta declaración de la
SEGO al aducir que «puede convertirse en una cooperación necesaria desde la
Ginecología y Obstetricia al proyecto eugenésico programado desde la ley».
En este sentido, el informe de la AEBI señala que «no corresponde a la
Medicina, menos aún a un Comité Clínico, decidir qué es la vida humana ni el
nivel de calidad de vida que es necesario alcanzar para poder conservarla» y
recuerda el mandato del Código de Ética y Deontología Médica en vigor, según
el cual «al ser humano embrio-fetal enfermo se le debe tratar de acuerdo con
las mismas directrices éticas» que a los demás pacientes.
¿Cómo
calificar a una sociedad que consiente todo esto y
prefiere el aborto y hacer desaparecer una vida no nacida defectuosa?, ¿no
estaríamos ante un caso de «homofobia»?
En un estudio realizado en el año 2000 en Gran Bretaña se comprobó que tras
el uso masivo del diagnóstico prenatal se habían producido una serie de
abortos por defectos físicos que alcanzaba a un 43% de los bebés con fisura
palatina (paladar hendido) y al 64% de bebés con pie zambo, a pesar de que
su pronóstico es excelente mediante cirugía y tratamiento posterior al
nacimiento. En un artículo publicado a finales de 2009 en la revista British
Medical Journal titulado «Con los nuevos tests prenatales ¿desaparecerán los
niños Down?» se concluía que el diagnóstico prenatal no cura nada, y que el
«aborto eugenésico» no previene ni cura absolutamente nada, sino que hace
desparecer a un niño presente, aunque no nacido, con el agravante de
tratarse de un bebé indefenso y afectado por una discapacidad, malformación
o enfermedad, en ocasiones con buen pronóstico.
Sirva para terminar este triste apartado dedicado a la eutanasia prenatal el
convencimiento de que las técnicas del diagnóstico prenatal no son
infalibles y por lo tanto no estamos en condiciones de predecir con total
exactitud cómo afectará una patología a un bebé no nacido en el futuro.
Muchas veces la decisión por parte de los progenitores de dejar nacer o
proceder al aborto se toma sin saber con certeza cómo afectará la pretendida
patología al niño tras el nacimiento.
Los cuidados paliativos frente al encarnizamiento
terapéutico
Con referencia a la eutanasia en enfermos adultos, en sentido contrario a la
eutanasia se encuentra el llamado «encarnizamiento terapéutico» u
«obstinación médica», que la SECPAL define como«aquellas prácticas médicas
con pretensiones diagnósticas o terapéuticas que no benefician realmente al
enfermo y le provocan un sufrimiento innecesario, generalmente en ausencia
de una adecuada información». Se suele traducir en la administración de un
tratamiento desproporcionado al suministrar al enfermo cuidados inútiles o
ineficaces para la curación, aumentando las penalidades del curso de la
enfermedad e ignorando el equilibrio entre el riesgo y el beneficio de los
tratamientos administrados.
Si bien es cierto que la finalidad de la terapia médica es la cura o la
mejora, mediante la administración de la medicación necesaria, existen
momentos en que es aceptable su suspensión o incluso no iniciarla, cuando es
previsible que sea inútil y además cause excesivas molestias a un paciente.
Pero esto no ha de incluir la alimentación e hidratación, o la respiración
asistida, que constituyen cuidados básicos para todo enfermo y que, aun en
el caso de precisar medios artificiales para ser suministrados no suponen
sufrimiento para el enfermo. Aquí podríamos recordar el caso de Eluana
Englaro la joven italiana que pasó 17 años en estado vegetativo, a la que se
le aplicaba una sonda que le llegaba al estómago. En su caso no estaba
justificada la suspensión de la alimentación, pues continuar los cuidados
mínimos no constituía encarnizamiento terapéutico ni se trataba de una
enferma terminal[16]. Lo que aconteció en la clínica de Udine, en que pasó
sus últimos días Eluana, fue un acto de eutanasia en tanto en cuanto se
suspendió un cuidado con la finalidad de provocar la muerte. Eluana no
falleció por su estado sino por la negativa a suministrarle agua y
alimentos.
De acuerdo con el imperativo deontológico hay que «intentar la curación o
mejoría del paciente siempre que sea posible», existe la obligación de
valorar los medios terapéuticos, de modo que estos deben corresponderse de
forma proporcionada a las expectativas de mejoría. Pueden darse casos
concretos de personas conscientes de su situación, en las que es difícil
para el médico impedir el dolor y para los familiares aliviarlo. Estas son
situaciones difíciles de abordar desde un punto de vista ético. Ante este
escenario, cuando el paciente y el médico reconocen que la enfermedad ya es
incurable y aceptan su curso natural, la muerte se prevé inminente e
inevitable, se puede en conciencia renunciar a unos tratamientos que
procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia,
sin interrumpir las curas normales debidas al enfermo en casos similares. No
ha de haber un empeño en alargar la vida a toda costa si para ello se han de
aplicar medios desproporcionados. Esta es una actuación perfectamente ética
y profesional, y la asunción de lo inevitable, sin recurrir a tratamientos
inútiles no puede considerarse como eutanasia. Es lo que hoy se califica
como «limitación del esfuerzo terapéutico». Desde luego, siempre será
importante examinar con sinceridad nuestra intención: preguntarnos si lo que
buscamos es «permitir morir» y asumir el curso natural de la enfermedad.
Tras este reconocimiento la opción a seguir debe ser la del apoyo al
paciente mediante los llamados «cuidados paliativos».
En la actualidad en los centros sanitarios de cierta entidad existen
unidades especiales de «cuidados paliativos», en los que participan
profesionales de diversas especialidades que constituyen un equipo para
hacer un seguimiento integral del paciente, mediante el suministro de los
cuidados médicos, psicológicos y espirituales, y bajo la óptica de que la
muerte es un proceso natural y el fin irremediable de la vida humana. Se
trata de ofrecer un soporte médico justo al enfermo y a su entorno familiar,
eludiendo la eutanasia y el encarnizamiento terapéutico y proporcionándoles
todo lo que sea humanamente posible en las dimensiones física, psíquica y
espiritual. Entre los cuidados médicos se atenderá especialmente la
alimentación, la hidratación, la respiración, la higiene y el suministro de
medicamentos que alivien el dolor, sin pérdida de conciencia o abreviación
de la vida. En el aspecto psicológico es fundamental la comunicación del
médico sobre el proceso de la enfermedad y en su caso el apoyo de un
especialista. Finalmente en el aspecto espiritual ha de atenderse la
voluntad del enfermo proporcionándole la presencia de quien el desee le
conforte en el tránsito hacia una muerte inevitable de forma natural y en
paz consigo mismo, de acuerdo con sus creencias religiosas.
Los cuidados paliativos tienen por misión aplicar las curas y tratamientos
adecuados para aliviar los síntomas que provocan sufrimiento y deterioran la
calidad de vida del enfermo en situación terminal. Con este fin se pueden
emplear sedantes o analgésicos en la dosis adecuada, aunque por ello se
pudiera ocasionar indirectamente un adelanto del fallecimiento. El manejo de
tratamientos paliativos que puedan acortar la vida está considerado en la
praxis médica moralmente aceptable, siempre que medie un consentimiento
explícito, implícito o delegado. Es una actuación perfectamente ética y
profesional, y distinta de la eutanasia, si se utilizan las dosis adecuadas
y la intención no es provocar la muerte. La Organización Médica Colegial
aprobó en febrero de 2009 una Declaración sobre «Ética de la sedación en la
agonía», que entre otros puntos señala que «la frontera entre lo que es una
sedación en la agonía y la eutanasia activa se encuentra en los fines
primarios de una y otra. En la sedación se busca conseguir, con la dosis
mínima necesaria de fármacos, un nivel de conciencia en el que el paciente
no sufra, ni física, ni emocionalmente, aunque de forma indirecta pudiera
acortar la vida. En la eutanasia se busca deliberadamente la muerte
inmediata. La diferencia es clara si se observa desde la Ética y la
Deontología Médica».
Los servicios de cuidados paliativos implican una atención especial al
entorno familiar del enfermo, hasta el punto que se considera al enfermo y
su familia conjuntamente, como la unidad a tratar. De algún modo la
experiencia indica que la tranquilidad de la familia repercute directamente
sobre el bienestar del enfermo. Es particularmente significativo sobre la
importancia de los cuidados médicos, psicológicos y espirituales, lo que
señala la Guía de la SECPAL acerca de los últimos días de un enfermo
terminal: «No debemos olvidar que el enfermo, aunque obnubilado, somnoliento
o desorientado también tiene percepciones, por lo que hemos de hablar con él
y preguntarle sobre su confort o problemas (¿descansa bien?, ¿tiene alguna
duda?, ¿qué cosas le preocupan?) y cuidar mucho la comunicación no verbal
(tacto) dando instrucciones a la familia en este sentido. Se debe instruir a
la familia para que eviten comentarios inapropiados en presencia del
paciente. Hay que interesarse por las necesidades espirituales del enfermo y
su familia por si podemos facilitarlas (contactar con el sacerdote, etc.)».
Las leyes de la eutanasia
En las sociedades de los países más desarrollados parece debilitarse el
sentido de la especial dignidad de la vida humana, habiendo surgido
iniciativas legislativas a favor de la eutanasia, muchas veces disimuladas
bajo el eufemismo de «muerte digna». En EE.UU, matar a un paciente se
considera un crimen en los 50 estados, con la única excepción del estado de
Oregón, que en 1994 aprobó una ley de «suicidio asistido». Los primeros
países que despenalizaron la práctica de la eutanasia fueron Australia
(1996), Colombia (1997), China (1998), Holanda (2001), Bélgica (2002) y
Suiza (2005). La eutanasia es un delito en Gran Bretaña aunque la Corte
Suprema decidió a finales de 2008 que los responsables sanitarios deben
tener en cuenta el deseo «explicito» de un paciente de no prolongar su vida
si está gravemente enfermo. También el Colegio Médico británico estableció
normas más abiertas y hay un creciente movimiento en favor de la «muerte
dulce». En Suiza está permitido por ley el suicidio asistido, sólo en casos
de personas conscientes y con una enfermedad incurable o mortal a corto
plazo. Esto se traduce en ofrecer la ayuda exterior necesaria para facilitar
la muerte de quien claramente quiere acabar con su vida pero no tiene medios
para hacerlo. En Alemania, el parlamento sigue siendo mayoritariamente
contrario a la legalización de la eutanasia por los recuerdos que despierta
la era del nazismo. Una asociación fundada en Zúrich en 1998, bajo el amparo
de la Ley Suiza, con el sarcástico nombre de «Dignitas», tiene por divisa
«Vivir dignamente, morir dignamente». A este lugar acuden los alemanes que
desean poner fin a sus días con la administración de pentobarbital sódico,
un barbitúrico fuerte que permite al paciente dormir profundamente y morir
sin sentir dolor. Los principales pacientes que acuden a la clínica Dignitas
de Zurich son enfermos de cáncer, casos terminales de Parkinson y esclerosis
múltiple. El Gobierno suizo está estudiando un plan de acción contra este
«turismo de la muerte», señalando que podría cerrar la clínica de la
asociación Dignitas ante la excesiva demanda de estos servicios. Finalmente
Italia se mantiene legislativamente contraria a la práctica de la eutanasia.
Recordemos de nuevo el caso de Eluana Englaro. Tan sólo un día después de la
muerte de esta joven el Senado italiano aprobó, con 164 votos a favor, 100
en contra y una abstención, una moción que obligaba a alimentar e hidratar a
las personas que no puedan hacerlo por sí mismas.
En España, La « Asociación Derecho a Morir Dignamente», legalizada desde
1984, ha promovido desde su creación el discutible derecho de «toda persona
a disponer con libertad de su cuerpo y de su vida, y a elegir libre y
legalmente el momento y los medios para finalizarla, y (a) defender el
derecho de los enfermos terminales e irreversibles a, llegado el momento,
morir pacíficamente y sin sufrimientos, si éste es su deseo expreso». En su
opinión, el derecho a la vida lleva aparejado el deber de respetar la vida
ajena, pero no el deber de vivir contra la propia voluntad en condiciones
penosas, llegando a afirmar que el Estado debe proteger la vida, pero no
imponer el deber de vivir en todas las circunstancias.
En España, tras el antecedente de la legislación del aborto en 2010, que nos
trajo una de las leyes más permisivas del mundo, existe una preocupación por
parte de amplios sectores de la sociedad de la promoción de una «Ley de
Cuidados Paliativos y Muerte Digna», cuya elaboración fue anunciada a
principios de diciembre de 2010. Aun desconociendo los contenidos de la Ley
en ciernes, parece obvio que se trata de regular sobre algo innecesario,
dada la existencia de las unidades de cuidados paliativos rigurosamente
acordes en su actuación con el Código de Ética médica. Las primeras
manifestaciones del Ministerio de Sanidad señalan que la futura ley
aprovechará la experiencia de la Estrategia en Cuidados Paliativos del
Sistema Nacional de Salud (SNS), y promoverá que cada individuo puede
decidir libremente sobre su vida, independientemente de las circunstancias
de la enfermedad que la ponga en riesgo. Al mismo tiempo se extiende el
temor de que una Ley como la anunciada se derive hacia situaciones
semejantes a las que se están viviendo en los países bajos y en Suiza.
Probablemente, estamos de nuevo ante una Ley radicalmente individualista y
alejada del valor real de la vida humana en sí misma.
Reconocer un derecho a acabar con la propia vida, aun en las circunstancias
de una enfermedad incurable, supone un atentado no solo contra la vida
propia, sino contra la vida humana en general. Es algo que afectaría a toda
la sociedad. Tal vez el ejemplo más evidente es el de la legalización de la
eutanasia en Holanda, país pionero en el establecimiento de una Ley de
eutanasia, cuya reforma legislativa se propuso inicialmente con la finalidad
de despenalizar 28 casos de presuntos delitos de eutanasia y terminó
convirtiéndose en una ley que legalizaba el suicidio asistido y la propia
eutanasia. La ley holandesa hoy, comprende en su aplicación no solo a los
enfermos en estado terminal, sino a las personas con enfermedades psíquicas,
a las que se encuentran en estado de coma y a los recién nacidos con
malformaciones o enfermedades graves. Una evolución similar se ha seguido en
Bélgica y Suiza. Se ha pasado del pretendido derecho a disponer de la propia
vida a un derecho de la sociedad a disponer de la vida de las demás
personas. Una evolución parecida, por cierto, a la seguida con el aborto en
España, que también pasaría de su despenalización en determinados supuestos
de la Ley de 1985, a convertir el aborto en un derecho en la reforma de
2010.
La bioética personalista y el «testamento vital»
La bioética personalista basa sus propuestas en una buena práctica médica
que se fundamenta en la dignidad del ser humano desde la perspectiva de su
consideración de persona y se rige por los criterios del Juramento
Hipocrático, la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial y la
deontología médica, concretada en España en el Código de Ética de la
Organización Médica Colegial.
El profesor Ignacio Sánchez Cámara, señalaba acertadamente que: «La vida
humana siempre es digna, incluida, por supuesto, la de los enfermos
incurables o terminales. Incluso en cierto sentido es aún más merecedora de
apoyo y defensa, pues es más débil. (…) Lo que hay que hacer es abandonar lo
que bien podría calificarse como una «cultura de la muerte», y valerse del
talento humano para combatir las enfermedades y paliar sus efectos. En este
sentido mucho es lo que cabe esperar de la ciencia, y, más aún de la
generosidad y solidaridad humanas»[17]
Incluso en la España actual ya se ha legislado sobre la forma de dejar
constancia de las últimas voluntades. El «testamento vital», documento de
instrucciones previas o de voluntades anticipadas, fue regulado por Ley en
España en 2002 (Ley 41/2002). Sin duda es deseable un documento de estas
características, que respete la autonomía moral del paciente y que atienda
su deseo de ser tratado de acuerdo con la dignidad que toda persona se
merece. Sin embargo, en tal documento deben incluirse sus últimas voluntades
en todas las vertientes, sin olvidar la espiritual, cosa que habitualmente
no sucede en algunos de los textos propuestos por las asociaciones que
defienden el suicidio asistido y la eutanasia y que contradicen las
recomendaciones de la Guía de Cuidados Paliativos de la SECPAL. Ha de
tenerse especial cuidado en respetar la voluntad del paciente, no solo en lo
que a los tratamientos médicos se refiere, sino en lo que demande en
relación con su vida espiritual y sus creencias religiosas. La voluntad de
un paciente no puede significar en ningún caso una acción que adelante o
retrase la muerte de forma artificial, o que fuerce a un médico a obrar en
contra de su deontología.
Tras contemplar distintos modelos de «testamento vital», creemos que el más
respetuoso con la dignidad de la vida humana es el que propuso la
Conferencia Episcopal Española en noviembre 2010. Tiene en cuenta todos los
aspectos que deben ser contemplados desde la perspectiva de la bioética
personalista. Se trata de un documento que dadas las circunstancias de las
tendencias legislativas en España, además de ser respetuoso con las
creencias espirituales, tiene un carácter preventivo para quien lo firma, en
evitación de que alguien decida por uno mismo o se le induzca a firmar un
documento alternativo en el que se ignoren todos los aspectos que deben ser
contemplados. Por ello, quienes profesen la fe cristiana, en la vertiente
social deberían unir sus fuerzas para evitar la implantación de una Ley como
la anunciada y en la personal sería recomendable hiciesen suyo el Testamento
Vital propuesto por la CEE.
Para terminar me gustaría decir que la eutanasia no es un mal sólo por los
abusos a que puede dar lugar. La eutanasia, entendida como el acto
deliberado de acabar con la vida de otra persona, sea a petición propia o
por decisión de un tercero, y el suicidio asistido son ética y moralmente
inaceptables. Es por sí misma un abuso que daña moralmente la dignidad de la
vida. La dignidad es inherente a toda vida humana, conlleva el derecho
irrenunciable de todos a la vida, siendo deber inexcusable del Estado el
protegerla y cuidarla, incluso cuando la persona, su titular, parezca no
darle valor. No es correcto decir que es ético promover la «buena muerte», o
la «muerte digna». Lo ético es defender la vida. Una buena muerte no es sino
aquella que pone fin a una vida buena, pero sin olvidar que toda vida, sin
restricción alguna, por ser vida personal, es digna. La vida humana no tiene
valor porque tiene calidad sino que tiene calidad porque es vida humana.
Notas
[1] A. Einstein, Mi visión del mundo. Tusquets, Barcelona, 1981, pág. 13.
Citado por H. Küng, Opus cit., pág. 854.
[2] V. Weisskopf, (1989). The Privilege of Being a Physicist. Essays. W. H.
Freeman, New York,
[3] C. Rubbia. En Edgarda Ferri, La tentazione di credere. Inchiesta sulla
fede. Rizzoli, Milán 1987.
[4] Gn 1,28.
[5] J.A. Martinez Camino. Biotecnolología y antropología teológica. En
Jouve, N, Gerez, G., Y Saz, J. M. (coord.) Genoma Humano y Clonación:
perspectivas e interrogantes sobre el hombre. Alcalá de Henares, Aula
Abierta, 21, Universidad de Alcalá, Alcalá de Henares 2003.
[6] Boecio. De persona Christi et duabus naturis. C.3. PL64, 1343
[7] R. Lucas, R. Bioética para todos. Trillas, México DF, 2003
[8] T. Engelhart. Los fundamentos de la Bioética. Paidós. Barcelona 1995.
[9] M.D. Vila-Coro. En el Prólogo de Jouve, N. Explorando los Genes. Desde
el big-bang a la Nueva Biología. Ediciones Encuentro, Madrid 2008
[10] I. Kant, Antropología en sentido pragmático. Alianza. Madrid. 1991.
[11] M.D. Vila-Coro. La vida humana en la encrucijada. Pensar la Bioética
Ediciones Encuentro, Madrid. 312 págs. (2010)
[12] J.L. del Barco. Dignidad Humana, en Diccionario de Bioética (coord..
Carlos Simón Vázquez) Ed. Monte Carmelo, Burgos 2007.
[13] R. Andorno. Una aproximación a la Bioética. Responsabilidad profesional
de los médicos. Ética, bioética y jurídica. Civil y penal, Oscar Garay
(dir.), Editorial La Ley, Buenos Aires, 2002, p. 413-438.
[14] I. Sánchez Cámara. El objetivo de la moral no consiste en promover la
«buena muerte», sino en proponer la vida buena. La Gaceta de los Negocios,
18.3.2007.
[15] J. M. Pardo Sáenz. El no nacido como paciente. EUNSA, Pamplona, 2011
[16] Esto es un punto esencial del Documento de la Academia Pontificia de la
Vida y la Federación Mundial de Asociaciones de Médicos Católicos, que
señala: 4) Al paciente en estado vegetativo de ningún modo se le puede
considerar un enfermo terminal, dado que su condición puede prolongarse de
forma estable incluso durante períodos de tiempo muy largos.
[17] I. Sánchez Cámara. El objetivo de la moral no consiste en promover la
«buena muerte», sino en proponer la vida buena. La Gaceta de los Negocios,
18.3.2007.